Boletín nº 228 (29-11-2022)

VIII. Otras Entidades

Autobuses de Córdoba, SA (AUCORSA)

Nº. 4.529/2022

BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE LA BOLSA DE EMPLEO PARA CUBRIR LAS VACANTES, EVENTUALES Y DEFINITIVAS, QUE SE PRODUZCAN EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DE 2ª MECÁNICOS/AS.

1. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

De acuerdo a lo establecido en la legislación vigente y en el convenio colectivo de Autobuses de Córdoba SA, (en adelante AUCORSA), mediante esta convocatoria pública se creará una bolsa de empleo, en la categoría de Oficial de 2ª Mecánicos/as, para cubrir posibles necesidades de contratación, temporal y/o indefinida, siguiendo el orden de prelación establecido en la referida bolsa.

2. SEGUNDA. TRIBUNAL Y PRINCIPIOS QUE RIGEN LA CONVOCATORIA

En el proceso intervendrá un único Tribunal de Examen, compuesto por nueve miembros, el responsable del Área de Recursos Humanos, que actuará como Presidente, y cuatro vocales designados por la Directora-Gerente, además de cuatro trabajadores/as con conocimientos sobre el temario designados por la representación social de los trabajadores conforme establece el Convenio Colectivo de Aucorsa, todos ellos con igual o superior categoría que la de las plazas a cubrir.

El proceso estará regido por los siguientes principios generales:

a) Igualdad, mérito y capacidad.

b) Publicidad y transparencia.

c) Imparcialidad de los órganos responsables del proceso selectivo.

d) Participación de la Representación de los Trabajadores.

e) Adecuación de las condiciones y méritos de los/as aspirantes a la actividad a desarrollar, de acuerdo con la normativa de AUCORSA y su Convenio Colectivo.

En el supuesto de que alguno/a de los miembros del Tribunal tuviera parentesco de hasta cuarto grado de afinidad o consanguinidad con alguna de las personas aspirantes, su abstención deberá hacerse efectiva desde el momento en que se conozca la lista definitiva de los/as admitidos/as a las pruebas.

3. TERCERA. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO

El/la Oficial de 2ª Mecánicos/as, es el trabajador/a que bajo la dirección, supervisión y coordinación del Jefe Técnico de Taller y/o Contramaestres, tiene por misión prevenir, diagnosticar y reparar los fallos en la flota de vehículos de la empresa, ya sean fallos mecánicos, eléctricos, o de cualquier otra índole o especialidad para que el vehículo funcione de manera eficiente y segura.

Entre las actividades genéricas del puesto, se encuentran las siguientes:

-Realizar el mantenimiento preventivo de la flota de la empresa conforme a las instrucciones de mantenimiento de cada vehículo y los listados de chequeo prescritos.

-Realizar el mantenimiento correctivo de los vehículos afrontando la reparación de cualesquiera componentes ya sean estos mecánicos (motores, cajas de cambio), eléctricos o electrónicos, neumáticos, del circuito de frenos, de aire acondicionado, hidráulicos, de gas comprimido, etc.

-Consultar (y por tanto conocer) el ordenador y sistema que alberga los procedimientos de las operaciones de mantenimiento de las marcas.

-Comunicar y dejar constancia por escrito de cualquier incidencia o duda técnica al Jefe Técnico de Taller o a los Contramaestres.

-Completar los documentos de las órdenes de trabajo según los procedimientos establecidos, indicando las operaciones realizadas, las anomalías detectadas y los tiempos de inicio y fin.

-Solicitar al almacén el suministro de los materiales o piezas de repuesto que sean precisas para realizar las operaciones de mantenimiento preventivo o correctivo. En caso de que el almacén no disponga de los materiales requeridos, tramitar el pedido a través de los Contramaestres o el Jefe Técnico.

-Asistir en ruta a los vehículos en prestación de servicio, incorporarlos o traerlos de vuelta al taller en su caso.

-Utilizar las herramientas y equipos de seguridad necesario para realizar los trabajos en condiciones seguras.

-Otras funciones relacionadas con las descritas y que fueran necesarias para el mejor cumplimiento de sus objetivos o le fueran encomendadas por su mando inmediato.

4. CUARTA. REQUISITOS A CUMPLIR POR LOS/AS ASPIRANTES

En la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes, indicado en la BASE OCTAVA, los/las aspirantes deberán acreditar los siguientes requisitos y mantenerlos a lo largo de todo el proceso de selección y, en su caso, contratación:

4.1 Ser español/a o ciudadano/a de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o ser extranjero/a residente en España en situación legal para trabajar y con dominio del idioma español.

La documentación acreditativa será el DNI o pasaporte en vigor. Para los aspirantes que no tengan la nacionalidad española, el permiso de residencia y, en su caso, de trabajo y diploma oficial acreditativo del grado de competencia y dominio del idioma español de nivel igual o superior al B2, conforme al Marco Común de Referencia para las Lenguas.

4.2 Poseer permiso de conducción de la clase D o la autorización provisional que justifica que se ha aprobado el examen para la obtención de dicho permiso, mientras la Dirección General de Tráfico envía el definitivo.

En caso de titulaciones o permisos obtenidos en el extranjero, deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.

4.3 Estar en posesión de titulación mínima de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles o sus equivalentes, o poseer experiencia profesional acreditada mínima de dos años, dentro de los últimos 10 años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción. La documentación acreditativa será el título de estudios correspondientes, o la vida laboral en caso de acreditar experiencia, junto con contratos, nóminas o certificados que acrediten fehacientemente las tareas y funciones enumerada en el punto 3. de las presentes bases.

En el caso de títulos académicos obtenidos en el extranjero, el documento de homologación equivalente. En el caso de pérdida o extravío de la titulación será necesario certificado del registro censal del mismo, y en el caso de encontrarse en el trámite de pendiente de entrega, el justificante de haber satisfecho las tasas, si las hubiere, para la expedición del título (modelo 046 u otro).

4.4 Experiencia profesional demostrable de al menos UN (1) año en los últimos 10 a partir de la presentación de la solicitud, trabajando en el mantenimiento y reparación de vehículos con la categoría profesional, como mínimo, de Oficial de 2ª (Grupo 8 cotización Seguridad Social) en empresas de actividades incluidas en los Epígrafes IAE: 319 o 691.2).

La experiencia profesional se acreditará documentalmente presentado Informe de Vida Laboral y contrato de trabajo o nombramiento corporativo. También deberá aportarse acreditación de forma detallada de las funciones desempeñadas.

4.5 Haber abonado los derechos económicos de acuerdo con la BASE OCTAVA.

4.6 Las personas que precisen acreditar discapacidad funcional a efectos de su inscripción en el grupo reservado a personas con discapacidad, habrán de hacerlo mediante documento expedido por el Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía, o comunidad autónoma de residencia, en el que conste su condición de discapacitado con grado igual o superior al 33%, debiendo aportar Dictamen Técnico Facultativo y Certificado de Capacitación para las tareas propias del puesto de Oficial de 2ª Mecánico/a sin que resulte necesario adaptar el puesto de trabajo, ambos emitidos por el citado Organismo. Todas las personas aspirantes, deberán ser declaradas aptas para el trabajo por el servicio médico de la empresa ateniéndose al cuadro de exclusiones (Anexo I).

En caso de que la fecha de expedición del carnet de conducir de la clase D sea anterior a la fecha del Certificación o Resolución del Reconocimiento del Grado o se haya producido un cambio importante de su situación psicofísica que pudiera influir en la realización de sus actividades cotidianas, se requiere la actualización de la vigencia del carnet de conducir de la clase D con fecha posterior a la resolución del reconocimiento del grado de discapacidad.

4.7 Declaración jurada de no presentar ninguna de las deficiencias o patologías del cuadro de exclusiones del ANEXO I y de no consumir drogas o estupefacientes. Para el caso de personas que se inscriban en el grupo reservado a personas con discapacidad, la deficiencia o patología causante de la discapacidad, que sea compatible con las tareas propias del puesto de Oficial de 2ª Mecánico/a, sin que resulte necesario adaptar el puesto de trabajo, no será motivo de exclusión.

4.8 En ningún caso se admitirán solicitudes de aspirantes que, habiendo pertenecido a la empresa, hayan causado baja en la misma por despido disciplinario, salvo que, con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el referido despido hubiere sido declarado improcedente por sentencia judicial firme.

El cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases deberá acreditarse documentalmente. Dicha acreditación será considerada como indispensable para la admisión de la candidatura en la convocatoria, pudiéndose acreditar con fotocopias simples, hasta que se solicite por parte del Tribunal los originales para su cotejo en el momento oportuno del procedimiento, antes de la fase de Reconocimiento Médico.

Para pasar a formar parte de la bolsa de empleo las personas que hayan superado la prueba teórica, de adecuación del perfil profesional al puesto, y la práctica, deberán carecer de antecedentes penales. Dicha condición se acreditará mediante Certificado de Penales expedido por el Ministerio de Justicia. También deberán de superar el correspondiente reconocimiento médico.

En el momento de formalizar la contratación definitiva, o la primera contratación eventual, las personas integrantes de la bolsa de empleo deberán disponer del mínimo de puntos en el carnet de conducir para poder conducir.

5. QUINTA. VIGENCIA DE LA BOLSA

La Bolsa de empleo constituida mediante la presente convocatoria tendrá un vigencia de cuatro años desde su constitución, susceptible de una prórroga adicional de un año si antes de dicha fecha no se encuentra convocado proceso para la cobertura de vacantes en la categoría de Oficial de 2ª Mecánicos/as, hasta la constitución de una nueva bolsa de empleo temporal resultante de una convocatoria de vacantes en dicha categoría, o hasta que se agoten a efectos de llamamiento las personas que la conforman, lo que antes suceda.

6. SEXTA. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA

La convocatoria del proceso selectivo y las Bases se expondrán en los tablones de anuncio del Centro de Trabajo, en la web de la empresa, www.aucorsa.es y en el Boletín Oficial de la Provincia. Los listados, tanto provisionales como definitivos, y llamamientos a que se refieren estas Bases se publicarán en los tablones de anuncio de todos los Centros de Trabajo y en la web de la empresa.

7. SÉPTIMA. ORGANIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA. GRUPOS DE INSCRIPCIÓN

La convocatoria se organizará en dos grupos de inscripción diferenciados de aspirantes.

7.1. Grupo general para personas sin discapacidad, integrado por el 87,5% del total de las plazas objeto de la convocatoria, es decir 7 plazas.

7.2. Grupo especial para personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, integrado por el 12,5% del total de las plazas objeto de la convocatoria, es decir 1 plaza.

Los/as aspirantes de cada grupo sólo competirán entre los miembros de su respectivo grupo.

Los/as candidatos/as solo podrán inscribirse en uno de los dos grupos mencionados en el apartado anterior. En el caso de aspirantes que realicen la inscripción en los dos grupos, solo se admitirá la solicitud para el grupo de personas discapacitadas.

Las plazas que no se cubran del grupo especial, para personas con discapacidad, se acumularan al grupo general.

8. OCTAVA. SOLICITUDES Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN

Para participar en el proceso selectivo, los/las aspirantes deberán presentar:

-La solicitud de admisión, debidamente cumplimentada y firmada y adjuntando la documentación acreditativa de los requisitos establecidos según la BASE CUARTA, en el Área de Recursos Humanos de la Empresa (calle Los Artesanos, s/n) o por correo certificado, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. La presentación de solicitudes por correo certificado deberá de comunicarse a través de correo electrónico a la siguiente dirección: aucorsa@aucorsa.es

-Justificante de haber realizado el abono de los derechos económicos por valor de 25 euros. Dicho abono se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta de Autobuses de Córdoba SA, en la entidad CAJASUR: ES50 0237 0210 3091 5108 7578 indicando en concepto Derechos de Examen Aucorsa, Nombre, Apellidos y número de DNI.

Si el aspirante fuese extranjero o perteneciese a Comunidad Autónoma con lengua cooficial, los referidos documentos deberán estar debidamente traducidos al castellano, ya sea por intérprete oficial debidamente acreditado, oficial diplomática o consular o Administración Pública expeditiva del documento en caso de lengua cooficial. No serán tomados en consideración los documentos que se presenten sin el cumplimiento de la presente condición, teniéndose por no presentada la misma.

Tampoco serán admitidos al proceso selectivo los/as aspirantes que no presenten su solicitud cumplimentada en tiempo y forma.

El plazo para entregar la solicitud de admisión y la documentación será de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de la plaza en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

El impreso original de la solicitud de admisión estará a disposición de las personas interesadas en las Oficinas Centrales de Aucorsa, en calle Los Artesanos, s/n. Polígono Industrial Pedroches y en el punto de información de la Plaza de Colón. También se podrá descargar de la página web (www.aucorsa.es), apartado Empleo.

9. NOVENA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante, por sí o por delegación, dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con la relación nominal de aspirantes, así como la causa de exclusión, en su caso.

En dicha Resolución, que se publicará en la página web y en los tablones de anuncios de la Empresa, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la composición del Tribunal Calificador.

La citada Resolución señalará un plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en la página web de la Empresa, para subsanación de las causas de exclusión, alegando y presentando los documentos que a su derecho convengan.

Las alegaciones deberán presentarse en el Área de Recursos Humanos de la Empresa, o por correo certificado, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. La presentación de solicitudes por correo certificado deberá de comunicarse a través de correo electrónico a la siguiente dirección: aucorsa@aucorsa.es

Transcurrido el plazo de subsanación de solicitudes, se resolverán las reclamaciones si las hubiere, aceptándolas o rechazándolas, por el órgano competente, que dictará Resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos/as.

El resto de los anuncios relativos a esta convocatoria se publicarán exclusivamente en el Tablón de Anuncios de la empresa y en la página web de Aucorsa (https://www.aucorsa.es).

La publicación de la lista definitiva de aspirantes será determinante a efectos de plazos de posibles impugnaciones o recursos.

A partir de la publicación de la relación definitiva de solicitudes excluidas, se procederá a la devolución del importe de las tasas a los no admitidos, para lo cual el/la aspirante, o persona autorizada, deberá acudir en horario de 09:00 a 14:00 horas a la CAJA de la empresa. El plazo para realizar devoluciones finalizará en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la relación definitiva de solicitudes excluidas.

10. DÉCIMA. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y PROTECCIÓN DE DATOS

Los/las aspirantes, con la cumplimentación y firma de la solicitud de admisión, manifiestan conocer y aceptar las bases de la convocatoria.

Le informamos que el responsable del tratamiento de los datos personales incluidos en su solicitud, pruebas, así como los que en su caso se generen como consecuencia de la participación de este proceso selectivo, es AUTOBUSES DE CÓRDOBA SA.

Sus datos serán tratados con la finalidad de tramitar y gestionar su participación en este proceso selectivo. La legitimación para el uso de sus datos está basada su consentimiento libre y voluntario al remitirnos su solicitud de participación firmada. Los datos serán conservados durante los periodos legalmente establecidos. En el caso de aportar datos personales de terceras personas, el firmante declara que los datos de terceros son ciertos y que se ha informado y obtenido el consentimiento para el tratamiento de datos por parte de esta entidad eximiendo a AUTOBUSES DE CÓRDOBA S.A. de cualquier responsabilidad por dicho incumplimiento. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento o portabilidad, dirigiéndose a AUTOBUSES DE CÓRDOBA SA, Att. Área de Recursos Humanos, en la siguiente dirección: Calle Los Artesanos, s/n. Polígono Industrial Pedroches, 14014, Córdoba. Igualmente, puede contactar con nuestro Delegado de Protección de Datos dpd@aucorsa.es, o presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de datos si considera que sus derechos han sido vulnerados.

Puede solicitar información ampliada sobre protección de datos en aucorsa@aucorsa.com

11. UNDÉCIMA. FASES DE LA CONVOCATORIA. CONTENIDO DE LAS PRUEBAS. CALIFICACIONES.

La convocatoria constará de las siguientes fases:

11.1. FASE 1. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS (máximo 40 puntos).

Prueba a definir por el Tribunal de Examen.

Consistirá en la realización de un ejercicio de 45 preguntas, (40 titulares más 5 reservas) con tres respuestas alternativas, de las cuales únicamente una de ellas será la correcta, elaboradas por los miembros del Tribunal de Examen y basadas en el temario contenido en el ANEXO II de esta convocatoria.

Las respuestas correctas tendrán la valoración de 1,00 puntos cada una, las respuestas erróneas restarán 1/3 puntos cada una (0,33 puntos) y las respuestas no contestadas no restarán ni puntuarán.

Las preguntas de la prueba teórica se formularán tomando como referencia el temario contenido en el ANEXO II de estas bases.

La prueba será puntuada de 0 a 40 puntos. La puntuación mínima para superar esta prueba será de 25 puntos.

El Tribunal se reserva la posibilidad de anular alguna de las 45 preguntas objeto inicial de examen y sustituirlas, de manera ordenada, por las preguntas de reserva. En el caso de superarse el número de cinco preguntas anuladas y, por tanto, el agotamiento de las preguntas de reserva, la puntuación mínima y todas las referencias asociadas a la misma quedaran establecidas de manera proporcional al número final de preguntas válidas.

Este ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes, excluyéndose a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as. El Tribunal establecerá fórmulas para que las hojas de respuestas queden identificadas mediante una codificación, no reflejándose en ellos los datos personales de los/las aspirantes.

Esta prueba tiene carácter eliminatorio y podrán pasar a la siguiente fase (Fase 2), los/as aspirantes que hayan sacado las 15 mejores puntuaciones en esta prueba de conocimientos y siempre que hayan obtenido más de 25 puntos. Para el caso de que haya aspirantes con la misma puntuación en el corte establecido en la posición 15, estos podrán pasar a la Fase 2.

11.2. FASE 2: PRUEBA DE ADECUACIÓN DEL PERFIL PROFESIONAL AL PUESTO (máximo 20 puntos).

Realización por parte de una empresa especializada en esta materia, de pruebas de adecuación del perfil profesional al puesto, para valorar la actitud, habilidades, y competencias específicas para el desempeño de las funciones propias del puesto.

Esta prueba será calificada hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 12,5 puntos.

La Empresa seleccionada para realizar esta prueba determinará la misma en base a las competencias específicas detalladas en el Anexo III, y realizando 2 pruebas distintas:

a. Test de competencias laborales: Consiste en la realización de un test escrito donde se evalúan las distintas competencias profesionales y habilidades sociales necesarias para el desarrollo del puesto. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos.

b. Rol Play o Juego de Selección: Prueba realizada al candidato de manera individual para que responda a diferentes situación laborales que se pueden presentar en el puesto al que opta. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos.

La puntuación total de esta fase será la suma de estas 2 pruebas.

Las calificaciones de los/as aspirantes que hayan superado el ejercicio, con indicación de las puntuaciones obtenidas, se harán públicas en el mismo día en que se acuerden, en el Tablón de Anuncios de Aucorsa y, a nivel informativo en su página web (https://aucorsa.es) y dispondrán de tres días hábiles desde su publicación para presentar reclamaciones.

11.3. FASE 3: PRUEBA PRÁCTICA (máximo 40 puntos).

Prueba diseñada y a realizar por el Tribunal de Examen que consistirá en un examen con preguntas o tareas sobre autobuses o piezas de autobuses, con una duración aproximada de 30 minutos.

En esta prueba se valorarán diferentes aspectos relacionados con el conocimiento de diversos elementos del autobús y la destreza y habilidad del/la aspirante en las reparaciones o en el manejo de herramientas.

Los/as aspirantes perderán todos sus derechos a participar en el proceso en caso de no comparecer a realizar las pruebas los días y horas señalados.

El tribunal de examen realizará un sorteo, entre las personas que hayan accedido a la prueba práctica, para establecer el orden de realización de la misma.

Esta prueba será calificada hasta un máximo de 30 puntos, siendo eliminados/as los/las aspirantes que no alcancen un mínimo de 20 puntos.

Las calificaciones de los/las aspirantes que hayan alcanzado los 20 puntos en la prueba práctica, se publicarán el mismo día en que se acuerden por parte del Tribunal con indicación de los puntos obtenidos, en el Tablón de Anuncios de Aucorsa y, a nivel informativo en su página web (https://aucorsa.es) y dispondrán de tres días hábiles desde su publicación para presentar reclamaciones y para la presentación de los documentos originales o fotocopia compulsada que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en la BASE CUARTA, habida cuenta que las copias de los documentos aportados por los/as candidatos/as no fueron cotejados con sus respectivos originales al momento de su entrega. De comprobarse entonces que alguno de los requisitos exigidos en esta convocatoria no se hallaba cumplidos en el plazo establecido en la BASE CUARTA, el/la candidata/a quedará excluido de la convocatoria perdiendo todos los derechos generados por la presente convocatoria.

Igualmente se deberá presentar en este mismo momento un certificado de carencia de antecedentes penales.

Una vez resueltas las eventuales reclamaciones y realizado el cotejo de documentos a que se refiere el párrafo anterior, se publicarán las calificaciones definitivas con indicación de la nota obtenida en cada fase realizada hasta el momento. Los/las aspirantes que, habiendo obtenido un mínimo de 25 puntos en la prueba de conocimientos, un mínimo de 12,5 puntos en la prueba de adecuación del perfil profesional al puesto, y un mínimo de 25 puntos en la prueba práctica, pasarán a la fase de Reconocimiento Médico.

11.4. Reconocimiento Médico.

En esta fase se procederá a la realización del reconocimiento médico y un análisis toxicológico completo, a fin de comprobar que el/la aspirante reúne los requisitos declarados bajo juramento, en el apartado 4.7.de la BASE CUARTA.

Los/as aspirantes que no se presenten en el lugar que se indique para realizar el reconocimiento, el día y hora señalados, perderán todos sus derechos, así como quienes se presenten, pero no acrediten su identidad mediante documento oficial de identidad en vigor (documento nacional de identidad, pasaporte, permiso de conducir, o permiso de residencia). A estos efectos, todos/as los/as aspirantes habrán de acudir al lugar donde se celebren las pruebas provistos del original de uno de los citados documentos identificativos.

Los/as aspirantes del grupo reservado para personas con discapacidad, deberán tener compatibilidad funcional para el desempeño de las tareas de Oficial de 2ª Mecánico/a. No será motivo de exclusión en dicho reconocimiento la existencia de patología o deficiencia en las que no resulte necesario adaptar el puesto de trabajo.

Los/as aspirantes, con la cumplimentación y firma de la solicitud de admisión, aceptan conocer y dan conformidad a la prueba de reconocimiento médico establecida en las presentes bases.

La negativa a la realización de alguna de las pruebas, así como la falsedad testimonial o documental en que pudiera incurrir durante el procedimiento, determinará informe de falta de aptitud para el puesto y la eliminación del procedimiento.

Las personas aspirantes que superen el reconocimiento médico y el análisis toxicológico completo serán declaradas aptas, lo cual será comunicado mediante el correspondiente listado provisional de declaración de personas aptas en el Tablón de anuncios de Aucorsa y en la página web (https://aucorsa.es) y dispondrán de tres días hábiles desde su publicación para presentar reclamaciones.

En el caso del reconocimiento médico, las reclamaciones podrán incluir informe médico elaborado por médico especialista, que será sometido a nuevo informe por los servicios médicos de la empresa con carácter previo a su valoración por el Tribunal.

12. DÉCIMOSEGUNDA. FORMACIÓN Y ORDENACIÓN DE LA BOLSA

La Bolsa de Empleo quedará formada por las personas aspirantes que hayan superado, con mejor nota global, hasta el puesto número 8, la Prueba de conocimientos, la Prueba de adecuación del perfil profesional al puesto, la Prueba práctica, y que hayan obtenido la calificación de Apto en el Reconocimiento Médico y que carezcan de antecedentes penales. Será comunicado mediante la correspondiente publicación del listado ordenado de mayor a menor puntuación y los/las aspirantes dispondrán de tres días hábiles para presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Una vez resueltas se elevará a definitivo.

El orden de prelación para los/las aspirantes con igualdad de puntuación en el corte establecido en la posición 8 de este proceso selectivo, será establecido siguiendo los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación en la prueba teórica.

2. Mayor puntuación en la prueba práctica.

3. Mayor puntuación en el test de competencias laborales.

4. En caso de empate en todos los anteriores criterios, se remitirá al sorteo establecido para la realización de la prueba práctica.

Una vez aplicados el conjunto de las consideraciones expuestas en la presente Base se publicará la Bolsa de Empleo con las puntuaciones totales del proceso y posición en la misma de los/as aspirantes.

