Boletín nº 12 (19-01-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 99/2023

EL ALCALDE DE ESTA CIUDAD, HACE SABER:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento de Condecoraciones, Honores y Distinciones de la Policía Local de Cabra, aprobado por el Ayuntamiento Pleno el dia 29 de enero de 2013 y bulicado en el Bop nº 243, de 24 de diciembre de 2013. Dicha modificación consistirá en lo siguiente:

1º. Modificar el artículo 16 del citado Reglamento, en el sentido de que donde dice:

PLACA DE RECONOCIMIENTO DE LA POLICÍA LOCAL DE CABRA

Por Servicios Distinguidos

16. La placa de reconocimiento de la Policía Local de Cabra por Servicios Distinguidos podrá otorgarse de forma excepcional a personas o instituciones que no formen parte del Cuerpo de la Policía Local, pero que hayan prestado su manifiesta y permanente colaboración al mismo en forma tan destacada que sean acreedores de tal reconocimiento.

Diga:

MEDALLA DE RECONOCIMIENTO DE LA POLICÍA LOCAL DE CABRA

Por Servicios Distinguidos

16. La medalla de reconocimiento de la Policía Local de Cabra por Servicios Distinguidos podrá otorgarse de forma excepcional a personas o instituciones que no formen parte del Cuerpo de la Policía Local, pero que hayan prestado su manifiesta y permanente colaboración al mismo en forma tan destacada que sean acreedores de tal reconocimiento.

2º. Modificar el artículo 5 del mencionado Reglamento en el sentido de que donde dice:

5. Las condecoraciones, honores y distinciones que podrán otorgarse en reconocimiento a las acciones, servicios o conductas excepcionales o de extraordinario relieve, llevadas a cabo, y con el espíritu de dar a su concesionario pública satisfacción y gratitud por el hecho realizado, son las siguientes:

A. Felicitaciones

B. Cruz al Mérito Policial.

C. Cruz al Mérito Profesional.

D. Cruz a la Constancia en el Servicio.

E. Placa de Reconocimiento de la Policía Local de Cabra por Servicios Distinguidos.

Diga:

5. Las condecoraciones, honores y distinciones que podrán otorgarse en reconocimiento a las acciones, servicios o conductas excepcionales o de extraordinario relieve, llevadas a cabo, y con el espíritu de dar a su concesionario pública satisfacción y gratitud por el hecho realizado, son las siguientes:

A. Felicitaciones

B. Cruz al Mérito Policial.

C. Cruz al Mérito Profesional.

D. Cruz a la Constancia en el Servicio.

E. Medalla de Reconocimiento de la Policía Local de Cabra por Servicios Distinguidos.

3º. Establecer el modelo de la Medalla cuya imagen figura como Anexo a este propuesta. El tamaño será el mismo que el de las condecoraciones Cruz al Mérito Policial, Cruz al Mérito Profesional, y Cruz a la Constancia en el Servicio, que se contemplan en el Reglamento de Concecoraciones, Honores y Distinciones de la Policía Local de Cabra, aprobado por el Ayuntamiento Pleno el 29 de enero de 2013 ( publicado en el BOP 243, de 24 de diciembre de 2013).

SEGUNDO. Abrir un período de información pública, por plazo de treinta días, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la página web de este Ayuntamiento del Ayuntamiento (https://cabra.eu), para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

TERCERO. En el supuesto de que no se presenten reclamaciones y/o sugerencias en relación con la aprobación inicial de la modificación en el plazo de información pública y audiencia de los interesados, el Acuerdo de aprobación inicial se elevará a definitivo extendiéndose por esta Secretaría certificación que acredite tal circunstancia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

El Acuerdo de aprobación definitiva de la modificación del Reglamento, con el texto íntegro de la mismo, debe publicarse para su general conocimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cabra, 16 de enero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.


Adjuntos: 99_anexo.pdf |

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