Boletín nº 231 (02-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Almodóvar del Río

Nº. 4.482/2022

Expediente GEX: 2022/12513.

Asunto: Bolsas de empleo de contratación laboral de psicologos/as para el C.M.I.M

RESOLUCIÓN DE ALCALDIA

Considerando la importancia de las funciones de psicólogo/a en el Centro Municipal de Información a la Mujer (en adelante CIM),y dado el carácter esencial del servicio de atención a la Mujer (atención integral a mujeres sin medios económicos, fomento de medidas para prevenir la violencia contra ellas y desarrollo de programas de atención a las afectadas), es intenciónd e este Ayuntamiento la constitución de una Bolsa de empleo de contratación laboral temporal de Psicólogo/a para el CIM.

Considerando que este Ayuntamiento carece de personal suficiente para desarrollar las funciones relativas al puesto de psicólogo/a en el Centro Municipal de Información a la Mujer.

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección del personal que va conformar la bolsa de empleo, y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar las siguientes bases y convocatoria del procedimiento de constitución de Bolsa de empleo de contratación laboral de un/a Psicólogo/a para el Centro Municipal de Información a la Mujer. (Gex 2022/12513):

BASES QUE RIGEN LA BOLSA DE EMPLEO DE CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE PSICÓLOGOS/AS PARA EL CIM DEL AYUNTAMIENTO DE ALMODÓVAR DEL RÍO.

(Exp. GEX 2022/12513)

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Visto que este Ayuntamiento carece de personal suficiente para desarrollar las funciones de psicólogo/a en el Centro Municipal de Información a la Mujer (en adelante CIM),y dado el carácter esencial del servicio de atención a la Mujer (atención integral a mujeres sin medios económicos, fomento de medidas para prevenir la violencia contra ellas y desarrollo de programas de atención a las afectadas), es objeto de la convocatoria la constitución de una Bolsa de empleo de contratación laboral temporal de Psicólogo/a para el CIM.

Las contrataciones laborales temporales se realizarán atendiendo a las necesidades del servicio del Excmo. Ayuntamiento de Almodóvar del Río y en todo caso estarán supeditadas a la concesión de la subvención del Instituto Andaluz de la Mujer para tal fin.

Es objeto también de estas bolsas regular el régimen de funcionamiento de la bolsa de empleo.

SEGUNDA. FUNCIONES

Bajo la dependencia directa de la Concejalía de Igualdad, diversidad y mujer interviniendo cuando el caso lo requiera, entre otras, en cualquier materia cuyo objetivo sea favorecer la autonomía, bienestar y salud de la mujer, y más específicamente con mujeres inmersas en procesos de violencia de género o en vías de rehabilitación, con la conveniente coordinación técnica con los/as demás profesionales del C.M.I.M.

La jornada laboral se desarrollará preferentemente en horario de mañana y/o tarde de lunes a viernes, según determine la Concejalía de Igualdad en función de las necesidades del servicio, debiendo tener disponibilidad en otras franjas para la atención de situaciones urgentes y para la realización de las actividades relacionadas con el CIM.

TERCERA. VIGENCIA DE LAS BOLSAS DE EMPLEO

1. La vigencia de la bolsa de contratación de empleo temporal para psicólogos/as del CIM del Excmo. Ayuntamiento de Almodóvar del Río será de un año, a contar desde la fecha del decreto de Alcaldía aprobando la composición de la bolsa de empleo y el orden de prelación en la misma.

2. Al finalizar dicho plazo, en caso de que se considerara necesario, se procederá a realizar una nueva convocatoria, constituyéndose una nueva bolsa de empleo.

No obstante, si al término de dicho período no se hubiera constituido una nueva bolsa de empleo que sustituya a la anterior, se entenderá prorrogada la existente hasta la constitución de una nueva bolsa, o hasta la declaración de extinción, en su caso.

CUARTA. REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS PARTICIPANTES

Para poder participar en el proceso de selección será necesario reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo para presentar instancia:

a) Ser español/a o nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público en este aspecto.

b) Tener cumplido 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o minusvalía que le impida el normal ejercicio de las funciones del puesto.

d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

e) Estar en posesión de la licenciatura o Grado en Psicología. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar la certificación del órgano competente en tal sentido.

f) Poseer formación específica en violencia de género y/o igualdad de como mínimo 50 horas o bien poseer una experiencia mínima laboral de 6 meses en trabajos similares a los que se desarrolla en el CIM. Este requisito no podrá ser valorado en el apartado de méritos.

Los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de presentación de la solicitud.

QUINTA. RESERVA DE PUESTOS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, se reservarán un cupo no inferior al 10% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, reservando dentro del mismo un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%; siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.

2. Asimismo, en caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10%.

SEXTA. SISTEMA DE SELECCIÓN

El procedimiento de selección será el concurso de méritos y se calificarán con una prelación máxima de 12 puntos.

Los méritos a tener en cuenta, así como su valoración, serán los siguientes, siendo la calificación final de los mismos el resultado de la suma de los puntos obtenidos en todos los apartados.

A) Experiencia profesional (hasta un total de 6 puntos):

-Servicios prestados en la Administración Pública en Centros de Información a la Mujer, en puestos de igual categoría y contenido de funciones, en régimen funcionarial, laboral o mediante contrato profesional de prestación de servicios. Se valorarán a razón de 0,5 puntos/mes completo.

-Servicios prestados en la Administración Pública diferentes a los del apartado anterior, en puestos de igual categoría y contenido de funciones, en régimen funcionarial, laboral o mediante contrato profesional de prestación de servicios. Se valorarán a razón de 0,35 puntos/mes completo.

-Servicios prestados en el sector privado, en puestos de igual categoría y contenido de funciones. Se valorarán a razón de 0,25 puntos/mes completo.

Lo anterior se computará sumando todos los períodos de servicios prestados, no teniéndose en cuenta la fracción resultante inferior a un mes. Se entenderán por meses completos la fracción que resulte igual o superior a 30 días, tras la suma de días trabajados y su división por 30, descartándose los restos inferiores. Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente.

Todos los servicios prestados se justificarán con los siguientes documentos:

-Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social, donde consten los periodos y grupos de cotización.

-Los servicios prestados en las Administraciones Públicas o empresas del sector público se acreditarán mediante certificación expedida por la respectiva Administración Pública con expresión de la relación jurídica (funcionario o personal laboral), plaza y puesto de trabajo desempeñado, fecha de toma de posesión/cese y/o periodo de prestación efectiva de servicios.

-Los servicios prestados en la empresa privada se acreditarán mediante contratos de trabajo donde figure los periodos contratados, jornada laboral, puesto ocupado y grupo de cotización.

B) Formación y perfeccionamiento (hasta un total de 4 puntos):

B.1) Máster y otras titulaciones de postgrado (diferentes a la titulación exigida para participar): deben ser impartidos por Centros Oficiales u homologados y estar relacionadas directamente con el contenido de funciones del puesto de trabajo: serán valoradas a razón de 1 punto cada uno (hasta un máximo de 1 punto).

Para su valoración deberá aportarse copia del título y documentación acreditativa de las materias impartidas en el mismo.

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