Boletín nº 235 (12-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 4.750/2022

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 5 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CENTROS VETERINARIOS Y CENTROS PARA LA VENTA, ADIESTRAMIENTO Y CUIDADO DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA. EXPEDIENTE GEX 2022/7489.

Finalizado el período de exposición pública a que ha sido sometido el expediente de modificación del artículo 5 del Reglamento del Registro Municipal de Centros Veterinarios y Centros para la Venta, adiestramiento y cuidado de los animales de compañía, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 28 de septiembre de 2022, mediante Anuncio publicado en el B.O.P. de Córdoba nº 199, de fecha 17 de octubre de 2022 y Tablón de Edictos del Ayuntamiento, sin que se hubiesen presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobada referida modificación, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el  artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

REGLAMENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CENTROS VETERINARIOS Y CENTROS PARA LA VENTA, ADIESTRAMIENTO Y CUIDADO DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA:

Articulo 5. Procedimiento de inscripción

" Alta

En la solicitud deberá expresarse la denominación del comercial del centro y el tipo de actividad que desarrolla.

Junto con la solicitud se deberá aportar una declaración responsable conforme la cual el centro reúne los requisitos siguientes:

a) Dispone de las pertinentes autorizaciones de las administraciones competentes para el desarrollo de la actividad.

b) Dispone de un registro a disposición de las Administraciones competentes, en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

c) Dispone de buenas condiciones higiénico-sanitarias y de locales adecuados a las necesidades fisiológicas y etológicas de los animales que alberguen.

d) Tiene un programa definido de higiene y profilaxis de los animales albergados, visado por un veterinario.

e) Dispone de comida suficiente y sana, agua y cuenta con personal preparado para su cuidado.

f) Dispone de instalaciones adecuadas para evitar el contagio, en los casos de enfermedad, entre los animales residentes y del entorno, o para guardar, en su caso, períodos de cuarentena

g) Cuenta con los servicios veterinarios suficientes y adecuados para cada establecimiento.

h) Se compromete a colocar en un lugar visible de la entrada principal una placa con el número de inscripción de centros para el mantenimiento y cuidado temporal de animales de compañía.

" Baja y modificaciones

Los titulares o responsables de los Centros Veterinarios y Centros para la Venta, Adiestramiento y Cuidado de los Animales de Compañía, inscritos en el Registro estarán obligados a comunicar a la Delegación Municipal de Medio Ambiente cualquier variación significativa que se produzca en los datos aportados para su inscripción, considerándose como tales las relativas al cierre, traslado, cambio de titularidad o actividad. Esta Delegación mantendrá actualizados los datos que consten en el Registro, reflejando los cambios que se produzcan en los aspectos citados anteriormente.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable, determinará previo trámite de audiencia, la baja en el Registro desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Lo que se hace público para general conocimiento, en la ciudad de La Rambla, a la fecha indicada en el pie de firma del presente documento. Firmado el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.

La Rambla 30 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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