Boletín nº 10 (17-01-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente La Lancha

Nº. 61/2023

Mediante Resolución de Alcaldía número 2022/00000048, de fecha 27-05-2022, se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 y las Disposiciones Adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, siendo publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 102, de fecha 31 de mayo de 2022.

Por Resolución número 2022/00000100, de fecha 22-12-2022, se aprueba la convocatoria y bases reguladoras del proceso de selección para la cobertura de una plaza de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, mediante concurso-oposición, perteneciente a la referida Oferta Extraordinaria Pública de Empleo, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia nº 248, de fecha 30 de diciembre de 2022.

Visto el requerimiento de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, recibido con fecha 29 de diciembre de 2022, de subsanación de las bases de selección publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 244, de fecha 23-12-2022, que regirán la convocatoria y el proceso de estabilización de empleo temporal de este Ayuntamiento, mediante concurso, derivado de la Oferta de Empleo Extraordinaria para la estabilización conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el cual se considera aplicable a su vez a las bases reguladoras del proceso de selección para la cobertura de una plaza de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, mediante concurso-oposición, perteneciente a la misma Oferta Extraordinaria Pública de Empleo, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se adopta por la Alcaldía su Resolución nº 2022/00000107, de fecha 29-12-2022, por la que se acuerda y hace público lo siguiente:

1. Aprobar las Bases reguladoras modificadas, atendiendo al requerimiento mencionado, que sustituyen a las aprobadas por Resolución de esta Alcaldía número 2022/00000100, de fecha 22-12-2022, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 248, de fecha 30 de diciembre de 2022, para la cobertura de una plaza de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, mediante concurso-oposición, perteneciente a la Oferta Extraordinaria Pública de Empleo aprobada por Resolución de esta Alcaldía, de fecha 27 de mayo de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 102, de fecha 31 de mayo de 2022, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

2. Aprobar la convocatoria del proceso de estabilización de empleo temporal y publicar el texto íntegro de las nuevas bases aprobadas que lo regulan en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, alojado en la sede electrónica del mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

3. Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de publicación del anuncio en el BOE la que servirá para el inicio del cómputo del plazo de presentación de instancias.

ANEXO

BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE LA LANCHA, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, CON CARÁCTER EXCEPCIONAL Y DERIVADO DE LA OEP EXTRAORDINARIA PARA ESTABILIZACIÓN CONFORME A LA LEY 20/21, DE 28 DE DICIEMBRE.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA

Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y proceso de selección para proveer en propiedad una plaza de personal laboral del Ayuntamiento Fuente La Lancha, mediante procedimiento de estabilización de empleo temporal de la de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo Extraordinaria, aprobada con fecha 27-05-2022, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba número 102, de fecha 31 de mayo de 2022.

En el Anexo I se indica la plaza incluida en la mencionada Oferta, cuyo proceso de selección será el de concurso-oposición, en términos siguientes.

SEGUNDA. NORMATIVA APLICABLE

Los procesos selectivos se regirán por lo establecido en la Convocatoria de estas bases y en lo no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP); Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Las presentes Bases vincularán a la Administración, a los Tribunales que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas, y solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión pueda ocasionar dificultad añadida a la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico debe entenderse en el sentido comprensivo de ambos sexos y que, asimismo, cualquier término relativo a personas con discapacidad se entenderá referido a personas con diversidad funcional.

A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación, alojado en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Fuente La Lancha.

Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el tablón de anuncios de la Corporación, que se encuentra en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Fuente La Lancha.

Asimismo, se publicará extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

TERCERA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

3.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión, o en condiciones de obtener dentro del plazo de presentación de instancias, la titulación exigida de conformidad con lo establecido en el Anexo I.

En el caso de equivalencia, la misma deberá de ser reconocida como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por el/la aspirante, debiendo citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación y, en su caso, traducción jurada.

f) Haber ingresado la tasa de derechos de examen, por participación en las pruebas selectivas, conforme a la Ordenanza fiscal en vigor en el momento de la apertura del plazo de presentación de solicitudes, en la

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