Boletín nº 244 (23-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Guadalcázar

Nº. 5.021/2022

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA APROBANDO MODIFICACIÓN DE BASES DE SELECCIÓN EN CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO EFECTUADO POR LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÓRDOBA.

DON FRANCISCO ESTEPA LENDINEZ, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Guadalcázar (Córdoba), tras requerimiento efectuado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, de fecha 12 de diciembre de 2022, acuerda dictar la siguiente Resolución.

Por el presente Decreto se subsanan las bases de selección que regirán la convocatoria y el proceso de estabilización de personal del Ayuntamiento de Guadalcázar, con carácter excepcional, y derivado de la Oferta de Empleo Extraordinaria para la estabilización derivada de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

Visto que en virtud de resolución Alcaldía del Ayuntamiento de Guadalcázar, de fecha 23 de noviembre de 2022, fueron aprobadas las bases de selección que regirán la convocatoria y el proceso de estabilización de personal del Ayuntamiento.

Que las indicadas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 4561, de 30 de noviembre de 2022.

Visto el requerimiento de subsanación de las indicadas bases, de fecha 11 de diciembre de 2022, realizado por la Delegación del Gobierno en Córdoba.

RESUELVO:

PRIMERO: Subsanar la Resolución de Alcaldía, de fecha 23 de noviembre de 2022, por el que se aprueban las bases de selección que regirán la convocatoria y el proceso de estabilización de personal del Ayuntamiento en el sentido siguiente:

En la base Quinta. Admisión de Aspirantes

Base 5.1

Se sustituye. La Resolución se publicará en el tablón de Anuncios y en la web Corporativa por La Resolución se publicará en el Boletin Oficial de la Provincia, en el tablón de Anuncios y en la web Corporativa

Base 5.3

Se sustituye Finalizado el plazo de subsanación se dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de Anuncios y en la web Corporativa&&. por Finalizado el plazo de subsanación se dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de Anuncios y en la web Corporativa

En la base sexta. Tribunal Calificador:

Se sustituye Dichas reclamaciones, que tendrán efecto suspensivo, solo podrán ser presentadas en el Registro General de manera presencial o de forma telemática, con objeto de no ralentizar el correcto desarrollo del proceso selectivo& por Dichas reclamaciones, que tendrán efecto suspensivo, podrán ser presentadas de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Señalando, en todo caso, que se trata de un error formal en la redacción de dicho apartado pues desde el Ayuntamiento de Guadalcázar se garantiza la participación de todos aquellos interesados que deseen participar en los citados procesos, respetando en todo caso lo dispuesto en las leyes y resto de normativa de aplicación.

En la base séptima. Sistema de Selección:

Se elimina el contenido de la base 7.3.3 relativo a las plazas de carácter fijo-discontinuo al considerar el mismo innecesario pues el Ayuntamiento de Guadalcazar no cuenta con plazas con estas características.

En la base décima. Adjudicación de destinos, nombramiento como personal funcionario de carrera y contratación como personal laboral fijo.

Se subsana el párrafo La adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre las ofertadas, según el orden obtenido en el proceso selectivo, teniendo preferencia por optar cada uno al puesto que desempeñe con carácter previo, en caso de que obtengan plaza en el proceso selectivo tal como se establece en las bases& eliminando la referencia a la preferencia en la elección y quedando como resultado la siguiente redacción: La adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre las ofertadas, según el orden obtenido en el proceso selectivo, en caso de que obtengan plaza en el proceso selectivo tal como se establece en las bases.

En todo caso, como aclaración indicar que la adjudicación de las plazas se hará exclusivamente en función de la puntuación obtenida en el proceso, en atención a las solicitudes de los interesados en las cuales podrán mostrar su preferencia por el puesto que desempeñaban con anterioridad, sin que en ningún caso sea obligatorio o se restrinja de manera alguna la elección a las mismas.

En el Anexo II

Modificar

ARQUITECTO/A

A1

Título de grado en Arquitectura o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, de acuerdo con la legislación vigente.

ELECTRICISTA

CUATRO

Título de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o Título de Graduado Escolar, o Formación Profesional de Primer Grado, o equivalente.

Por

ARQUITECTO/A

A1

Título de Arquitectura o Grado en Arquitectura y Master habilitante para obtener la equivalencia del grado con el antiguo título de Arquitecto, de acuerdo con la legislación vigente.

ELECTRICISTA

CUATRO

Formación Profesional de Primer Grado en el área de Electricidad o Electronica o Certificado de Profesionalidad del nivel y cualificación correspondiente.

SEGUNDO: Disponer la conservación de aquellos trámites y actos cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción y la subsanación de los mismos.

TERCERO: publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y página web del Ayuntamiento de Guadalcázar.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Guadalcazar, a 15 de diciembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Estepa Lendinez.

BASES QUE REGIRÁ LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALCÁZAR, POR EL SISTEMA DE CONCURSO, CON CARÁCTER EXCEPCIONAL Y DERIVADO DE LA OEP EXTRAORDINARIA PARA ESTABILIZACIÓN DERIVADA DE LA LEY 20/21, DE 28 DE DICIEMBRE.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA

Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y proceso de selección para proveer en propiedad las plazas, de personal funcionario y laboral en su caso, del Ayuntamiento de Guadalcázar, mediante procedimiento de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo Extraordinaria, aprobada en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba número 97, de fecha 23 de mayo de

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