Boletín nº 234 (09-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palenciana

Nº. 4.723/2022

ANUNCIO PUBLICACION BASES

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 2022/00000943 de fecha 29 de noviembre de 2022 las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir la plaza vacante de la plantilla de personal laboral fijo en el Ayuntamiento de Palenciana de Técnico/a de Guadalinfo (Grupo profesional de Oficial administrativo), mediante sistema de concurso-oposición, se abrirá el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la citada convocatoria:

«BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD LA PLAZA DE TÉCNICO/A DE GUADALINFO, MEDIANTE EL SISTEMA SELECTIVO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, INCLUIDA EN LOS PROCESOS EXTRAORDINARIOS DE ESTABILIZACIÓN PREVISTOS EN LA LEY 20/2021.

PRIMERA. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las bases que regirán el proceso selectivo de concurso-oposición para la estabilización de la plaza cuyas características a continuación se transcriben, incluida en los procesos extraordinarios de estabilización previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (en lo sucesivo, L 20/21).

Denominación de la plaza

Técnico/a de Guadalinfo

Número de plazas a estabilizar

1

Régimen

Personal laboral fijo

Grupo profesional

Oficial administrativo

Titulación exigida

Bachiller o Técnico de Ciclo Formativo de Grado Superior, o titulación equivalente

Sistema selectivo

Concurso-oposición

Las funciones a desempeñar serán, especialmente, las siguientes:

-Sensibilizar y capacitar a la ciudadanía en el uso de las tecnologías de la comunicación y la información -TICs- y el uso de los servicios digitales.

-Planificar, implementar, controlar, evaluar y mejorar de forma continua actividades de dinamización social en el Centro de Guadalinfo de Palenciana.

-Promocionar, movilizar y captar a nuevos usuarios para su integración en los programas activos.

-Desarrollar iniciativas innovadoras en el ámbito de las nuevas tecnologías

-Establecer un canal de comunicación permanente con los usuarios, escuchando activamente sus dudas, inquietudes y sugerencias de mejora.

-Realizar actividades formativas en el uso de las TICs, atendiendo a las necesidades y ritmos de cada usuario.

-Fomentar la participación ciudadana de los habitantes del municipio en la vida pública municipal mediante el uso de las TICs.

-Detectar nuevas oportunidades de transformación y mejora socio-económica del municipio.

-Asistir a empresas y ciudadanos en todos los procedimientos que inicien, de forma digital, frente a cualquier Administración Pública, organismo o empresa privada (y, en particular, el Ayuntamiento de Palenciana), fomentando el uso de la administración electrónica.

-Asistir a los ciudadanos en la creación de documentos mediante herramientas de ofimática.

-Mejorar la empleabilidad de los ciudadanos mediante el uso de plataformas web de empleo, formación, etc.

-Adaptar la actividad del centro a las diferentes edades y perfiles en competencias digitales.

-Fomentar el emprendimiento a través del uso de las TICs.

-Detectar y paliar situaciones de exclusión digital y proponer programas y medidas para prevenirlas, observando, particularmente, las brechas digitales que puedan producirse por el género o situación social de los ciudadanos.

-Impulsar iniciativas colectivas de dinamización social, sensibilización comunitaria y promoción del entorno.

-Sujetar su actividad al control del Consorcio Fernando de los Ríos, mediante el seguimiento, control y evaluación de los objetivos y metas que, el responsable para la provincia de este organismo, haya asignado con carácter previo al centro de la localidad.

-Realizar todas aquellas otras funciones que, en cada momento, se les asignen a los Técnicos de Guadalinfo por parte del Consorcio Fernando de los Ríos.

Así mismo, desarrollará aquellas otras funciones comunes a los empleados públicos de esta Entidad:

-Realizar cuantas funciones le puedan encomendar, en cada momento, sus superiores jerárquicos, relacionadas con su área de actividad o cualificación.

-Atender e informar a ciudadanos y otros empleados públicos sobre aspectos de su competencia.

-Cuidar y mantener las herramientas, el material y la maquinaria utilizados.

-Manejar los equipos, aplicativos y, en su caso, programas informáticos necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.

-Cumplimentar sus tareas en los plazos y calidades previstas.

-Asistir a reuniones de trabajo durante su jornada.

-Resolver aquellos problemas que surjan en su ámbito de responsabilidad, poniendo en conocimiento de su superior las incidencias producidas.

-Asumir el régimen de suplencia establecido.

-Cumplir con las normas y procedimientos en materia de prevención de riesgos laborales, de protección de datos de carácter personal, de transparencia y acceso a la información pública y de políticas de seguridad en la utilización de medios electrónicos.

El proceso selectivo garantiza el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, recogidos, asimismo, en el artículo 55 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP):

«1. Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.

2. Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación:

a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.

b) Transparencia.

c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.

d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.

e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a

f) desarrollar.

g) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.»

Al objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad añadida a la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc., debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

SEGUNDA. Normativa de aplicación

1. El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes Bases, a lo regulado en las siguientes normas jurídicas:

-Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LRBRL).

-Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

-Real Decreto Legisl

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