Boletín nº 12 (19-01-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Zuheros

Nº. 67/2023

GEX 1284/2022

Don Juan Manuel Poyato Cuenca, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zuheros (Córdoba), hace saber:

Que no habiéndose presentado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el 7 de noviembre de 2022, de aprobación inicial de la modificación de los artículos 1 y 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen, publicado conforme a los dispuesto en el artículo 17.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas locales (TRLHL) en el Boletín Oficial de la Provincia número 215, de fecha 10 de noviembre de 2022 (Anuncio número 4258/2022), se hace constar la elevación a definitivo con el siguiente detalle:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DERECHOS DE EXAMEN (BOP número 232, de 5 de diciembre de 2013). Modificación de los artículos números 1 y 5, quedando redactados como siguen (GEX 1284/2022):

Artículo 1. Hecho imponible

Constituye el hecho imponible de la Tasa la actividad administrativa conducente a la selección de personal, entre quienes presenten la solicitud para concurrir como aspirante a concursos, oposiciones o concursos oposiciones, cualesquiera que sea el sistema de acceso utilizado para su provisión, convocadas por el Ayuntamiento de Zuheros para cubrir plazas vacantes de sus respectivas plantillas, ya se trate de personal funcionario de carrera, interino o laboral fijo.

Artículo 5. Cuota Tributaria

La cuantía de la tasa será 200,00 euros.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso administrativo que se podrá interponer a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia en la forma y plazos que establecen los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de lo anterior, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Zuheros, a 11 de enero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Manuel Poyato Cuenca.

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