Boletín nº 238 (15-12-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba
Nº. 4.807/2022
Expediente nº: GEX 9023/2022
Procedimiento: Convocatoria y bases del proceso de estabilización de empleo
Asunto: Decreto de Alcaldía
Por Resolución de Alcaldía nº 2022/00001721 de 1 de diciembre de 2022, se aprobó la convocatoria extraordinaria de estabilización de empleo de dos plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, mediante sistema de concurso, con el siguiente tenor literal:
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento |
Fecha/N.º |
Providencia de Alcaldía |
24/11/22 |
Informe de Secretaría |
25/11/22 |
Bases que han de regir la Convocatoria y el proceso de estabilización temporal |
30/11/22 |
Características de las plazas objeto de la convocatoria:
Denominación de la plaza |
Peón Instalaciones Deportivas |
Régimen |
Laboral |
Grupo/Subgrupo/Categoría profesional |
E |
Titulación exigible |
Graduado en ESO o equivalente |
Nº de vacantes |
2 |
Sistema de selección |
Concurso |
Fecha desde que está cubierta temporal e ininterrumpidamente |
07/09/2004 15/07/2017 |
Examinadas las bases de la convocatoria y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar las bases reguladoras para cobertura de la plaza anteriormente referenciada.
SEGUNDO. Convocar el proceso de estabilización de empleo temporal.
TERCERO. Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección: https://sede.eprinsa.es/vfranca) y en el Tablón de anuncios.
CUARTO. Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y EL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria
Es objeto de las presentes bases la regulación para la convocatoria y proceso de selección de personal laboral de la plaza descritas en el Anexo I, mediante procedimiento de estabilización de empleo temporal de la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo, aprobada por Resolución de Alcaldía nº 2021/658 de fecha 12 de mayo de 2022 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 93 de fecha 17 de diciembre de 2022.
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
1.- Requisitos generales:
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida prevista en el Anexo I.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes (Anexo II), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://sede.eprinsa.es/vfranca] y, en el Tablón de Anuncios, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Para ser admitido/a en el proceso selectivo los/as aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de participación cumplimentada y firmada, según modelo ANEXO II incluido en las presentes bases.
- Resguardo de abono de la tasa por derechos de examen, el importe a ingresar es de quince euros (15 €) y se efectuará en el número de cuenta ES28 0237 0064 0091 6919 3549 - de la entidad CajaSur, debiendo indicar el nombre y apellidos del solicitante y el concepto Tasas del puesto al que se opta.
- Copia de DNI en vigor.
- Copia de la titulación exigida en el Anexo I, o justificante del abono de los derechos de expedición o, en su caso, documentación que acredite la equivalencia.
- Anexo III de autobaremo de méritos, acompañado de la documentación que justifica los citados méritos.
La experiencia profesional se justificará con copia del informe de vida laboral acompañado de nominas contratos o certificado de empresa.
La Titulación Académica y los cursos de formación se justificarán con original o copia de los títulos o diplomas correspondientes, en le caso de los cursos de formación, estos deberán contener el contenido del curso y la duración del mism