Boletín nº 245 (27-12-2022)

VI. Administración Local

Mancomunidad de Municipios de la Subbética Cordobesa
Carcabuey (Córdoba)

Nº. 5.041/2022

DON LOPE RUIZ LÓPEZ, PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPÌOS DE LA SUBBÉTICA (CÓRDOBA), HAGO SABER:

Que por Decreto de Presidencia nº 198/2022, de 2 de diciembre, se ha procedido a la aprobación de las Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de personal laboral fijo, Administrativo/a, de la Mancomunidad de la Subbética, por el sistema de Concurso, que a continuación se insertan:

<<BASES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO, ADMINISTRATIVO/A, POR EL SISTEMA DE CONCURSO.

1. NORMAS GENERALES.

1.1. Objeto de la convocatoria.

El objeto de las presentes bases es la convocatoria y proceso de selección de una plaza de personal laboral fijo, Administrativo/a, mediante proceso de estabilización de empleo temporal conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro de la Oferta Pública de Empleo para el año 2022, aprobada por la Junta General, en sesión ordinaria, celebrada el día 23 de febrero de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 49, de fecha 14 de marzo de 2022, estando sujeta dicha plaza a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, así como la legislación de desarrollo.

-Las características de la plaza vacante son las siguientes:

Denominación de la plaza: Administrativo/a.

Régimen: Personal Laboral Fijo.

Grupo de cotización: 05. Oficiales Administrativos.

Titulación exigible: Bachiller Superior o F.P. II.

Nº Vacantes: 1.

Sistema de Selección: Concurso.

1.2. Funciones.

Sin perjuicio de otras que pudieran resultar aplicables por la legislación vigente, será responsable de realizar las funciones propias del puesto de trabajo, entre las que se encuentran realizar las gestiones administrativas de tesorería, efectuar las actividades de apoyo administrativo de recursos humanos, realizar registros contables, introducir datos y textos en terminales informáticos en condiciones de seguridad, calidad y eficiencia, gestionar el archivo en soporte convencional e informático, manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación, realizar operaciones básicas de tratamiento de datos y textos, y confección de documentación, introducir datos y textos en terminales informáticos, realizar operaciones auxiliares de reproducción y archivo en soporte convencional o informático, manejo de dispositivos, máquinas y equipos informáticos y de comunicación propios del trabajo administrativo, así como gestión, mantenimiento y control de los archivos y registros que le sean asignados, junto a las bases de datos informáticas. En particular, atención e información al público, Registro General de documentos (Entrada y Salida), contabilización de pagos e ingresos, modificaciones presupuestarias, apertura y cierre del ejercicio, etc. (Eprical), entre otras.

Prestar apoyo al Secretario-Interventor y colaborar con él en la confección de documentos, tramitación de expedientes, convocatoria de sesiones de órganos colegiados, redacción de Decretos de Presidencia y demás tareas administrativas similares, siempre bajo las directrices y supervisión de aquél, asistiendo a órganos colegiados (incluidas las mesas de contratación o aquellos otros que pudieran crearse), todo ello siguiendo las directrices y bajo la dirección de sus superiores.

1.3. Régimen Jurídico aplicable al presente procedimiento.

La presente convocatoria se regirá por lo previsto en las presentes bases generales y en lo establecido al respecto en Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como aquellos artículos no derogados por ésta establecidos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. Igualmente se regirá por cualesquiera otras disposiciones concordantes y aplicables actualmente vigentes.

1.4. Efectos vinculantes.

Las bases vinculan a la Mancomunidad de la Subbética como Administración convocante, al Tribunal y a quienes participen en las mismas. Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El solo hecho de presentar las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras, que tienen la consideración de normas reguladoras de esta convocatoria.

2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.

Para poder participar en este proceso selectivo será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2.1. Requisitos generales:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas; no padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño del puesto.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas si el interesado lo justifica.

e) Poseer la titulación exigida de Bachiller Superior, F.P. II o equivalente, o haber solicitado su expedición; en caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio correspondiente.

f) Conocimiento del castellano. Se podrá establecer el requisito de acreditar el conocimiento del castellano para aquellas personas extranjeras, pudiendo realizarse para ello la/s prueba/s que al efecto se prevea/n por el órgano de selección, la/s cual/es será/n calificada/as de apto/a o no apto/a. Quienes, de entre estas personas, hubiesen realizado estudios oficiales en España o procedan de países cuyo idioma oficial sea el castellano podrán ser eximidas de este requisito por el Tribunal.

2.2. Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse por el/la aspirante el día en el que finalice el plazo de presentación de instancias, y deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, en el modo y forma indicados en las presentes bases.

2.3. Si en cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal Calificador tuviera conocimiento de que algún candidato no reúne algún requisito de los exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previo trámite de audiencia por plazo de cinco días al interesado.

3. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.

3.1. Forma de presentación.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán instancia general dirigida al Presidente de la Mancomunidad de la Subbética (Córdoba), en la que el aspirante deberá manifestar que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases.

Las personas con discapacidad podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de las pruebas electivas, con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades y condiciones con el resto de aspirantes, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de aspirantes. Para ello, deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que han de reflejar las necesidades que tengan para acceder al proceso de elección y adjuntarán dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente,

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