Boletín nº 6 (11-01-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Castro del Río

Nº. 29/2023

Gex 8983/2022.

Asunto: Aprobación de las tarifas fijas en el Ayuntamiento de Castro del Río.

ANUNCIO

Por Resolución de Alcaldía de fecha 04/01/2023, se ha dictado resolución aprobando las tarifas máximas oficiales para los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo (tarjetas de la clase VT) impuestos incluidos, autorizados por Resolución de 28 de enero de 2021, de la Dirección General de Movilidad (BOJA nº 24, de 5 de febrero de 2021) del siguiente tenor literal:

PRIMERO. Eximir de la obligación de llevar taxímetro a los taxis de la localidad de Castro del Río, al amparo de lo dispuesto en el artículo 34.2. del Decreto 84/2021, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo.

SEGUNDO. Establecer un sistema de recorridos de tarifa fija de:

TARIFA 1 de Lunes a viernes laborables en horario de 6 a 22h.

-SERVICIO URBANO EN CASTRO DEL RÍO: 6 EUROS.

Incluye conforme a las tarifas aprobadas: 3.27 euros en concepto de bajada de bandera y un precio aproximado de 2,73 euros en concepto de (precio por fracción cada 15 minutos de espera que según la tarifa aprobada por la Junta de Andalucía puede llegar a los 3,92 euros).

-SERVICIO DESDE CASTRO DEL RÍO AL LLANO DEL ESPINAR: 25 EUROS.

Incluye conforme a las tarifas aprobadas: un precio de 8,5 euros en concepto de espera según la tarifa aprobada por la Junta de Andalucía por un tiempo inferior a 1 hora de espera.

Precio por km: 0.63 euros el km teniendo en cuenta que la distancia que separa ambos núcleos es de 22,6 km supone un importe de 16,5 euros.

-SERVICIO DESDE LLANO DEL ESPINAR A CASTRO DEL RÍO: 25 EUROS.

Incluye conforme a las tarifas aprobadas: un precio de 8,5 euros en concepto de espera según la tarifa aprobada por la Junta de Andalucía ya que se estima una media hora de espera.

Precio por km: 0.63 euros el km teniendo en cuenta que la distancia que separa ambos núcleos es de 22,6 km supone un importe de 16,5 euros.

SERVICIO DEL LLANO DEL ESPINAR A CASTRO DEL RÍO Y VUELTA: 50 EUROS.

Supone ida y vuelta de los precios anteriores.

LA TARIFA 2 de lunes a viernes en horario de 22h a 6h y sábados y domingos las 24 horas.

-SERVICIO URBANO EN CASTRO DEL RÍO: 8 EUROS.

Incluye conforme a las tarifas aprobadas: 1,63 euros en concepto de bajada de bandera, un mínimo de percepción de 3,42 euros, y un precio aproximado de 2,95 euros en concepto de (precio por fracción cada 15 minutos de espera que según la tarifa aprobada por la Junta de Andalucía puede llegar a los 18,83 euros).

-SERVICIO DESDE CASTRO DEL RÍO AL LLANO DEL ESPINAR: 30 EUROS.

Incluye conforme a las tarifas aprobadas un precio de 13,05 euros en concepto de espera según la tarifa aprobada por la Junta de Andalucía ya que se estima que la espera sea inferior a la hora de espera.

Precio por km: 0.63 euros el km teniendo en cuenta que la distancia que separa ambos núcleos es de 22,6 km supone un importe de 16,95 euros.

-SERVICIO DESDE LLANO DEL ESPINAR A CASTRO DEL RÍO: 30 EUROS.

Incluye conforme a las tarifas aprobadas un precio de 13,05 euros en concepto de espera según la tarifa aprobada por la Junta de Andalucía ya que se estima que la espera sea inferior a la hora de espera.

Precio por km: 0.75 euros el km teniendo en cuenta que la distancia que separa ambos núcleos es de 22,6 km supone un importe de 16,95 euros.

SERVICIO DEL LLANO DEL ESPINAR A CASTRO DEL RÍO Y VUELTA: 60 EUROS.

Supone ida y vuelta de los precios anteriores.

TERCERO. El resto de tarifas aplicadas (interurbanas, tiempo de espera, etc.) lo serán conforme lo determine la Consejería competente. Igualmente las tarifas locales se actualizarán en la misma proporción que se haga en la normativa autonómica vigente.

CUARTO. Que por parte de los titulares de Licencia en la localidad, sea de obligado cumplimiento llevar distintivo en el vehículo que identifique la actividad de autotaxi con la excepción de obligación de llevar taxímetro y régimen tarifario, tanto el interurbano como el local.

QUINTO Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Castro del Río, 4 de enero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Julio José Criado Gamiz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad