Boletín nº 241 (20-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 4.933/2022

La Teniente de Alcaldía y Concejala Delegada de Recursos Humanos ha dictado el Decreto 2977/2022, de 12 de diciembre, que a continuación se transcribe:

»Decreto sobre aprobación de la convocatoria y las bases para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario y para el acceso a personal laboral, incluidas en la oferta extraordinaria de empleo temporal del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, de conformidad con la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Visto que con fecha 6 de mayo de 2022, fue aprobada la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 90, el día 12 de mayo de 2022.

Visto que con fecha 12 de mayo de 2022, fue aprobada por el Ayuntamiento-Pleno la Modificación del Organigrama y Relación de Puestos de Trabajo del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río y sus Organismos Autónomos, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 131, de 8 julio de 2022.

Visto que las Bases de la convocatoria han sido objeto de negociación en el seno de la Mesa General de Negociación.

Vista la Providencia dictada en fecha 7 de diciembre de 2022, por la Concejala Delegada de Recursos Humanos.

Visto el informe del Departamento de Recursos Humanos y visto el informe del Sr. Interventor de Fondos al respecto.

De conformidad con lo establecido en la legislación de Régimen Local vigente, por medio del presente,

HE RESUELTO

PRIMERO. Aprobar la convocatoria excepcional de los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal y las bases íntegras, por concurso, de varias plazas vacantes de personal funcionario y personal laboral, pertenecientes a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Palma del Río en aplicación de la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que se detallarán a continuación.

SEGUNDO. Publicar la convocatoria y el texto íntegro de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el tablón de anuncios electrónico del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río y en su pagina web, así como publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

»BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA EL ACCESO A CUERPOS O ESCALAS DE PERSONAL FUNCIONARIO Y PROCESOS SELECTIVOS PARA EL ACCESO A PERSONAL LABORAL FIJO, MEDIANTE PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DEL ILTRE AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO, INCLUIDAS A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN DEL AÑO 2022, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO.

PRIMERA. Objeto de la convocatoria.

Esta convocatoria tiene por objeto regular las bases de los procesos selectivos de las plazas que se detallan en el Anexo I, para la estabilización de empleo temporal como funcionario de carrera o personal laboral fijo en el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, que incluye las plazas vacantes en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de Estabilización 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 90, de 12 de mayo de 2022, al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

SEGUNDA. Legislación aplicable.

Las bases de esta convocatoria se regirán por lo dispuesto en:

-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

-Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

-Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

-Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

-Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

El Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, establecen unas reglas generales en la articulación de estos procesos de selección que garantizan el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Para este procedimiento, que con carácter previo se ha negociado en el ámbito de la Mesa General de Negociación, se establece que el sistema de selección será el concurso conforme a la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, que autoriza una convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal cuando las plazas hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

TERCERA. Requisitos de las personas aspirantes.

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida, prevista en el correspondiente Anexo o estar en condiciones de obtenerla en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias, para cada una de las plazas a proveer objeto de esta convocatoria.

f) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se estableciesen en el Anexo correspondiente para cada plaza convocada.

Para ser admitidos en esta convocatoria los aspirantes manifestarán en su instancia que reúnen los requisitos a), b), c), d), e), y f), exigidos en esta base.

En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá acreditarse la correspondiente homologación, a tenor de lo regulado en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior y Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero.

A efectos de equivalencia de titulación, solo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general.

Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión de posesión como funcionario de carrera o contratación como personal laboral fijo.

CUARTA. Forma y plazo de presentación de solicitudes.

La convocatoria de los procesos selectivos, juntamente con sus Bases íntegras, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón electrónico de Edictos del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río y en su página web.

Asimismo, se publicará un anuncio del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La solicitud m

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