Boletín nº 2 (04-01-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Añora
Nº. 5.467/2022
Se hace público que por Resolución de Alcaldía, de fecha 30 de diciembre de 2022, se ha adoptado el siguiente acuerdo:
Advertido error material en las Bases que regirá la convocatoria y proceso de estabilización de personal del Ayuntamiento de Añora, por el sistema de concurso, con carácter excepcional y derivado de la OEP extraordinaria para estabilización derivada de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 235, de 12 de diciembre de 2022, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, por medio del presente
HE RESUELTO:
Rectificar el error material detectado en claúsula cuarta, apartado 4.2, punto cinco, de las Bases que regirá la convocatoria y proceso de estabilización de personal del Ayuntamiento de Añora, por el sistema de concurso, con carácter excepcional y derivado de la OEP extraordinaria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 235, de 12 de diciembre de 2022, en la forma siguiente:
Donde dice:
Resguardo acreditativo del pago de la Tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Añora que asciende a 150,00 euros. La Tasa será abonada mediante ingreso en la cuenta bancaria del Ayuntamiento de Añora abierta en la Entidad Cajasur Banco SAU con número de IBAN: ES79-0237-0024-10-1-5064-8711. La falta de pago en fecha de la Tasa no es subsanable y determina la exclusión.
Debe decir:
Resguardo acreditativo del pago de la Tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de Añora que asciende a 150,00 euros. La Tasa será abonada mediante ingreso en la cuenta bancaria del Ayuntamiento de Añora abierta en la Entidad Cajasur Banco SAU con número de IBAN: ES79-0237-0024-1091-5064-8711. La falta de pago en fecha de la Tasa no es subsanable y determina la exclusión.
En Añora, 30 de diciembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Bartolomé Madrid Olmo.