Boletín nº 243 (22-12-2022)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 5.062/2022

El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en sesión extraordinaria y urgente, de dieciséis de diciembre de dos mil veintidós, de conformidad con el informe-propuesta del Servicio de Personal y Recursos, de fecha catorce de diciembre, y el informe del Secretario Delegado, de fecha quince de diciembre, en aplicación de la Ley 20/2021, adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO. Aprobar la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración por Concurso, de las siguientes 78 plazas identificadas con sus correspondientes códigos, en aplicación de la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público:

*2 Arqueólogos: L-000031/00 L-000210/00.

*13 Arquitectos/as: L-000057/00 L-000087/00 L-000088/00 L-000089/00 L-000098/00 L-000118/00 L-000145/00 L-000217/00* (turno discapacidad general)- L-000218/00 L-000219/00 - L-000220/00L-000221/00 L-000222/00.

*2 Arquitecto/a Técnico: L-000011/00 L-000009/00.

*21 Auxiliares Administrativos/as: L-000019/00 L-000046/00 L-000055/00 L-000056/00 L-000095/00 L-000190/00 L-000191/00 L-000192/00 L-000193/00 L-000195/00 L-000196/00 L-000197/00 L-000198/00 L-000199/00 L-000203/00 L-000228/00 L-000237/00 L-000238/00 L-000239/00 L-000240/00 L-000241/00.

*3 Técnico/a Especialista: L-000209/00 L-000227/00 - L-000204/00.

*1 Conductor/a :L-000206/00.

*4 Delineante: L-000023/00 L-000032/00 L-000093/00 - L-000094/00.

*1 Diplomado/a en biblioteconomía y documentación: L-000039/00.

*1 Jefe/a Administrativo/a: L-000304/00*(turno discapacidad intelectual).

*12 Licenciados/as en Derecho: L-000052/00 L-000060/00 L-000090/00 L-000091/00 L-000092/00 L-000100/00 L-000154/00 L-000163/00 L-000188/00 L-000189/00 L-000212/00 L-000301/00.

 1 Oficial 1ª oficios: L-000012/00.

*3 Oficial 1ª oficios: L-000040/00* ( turno discapacidad general) - L-000300/00) L-000302/00.

*1 Oficial 1ª oficios: L-000208/00.

*8 Oficial Administrativo/a: L-000008/00 L-000015/00 L-000016/00 L-000017/00 L-000018/00 L-000043/00.-L-000303/00 L-000305/00.

*3 Operario/a: L-000205/00 L-000215/00 L-000216/00.

*1 Operario/a: L-000207/00.

*1 Técnico/a Archivo: L-000233/00.

SEGUNDO. Aprobar las Bases de selección, en turno libre, de la convocatoria excepcional para la Estabilización del Empleo Temporal de larga duración por concurso, que obra en este expediente con CSV:

(644b21abf26d1024ded04ec2530594065fd9d83c), conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el Empleo Público, recogidas en la OPE de Estabilización de 2022 de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, comprensiva de un total de las 78 plazas de régimen laboral, conforme a esta propuesta, suponiendo un gasto para el ejercicio 2022, de 370.189,01 €.

TERCERO. Publicar la convocatoria y el texto íntegro de estas BASES en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de Anuncios electrónico único del Ayuntamiento de Córdoba, así como publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

CUARTO. Contra el presente Acuerdo que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).

III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC)".

"BASES QUE HABRÁN DE REGIR LA CONVOCATORIA EXCEPCIONAL DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN, POR EL SISTEMA DE CONCURSO, EN TURNO LIBRE, DE 78 PLAZAS VACANTES DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL EN GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE CÓRDOBA INCLUIDAS EN EL ANEXO I, CON SUS CORRESPONDIENTES CÓDIGOS.

PRIMERA. Objeto

La presente convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración tiene por objeto la selección por el sistema de concurso de méritos, en turno libre, de 78 plazas vacantes de la plantilla de personal laboral de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba (en adelante, GMU), según Anexo I, en aplicación del artículo 2 y la Disposición Adicional Sexta y Octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Las retribuciones serán las correspondientes a dichas plazas y categorías de conformidad con el Convenio Colectivo vigente de la GMU de Córdoba, con los niveles retributivos aprobados por el Consejo Rector y ratificados por Junta de Gobierno Local, con la relación de puestos de trabajo de la misma y con la demás normativa aplicable, encontrándose dichas plazas dotadas presupuestariamente.

Dichas plazas están incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2022, que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 93, de 17/5/2022, y que comprende plazas dentro del turno general y otras plazas para estabilización del personal laboral temporal de larga duración, en los términos que figuran en el informe del Servicio de Personal y Recursos.

Sin perjuicio de las plazas incluidas dentro del turno general reservadas a personas con discapacidad (entendiéndose por tal la prevista en el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, como otro tipo de discapacidad distinta a la intelectual), del total de las 78 plazas para estabilización del personal laboral temporal de larga duración a cubrir, tres plazas (Códigos L-000040/00 y L-000217/00 se reservarán a personas con discapacidad general, y Código L-000304/00 a persona con discapacidad intelectual). En caso de que estas plazas no se cubran de esta forma no se acumularán al resto.

SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes:

Para ser admitidos/as al proceso selectivo los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1) Estar en posesión del Título que para cada plaza figura en el Anexo I, o equivalente. En el caso de equivalencia, la misma deberá de ser reconocida como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por el/la aspirante, debiendo citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

2) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

4) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

5) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a la que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser na

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