Boletín nº 2 (04-01-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Victoria

Nº. 5.461/2022

Título: CAMPAÑA DE FOMENTO DEL COMERCIO LOCAL EN LA VICTORIA 2020 ¨PEQUEÑOS COMERCIOS PARA HACER GRANDE A LA VICTORIA¨

BDNS (Identif.) 541230

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/541230)

Extracto de la Resolución de la Alcaldía, de fecha 4/12/2020, por la que se aprueban las Bases Campaña de Fomento del Comercio Local en La Victoria 2020, para el desarrollo del proyecto presentado a la convocatoria de la Excma. Diputación de Córdoba para Subvenciones a municipios y ELAS, para proyectos de participación ciudadana ¨Campaña de Fomento del Consumo local en La Victoria (Córdoba ) 2020.

BDNS (Identif.) 541230

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/521230

PRIMERO. Beneficiarios y requisitos:

1. Tendrán la consideración de beneficiarias  las personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Personas mayores de 16 años. A la promoción podrán adherirse establecimientos del pequeño y mediano comercio de la localidad de La Victoria destinados al consumo y servicios entre otros: carnicerías y pescaderías, tiendas de alimentación, cooperativas, fruterías, tiendas de regalos, bares y restaurantes, floristerías, ferreterías, estancos, librerías, peluquerías, bazares, tiendas de ropa, talleres de vehículos, tiendas de electrodomésticos y similares. La fecha tope para solicitar la participación será el 27 de noviembre de 2020.

No podrá participar de forma activa un titular con varios negocios en diferentes participaciones.

Para ello, deberán cumplimentar una solicitud según modelo Anexo I y presentarla en el Registro de entrada físico de este Ayuntamiento o a través de sede electrónica, y adjuntar declaración responsable o el certificado de situación en el censo de Actividades Económicas de la AEAT. En dicha solicitud habrá que especificar los siguientes datos:   

-Nombre, apellidos y DNI de representante del establecimiento.   

-Actividad del Establecimiento.   

-Nombre, CIF y dirección,telefóno y/o correo electrónico del establecimiento.

La organización se reserva el derecho de dar de baja y expulsar automáticamente de la campaña a cualquier empresa colaboradora que realice un mal uso de la misma, entendiéndose por tal el incumplimiento de una o más condiciones de las reguladas en las bases o la realización de cualquier acción que a juicio razonado de la organización sea merecedora de dicha baja y expulsión.

SEGUNDO. Objeto

1.1. El objetivo de la campaña será la de promocionar, dinamizar y activar la participación ciudadana así como  el pequeño y mediano comercio local e incentivar las compras en las empresas de la población durante el período de Navidad, mediante un sorteo de 5 cestas de premios entre las personas que realicen compras en cualquiera de los establecimientos del municipio adheridos a ella.

1.2. Esta campaña está destinada, por un lado a las personas físicas, mayores de 16 años, empadronadas en La Victoria, y por otro lado a todos los establecimientos hosteleros, que serán las encargadas de canjear los bonos al consumo.

1.3. La presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad, y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos, y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

1.4. Esta campaña estará sujeta a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás legislación complementaria aplicable.

TERCERO. Bases reguladoras. La presente campaña se regirá por las bases reguladoras aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 4/12/2020, publicadas en el tablón deanuncios y en su página web (www.lavictoria.es).

CUARTO. Cuantía:  1.440 € (Sorteo de cinco cestas de productos por valor de 288,00 € cada una.)

QUINTO. Duración: La duración de la campaña será desde el 28 de noviembre al 22 de diciembre de 2020. Publicación del texto íntegro en:

www.lavictoria.es

La Victoria, 22 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Abad Pino.

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