Boletín nº 233 (07-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Viso

Nº. 4.619/2022

Expediente n.º: 311/2022.

Anuncio para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Procedimiento: Disposiciones Normativas (Aprobación, Modificación o Derogación).

Asunto: MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA.

Fecha de iniciación: 4 de octubre de 2022.

ANUNCIO

Aprobada inicialmente la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Administración Electrónica de El Viso (Córdoba), por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintidós, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en uno de los medios de comunicación escrita diaria y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica del Ayuntamiento .

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza sin necesidad de acuerdo expreso.

El Viso, 25 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Juan Díaz Caballero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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