Boletín nº 238 (15-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 4.872/2022

Don Salvador Cubero Priego, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Doña Mencía, HACE SABER:

Que por esta Alcaldía se ha dictado la resolución que a continuación literalmente se trascribe:

La aprobación por resolución de está Alcaldía núm 2022/00000183, de 25/05/2022 completada por la resolución de la Alcaldía núm 2022/00000188 de 26/05/2022 de la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización de empleo temporal regulada por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

ADVERTIDA: En dichas resoluciones la omisión de la reserva para personas con discapacidad de la plaza de Operario del Punto Limpio.

RESULTANDO: que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37.1 l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, previa convocatoria al efecto, se ha sometido a la Mesa General de Negociación de este la subsanación de la citada omisión.

En ejercicio de las competencias avocadas por este órgano delegante en relación al conocimiento de la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización de empleo temporal regulada por la Ley 20/2021,

-.DECRETO.-

PRIMERO: Completar y subsanar la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal autorizada por Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público aprobada por resolución de esta Alcaldía núm. 2022/00000183, de 25/05/2022 y completada por resolución de esta Alcaldía núm. 2022/00000188 de 26/05/2022, en los siguientes términos:

B): Estabilización de empleo temporal (de no larga duración) (artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público).

N.º de orden

DENOMINACIÓN PLAZA

Grupo

Grupo

Subgrupo

1

(*)

Operario Punto Limpio

(2)

2

(*)

Conserje

(2)

TOTAL PLAZAS

2

Reserva para personas

con discapacidad

1

Denominación

Operario Punto

Limpio

SEGUNDO: Publicar en el Tablón de Edictos de la sede electrónica de este Ayuntamiento sita en

https://sede.eprinsa.es/dmencia/tablon-de-edictos y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba correspondiente.

TERCERO: Remitir este Acuerdo a la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio del deber de proporcionar la información estadística que corresponda.»

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

Recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el art. 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la presente publicación, tal y como establece el art. 46.1 de Ley 29/1998 citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los arts. 123.2 y 124 de la Ley 39/2015 y 46 de la Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el art. 46.1 de la Ley 29/1998 citada.

Doña Mencía 7 de diciembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Salvador Cubero Priego.

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