CUADRO-RESUMEN

Pruebas de OPOSICIÓN

Puntuación máxima

alcanzable

Puntuación mínima

exigida

Prueba de conocimientos

40

25

Prueba de adecuación perfil profesional al puesto

20

12,5

Prueba Práctica

40

25

Reconocimiento médico

Declaración requerida

Reconocimiento médico y análisis toxicológico completo

Apto/a

Constitución de la Bolsa de Empleo con los/as 8 aspirantes mejor clasificados, declarados aptos/as en el reconocimiento médico y que carezcan de antecedentes penales.

13. DÉCIMOTERCERA. ORDEN DE CONTRATACIÓN

Una vez finalizado el proceso selectivo, los/as integrantes de la bolsa de Empleo podrán ser contratados/as de manera temporal o definitiva, según las necesidades de la empresa, siguiendo el orden establecido en base a la puntuación obtenida.

La renuncia de un integrante de la Bolsa de Empleo a incorporarse a la empresa mediante una contratación temporal no será motivo de exclusión de la bolsa, ni de la pérdida de su puesto ordenado, siempre que el/la trabajador/a justifique que se encuentra trabajando en otra actividad y que haya otros miembros de la bolsa que si acepten la contratación temporal planteada por la empresa.

Se entenderá que se ha producido la renuncia a la contratación planteada por la empresa cuando el aspirante no comunique, dentro del plazo establecido por la empresa, la imposibilidad de aceptar la contratación planteada, por encontrarse trabajando en otra actividad y no haya otros miembros de la bolsa que si acepten la contratación temporal planteada por la empresa.

La renuncia de un integrante de la Bolsa de Empleo a incorporarse a la empresa con un contrato de relevo o indefinido si será motivo de exclusión definitiva de la bolsa.

En todo caso, el/la aspirante deberá superar el período de prueba con la duración establecida en el artículo 14.1 del Estatuto de los Trabajadores. En caso de no superación del citado período de prueba, el contrato será rescindido, perdiendo el/la aspirante cualquier derecho en relación a la presente convocatoria. Las situaciones a que se refiere el último párrafo del artículo 14.3 del Estatuto de los Trabajadores, originarán la interrupción del cómputo del citado período de prueba.

La inclusión de personas aspirantes en la bolsa de empleo no generará ningún derecho de contratación, sino únicamente la expectativa de llamamiento por el orden establecido para ser contratadas temporal o indefinidamente en función de las necesidades de servicio de la empresa y los límites a la contratación legalmente establecidos.

Las personas incluidas en la bolsa de empleo que, durante la prestación de trabajo mediante un contrato temporal y dentro de su periodo de prueba, resulten sancionadas por la comisión de dos o más faltas graves, o una o más faltas muy graves, salvo que una sentencia judicial firme establezca lo contrario, serán excluidas de la bolsa.

14. DÉCIMOCUARTA. SITUACIÓN DE EMBARAZO O PARTO DE ASPIRANTES

Si alguna de las aspirantes no pudiera realizar la prueba práctica del proceso selectivo por causa de embarazo, con ingreso hospitalario, prescripción médica de reposo absoluto en domicilio, o parto, debidamente acreditados, se producirá respecto de ella, el aplazamiento de la prueba práctica hasta que desaparezcan las causas que han provocado el aplazamiento.

La prueba practica tendrá que realizarse en el plazo máximo de un mes, contando desde la fecha en que desaparezcan las causas que provocaron el aplazamiento.

Dicho aplazamiento no paralizará el proceso de selección del resto de las personas aspirantes, que se llevará a cabo en los tiempos establecidos, por el tribunal de examen, para garantizar las necesidades de contratación de la empresa.

Si, tras el aplazamiento, la calificación global obtenida, una vez realizada la prueba práctica, iguala o supera la calificación de la persona que ocupa el último lugar de la bolsa de empleo definitiva, la persona aspirante será incorporada a la misma, en el orden que se establezca por su calificación global en el conjunto de las pruebas psicotécnica y de adecuación del perfil profesional al puesto, teórica y práctica, siempre que supere el reconocimiento médico y que carezca de antecedentes penales.

15. DÉCIMOQUINTA. NORMAS FINALES

En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal queda facultado para resolver las cuestiones y dudas que se presenten en la aplicación de las normas establecidas en estas Bases, así como para tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en estas Bases, siempre que no se opongan a las mismas.

En Córdoba, a 14 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por la Directora-Gerente AUCORSA, Ana María Tamayo.


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