Boletín nº 238 (15-12-2022)

VIII. Otras Entidades

Ardepinsa SL
Belmez (Córdoba)

Nº. 4.844/2022

SUMARIO

Don José Porras Fernández, Presidente de la Sociedad Mercantil Local del Ayuntamiento de Belmez ARDEPINSA SL, con CIF B14459622, tras aprobación por Consejo de Administración y celebración de mesa de negociación se procede a la publicación de las BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, DE PLAZAS COMO PERSONAL LABORAL DE LA PLANTILLA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL LOCAL DEL AYTO DE BELMEZ ARDEPINSA, S.L., CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2022, de la citada Sociedad Mercantil Local del Ayuntamiento de Belmez, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el sector público; y en consideración los acuerdos de la Mesa General de Negociación:

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, DE PLAZAS COMO PERSONAL LABORAL DE LA PLANTILLA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL LOCAL DEL AYTO DE BELMEZ ARDEPINSA, S.L., CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2022

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y proceso de selección para proveer en propiedad las plazas, de personal laboral de la sociedad mercantil local del Ayuntamiento de Belmez ÁREA DE DESARROLLO DEL POLIGONO INDUSTRIAL SAN ANTONIO, S.L. (en adelante ARDEPINSA) mediante procedimiento de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Públicas de Empleo Extraordinaria, aprobada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Núm. 90 de fecha 12 de mayo de 2022.

En el Anexo I se incluyen las plazas incluidas en la mencionada Oferta, cuyo proceso de selección será el de concurso de méritos.

2. LEGISLACIÓN APLICABLE.

Las bases de esta convocatoria se regirán por lo dispuesto en:

-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

-Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

-Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

-Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.

-Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

-Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.

-Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Las presentes Bases vincularan a la Administración, a los Tribunales que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas, y solo podrán ser modificada con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión pueda ocasionar dificultad a la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier termino genérico debe entenderse en el sentido comprensivo de ambos sexos y que, asimismo, cualquier termino relativo a personas con discapacidad se entenderá referido a personas con diversidad funcional.

A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la página web de ARDEPINSA - www.ardepinsa.es - y en el Tablón de Edictos de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Belmez.

Asimismo, se publicará extracto de estas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

3. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.

3.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión, o en condiciones de obtener dentro del plazo de presentación de instancias, el titulo exigido de conformidad con lo establecido en el ANEXO I.

En el caso de equivalencia, la misma deberá de ser reconocida como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por el /la aspirante, debiendo citar la disposición legal en el que se reconozca la equivalencia o, en su caso, aportar certificado del órgano competente en tal sentido.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación y, en su caso, traducción jurada.

f) Disponer de la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, en el caso que sea necesario por las funciones a desempeñar.

g) Haber abonado la tasa correspondiente según el subgrupo:

Grupo A1/Categoría laboral asimilable: 39,00 €

Grupo A2/Categoría laboral asimilable: 36,00 €

Grupo C1/Categoría laboral asimilable: 33,00 €

Grupo C2/Categoría laboral asimilable: 30,00 €

Agrupaciones Profesionales/Categoría laboral asimilable: 30,00 €

3.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias, y mantenerse hasta la toma de posesión. Sin perjuicio de que se habilite otro plazo de presentación dado el carácter extraordinario del proceso, en todo caso los méritos y demás requisitos a valorar se referirán siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de documentación.

4. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

a) Las bases de esta convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (B.O.P), en el Tablón de Edictos de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Belmez (https://sede.eprinsa.es/belmez/tablon-de-edictos), y en la página web de ARDEPINSA (www.ardepinsa.es)

b) Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento o bien a través de la Sede Electrónica-Trámites del Ayuntamiento de Belmez: (https://sede.eprinsa.es/belmez/tramites) o conforme a lo dispuesto en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

c) El plazo para su presentación será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, declarando reunir los requisitos exigidos para la plaza.

Las personas interesadas en tomar parte en la convocatoria tendrán que hacerlo constar mediante el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectiva de la sociedad mercantil local del Ayuntamiento de Belmez ARDEPINSA, puesto a disposición en el ANEXO II de estas bases.

Las instancias se dirigirán a la a la Presidencia de la sociedad y podrán presentarse manualmente en el Registro General del Ayuntamiento de Belmez o telemáticamente conforme a lo dispuesto en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubr

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