Boletín nº 247 (29-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Almedinilla

Nº. 5.124/2022

EXPEDIENTE: EST02/2022.

Asunto: Convocatoria y Proceso de Selección por Concurso (Ejecución de los Procesos de Estabilización de Empleo Temporal -D.A. 6ª y 8ª de la Ley 20/2021).

ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Expediente: GEX1989/2022.

SUMARIO

Resolución de Alcaldía nº 2022/00000144 del Ayuntamiento de Almedinilla, mediante la cual se aprueban las bases específicas, se convoca el proceso selectivo y se abre el plazo de presentación de solicitudes, correspondiente a la convocatoria excepcional del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, en el marco de la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para cubrir varias plazas vacantes en este Ayuntamiento.

TEXTO

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 2022/00000144, de fecha 19 de diciembre de 2022, las bases específicas y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para diferentes plazas vacantes en el Ayuntamiento de Almedinilla, mediante sistema de concurso, en virtud de lo establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se publica el texto integro de las indicadas bases, se convoca en ejecución de la Oferta de Empleo Público 2022 (BOP nº 100, de 26 de mayo de 2022) el procedimiento de selección para el acceso a estas plazas y se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Plazas vacantes objeto de la convocatoria:

1 Plaza de Administrativo/a Guadalinfo, personal laboral fijo.

1 Plaza Auxiliar Administrativo Consultorio, personal laboral fijo.

2 Plazas de Alguacil Municipal, personal laboral fijo.

1 Plaza de Dinamizador Juvenil, personal laboral fijo.

2 Plazas de Oficial de Servicios, personal laboral fijo.

1 Plaza de Peón Limpieza de Edificios, personal laboral fijo.

1 Plaza de Encargado de Cementerio, personal laboral fijo.

2 Plazas Limpiador/a Colegios, personal laboral fijo discontinuo.

Bases específicas reguladoras que regirán la convocatoria:

1. BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS CORRESPONDIENTE A 1 PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A GUADALINFO, PERSONAL LABORAL A JORNADA COMPLETA, DEL AYUNTAMIENTO DE ALMEDINILLA.

PRIMERA. Objeto.

Es objeto de las presentes bases regular el proceso selectivo para proveer en propiedad 1 plaza de Administrativo/a Guadalinfo, C1 de personal laboral del Ayuntamiento de Almedinilla mediante proceso de estabilización del empleo público, de acuerdo con los preceptos establecidos en las bases generales reguladoras de estos procesos, en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y en el resto de normativa de aplicación, incluida en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria del año 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 100, de fecha 26 de mayo de 2022.

Descripción de plaza:

Denominación: Administrativo/a Guadalinfo.

Relación jurídica: Personal laboral.

Grupo/Subgrupo: C / C1.

Tipo de Jornada: Jornada completa, pudiendo ser adaptada en todo caso a las necesidades del servicio, partida o continua.

Funciones Básicas:

-Gestionar el Centro Guadalinfo.

-Difundir y potenciar el uso del Centro Guadalinfo.

-Tareas de mantenimiento básico de los equipos.

-Planificación, implementación, control, evaluación y mejora continua de las actividades de la dinamización social hacia la Sociedad del Conocimiento en el Centro Guadalinfo.

-Participación en la unidad de atención al ciudadano, asumiendo el soporte técnico-administrativo del acceso del ciudadano de la administración electrónica.

-Buscar y tramitar subvenciones y ayudas para financiar proyectos relacionados con su área.

-Realizar funciones de estudio, gestión, impulso y tramitación de los expedientes administrativos relacionados con su ámbito de gestión.

-Elaborar proyectos y emitir informes técnicos que se le requieran, en el marco de cualificación y responsabilidad profesional.

-Emitir informes, propuestas de resolución, estudios, estadísticas, memorias y otros documentos que le sean requeridos.

-En general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto y semejantes a las anteriormente descritas, que le sean encomendadas por sus superiores y resulten necesarias por razones del servicio.

SEGUNDA. Requisitos generales de participación.

Con el fin de ser admitida en el proceso selectivo, la persona aspirante debe reunir, en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes de participación, y mantenerse hasta la fecha de contratación, los requisitos en términos previstos en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del empleo público del Ayuntamiento de Almedinilla.

TERCERA. Requisitos específicos de participación.

Además de las condiciones generales, las personas aspirantes tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

-Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Bachiller, Técnico superior, o equivalente en las ramas de administración, según establecen la normativa y directivas comunitarias, o aquellos otros homologados equiparables al anterior por disposición normativa.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero será necesario que previamente haya sido concedida la correspondiente homologación.

CUARTA. Presentación de solicitudes.

4.1 Las personas interesadas en tomar parte en la convocatoria tendrán que hacerlo constar mediante el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas del Ayuntamiento de Almedinilla, puesto a disposición en los términos que establezcan las bases generales. Las instancias se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán de acuerdo con dichas bases.

4.2 Para ser admitido las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que reúnen las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha señalada, debiendo ir acompañadas de la documentación establecida en las bases generales.

Documentación específica:

-Título de Bachiller, Técnico superior, o equivalente o justificante de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes.

QUINTA. Admisión de aspirantes.

Habrá que estar a lo dispuesto en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del empleo público y en la normativa de aplicación.

SEXTA. Tribunal Calificador.

Tanto la designación y la composición de los Tribunales Calificadores como el procedimiento de actuación y la adopción de acuerdos, y el resto de cuestiones que pudieran surgir, se ajustarán en todo momento a lo previsto en las bases generales y en la normativa vigente.

SÉPTIMA. Sistemas de selección.

Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en las presentes bases específicas y en lo no previsto, en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del empleo público.

El sistema de selección será de concurso de méritos, de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora. La valoración máxima será de 100 puntos.

El proceso de selección consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha establecida, de conformidad con el baremo siguiente:

Experiencia profesional. Se valorará la experiencia profesional, con un máximo de 81 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Experiencia profesional adquirida como funcionario interino, personal laboral temporal o laboral indefinido no fijo en el ámbito de la entidad convocante en la misma categoría de la plaza convocada: 0,025 puntos por día.

2. Experiencia profesional adquirida como funcionario interino, personal laboral temporal o laboral indefinido no fijo en la misma categoría de la plaza a la que se aspira en el resto de Administraciones Públicas o entidades públicas: 0,009 puntos por día.

En los supuestos de este apartado, que son incompatibles entre sí en el mismo periodo de tiempo, no se valorará las relaciones de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios, ni los trabajos como personal eventual. En ningún caso se valorará la experiencia profesional adquirida como personal funcionario de carrera o como laboral fijo.

-Antigüedad en las Administraciones Públicas. Se valorará, con un máximo de 9 puntos, la antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a razón de 0,0

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad