Boletín nº 247 (29-12-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fernán Núñez

Nº. 5.142/2022

Don Alfonso Alcaide Romero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fernán Núñez (Córdoba), hace saber:

Que se ha aprobado Resolución número 2271/2022, de fecha 20 de diciembre de 2022, de la Alcaldía-Presidencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Exp. Gex: 9005/2022.

RESOLUCIÓN ALCALDÍA APROBANDO BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA COMO PERSONAL LABORAL, MEDIANTE PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, DE UNA PLAZA DE DINAMIZADOR DE GUADALINFO, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE ESTABILIZACIÓN DE 2022.

Vista la Providencia de Alcaldía, de fecha 13 de diciembre de 2022.

Visto el Borrador de Bases del proceso selectivo para la cobertura como personal laboral, mediante proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal, de una plaza de Dinamizador de Guadalinfo, mediante concurso-oposición, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de Estabilización de 2022.

Visto el informe de Secretaría, de fecha 13 de diciembre de 2022, obrante en el expediente Gex 9005/2022.

Visto el acta de la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Fernán Núñez, de fecha 19 de diciembre de 2022, por la que se acuerda la aprobación por unanimidad de los asistentes. Obrante en el expediente Gex 9039/2022.

Visto el Informe de Intervención, de fecha 14 de diciembre de 2022, obrante en el expediente Gex 9005/2022.

Visto el informe de Secretaria, de fecha 20 de diciembre de 2022, obrante en el expediente Gex 9005/2022.

HE RESUELTO

PRIMERO. Aprobar las bases del proceso selectivo para la cobertura como personal laboral, mediante proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal, de una plaza de Dinamizador de Guadalinfo, mediante concurso-oposición, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de Estabilización de 2022, en los términos que se exponen en el ANEXO, que acompaña la presente resolución. (Pág. 3 - 25)

SEGUNDO. Publicar el Texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fernán Núñez:

(https://sede.eprinsa.es/fnunez/tablon-de-edictos), así como la correspondiente reseña en el Boletín oficial de la Junta de Andalucía y extracto de la convocatoria en el Boletín oficial del Estado.

Lo manda y lo firma el Sr. Alcalde-Presidente, Don Alfonso Alcaide Romero.

Por la Secretaria se toma razón, para su transcripción en el libro de resoluciones, a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (Art.3.2 RD 128/2018, 16 de marzo)".

En Fernán Núñez, 20 de diciembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Alfonso Alcaide Romero.

ANEXO

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA COMO PERSONAL LABORAL, MEDIANTE PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, DE UNA PLAZA DE DINAMIZADOR DE GUADALINFO, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE ESTABILIZACIÓN DE 2022.

1ª. Objeto de la convocatoria.

Esta convocatoria tiene por objeto regular las bases aplicables al proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal como personal laboral en el Ayuntamiento de Fernán Núñez, de UNA plaza de DINAMIZADOR DE GUADALINFO, personal laboral, incluida en la Oferta Pública de Empleo Público 2022, aprobada por Resolución de Alcaldía, de 18 de mayo de 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 99, de 25 de mayo de 2022, y modificada por Resolución de Alcaldía, de 10 de octubre de 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 198, de 14 de octubre de 2022.

2ª. Legislación aplicable.

Las bases de esta convocatoria se regirán por lo dispuesto en:

-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

-Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

-Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

-Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.

-Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

-Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.

-Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

-Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.

-Respectivamente, las Leyes 3/2017, de 27 de junio y 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, señalan que en los procesos selectivos de estabilización se cumplirán los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad. En la misma línea, primero el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y, después, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, establecen unas reglas generales en la articulación de estos procesos de selección que garantizan el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Para este procedimiento, que con carácter previo se ha negociado en el ámbito de la Mesa General de Negociación Común del Ayuntamiento de Fernán Núñez, de fecha 19 de diciembre de 2022.

3ª. Requisitos de las personas aspirantes.

Para participar en este proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos, conforme a lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión del Título de Bachiller o Técnico/a, Bachiller Superior o Formación Profesional de 2º Grado, o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se entiende que la persona aspirante está en condiciones de obtenerlo cuando se haya abonado la correspondiente tasa de expedición del título académico.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de homologación o convalidación correspondiente.

Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación como personal laboral.

4ª Forma y plazo de presentació

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