Boletín nº 246 (28-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Rute

Nº. 5.198/2022

ANUNCIO CONVOCATORIA PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TEMPORALES DE LA PLAZA DE AUXILIAR DE SERVICIO VÍAS PÚBLICAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE RUTE, GEX N.º 8932/2022.

Por Decreto de Alcaldía de fecha 20 de diciembre de 2022, se aprobaron las bases y la convocatoria para la contratación de personal funcionario interino, para la formación de una bolsa de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de la plaza de auxiliar de servicio vías públicas del Excmo. Ayuntamiento de Rute, en los términos en que figuran en el expediente gex n.º 8932/2022.

Plazo para presentar las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Convocatoria en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Rute.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES DE SELECCIÓN PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TEMPORALES DE LA PLAZA DE AUXILIAR DE SERVICIO VÍAS PÚBLICAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE RUTE, EXPEDIENTE GEX N.º 8932/2022.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, recoge en sus artículos 10 y 11 las circunstancias por las que las Administraciones Públicas pueden nombrar personal funcionario interino o formalizar contratos de trabajo para la cobertura de las necesidades urgentes de personal. A los efectos de que dichos nombramientos o contratos sean ofrecidos a las personas que acrediten el mérito y la capacidad para el acceso a la función pública establecidos en el art. 103.3 de la Constitución Española de 1.978; en el art. 4 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; en el artículo 55.1 del citado Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, así como atendiendo a los principios de publicidad y transparencia contenidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, a la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Es objeto de esta convocatoria la formación, mediante concurso, de una Bolsa de trabajo para cubrir las necesidades temporales de personal, que no puedan ser cubiertas por el personal existente en la forma prevista por el Reglamento de Provisión, de la plaza de Auxiliar Servicio Vías Públicas del Ayuntamiento de Rute mediante nombramiento de funcionarios/a interinos/a para cubrir las siguientes contingencias:

a) Cobertura interina de plazas vacantes en plantilla de funcionariado.

b) Sustitución de funcionarios/as que disfruten de licencias o permisos reglamentarios, bajas, o se encuentren en alguna de las situaciones administrativas que dispensan del servicio activo y con derecho a la reserva de plaza.

El nombramiento será de carácter temporal hasta que desaparezcan las causas que son origen de su nombramiento.

SEGUNDA: REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS/AS ASPIRANTES:

- Poseer la nacionalidad española o estar incluido entre los extranjeros a los que se refiere el artículo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP).

- Tener cumplidos los dieciséis años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza.

- Estar en posesión del título de Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

- No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del cargo.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleados o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

- Requisitos específicos, al amparo del apartado 3 del artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Publico: permiso de conducir B.

TERCERA: INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria (Anexo I) se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rute, debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

A las instancias se deberán adjuntar modelo cumplimentado, currículo vitae y fotocopias, de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos señalados (DNI y del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición).

A las instancias deberán acompañarse las fotocopias de las certificaciones y de los documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la correspondiente Base. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

CUARTA: CONVOCATORIA. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS:

Las bolsas de trabajo se convocarán a través de publicación en Tablón de Anuncios y en la web del Ayuntamiento (www.rute.es).

Las solicitudes, en el modelo normalizado, se encuentran disponibles en la página web de este Ayuntamiento, y son de uso obligatorio para este procedimiento, de conformidad con lo establecido en el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La presentación se realizará preferentemente en forma electrónica, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Rute, o en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de dicha ley, si bien, quienes no estén obligados a relacionarse con el Ayuntamiento de Rute por vía electrónica podrán optar por su presentación por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Tablón electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Rute.

QUINTA: LISTA DE ADMITIDOS/AS Y EXCLUIDOS/AS.

Finalizado el plazo de presentación de instancias se publicará un anuncio con la relación de admitidos/as y excluidos/as, en los tablones de Edictos de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento de Rute (www.rute.es).

Los/las aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

Asimismo, el Excmo. Sr. Alcalde- Presidente, tras el trámite de subsanación, dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, y procederá al nombramiento de la Comisión de Valoración.

SEXTA: COMISIÓN DE VALORACIÓN.

Estará formada por: un Presidente/a y suplente, cuatro Vocales, titulares y suplentes y un/a Secretario/a, titular y suplente, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
La Comisión de Valoración podrá contar con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los/as cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

SÉPTIMA. VALORACIÓN DE MÉRITOS.

La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso es de 100 puntos, los cuales se detallan en los siguientes apartados;

Experiencia laboral (Máximo 45 puntos)

Se puntuará 1,5 puntos por cada año trabajado como oficial de albañilería o encargado de obra.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Formación. (Máximo 55 puntos):

Formación académica (Máximo 25 puntos)

Se puntuará la formación académica superior a la exigida para participar en la convocatoria del siguiente modo:

- Por estar e

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