Boletín nº 16 (25-01-2023)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Algallarín

Nº. 120/2023

Por Resolución de la Presidencia 2023/98, de fecha 17/01/2023, se han aprobado las bases para la selección mediante concurso de personal laboral temporal de la ELA de Algallarín, para tareas de PEÓN DE JARDINERÍA - GEX 2023/93, dentro del Programa Plan Provincial de reactivación económica mediante la asistencia a los municipios y las ELAS de la Provincia de Córdoba (Plan más Provincia 2023) de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, al amparo de lo previsto en el artículo 15 del TRET, documento electrónico 13D4 646A 64C6 5FF9 98B0.

Quienes deseen participar en las pruebas selectivas podrán solicitarlo mediante INSTANCIA AUTOBAREMADA que se dirigirá a la Presidenta de la Entidad Local de Algallarín y durante el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la sede electrónica de la Entidad Local Autónoma de Algallarín, dirección:

https://www.algallarín.es (sin perjuicio de su difusión a través de otros medios o redes).

Las solicitudes de participación podrán presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El modelo de INSTANCIA AUTOBAREMADA para tomar parte en el proceso selectivo será el que figura como Anexo I a las presentes bases. En la INSTANCIA AUTOBAREMADA deberá especificarse todos los méritos valorables que se aleguen y SE ACREDITARÁN CUANDO LOS CANDIDATOS SEAN REQUERIDOS PARA ELLO (NO EN EL MOMENTO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS).

En Algallarín, 18 de enero de 2023. Firmado electrónicamente por la Presidenta de la ELA de Algallarín, Encarnación Jiménez Vergara.

BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE LA ELA DE ALGALLARÍN PARA TAREAS DE PEÓN DE JARDINERÍA. GEX 93/2023.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la selección mediante concurso de personal laboral temporal, con el objeto de atender las necesidades urgentes e inaplazables de PEÓN DE JARDINERÍA A TIEMPO PARCIAL con una duración de 6 meses.

El Contrato estará financiado por la línea incluida en el plan provincial de reactivación económica mediante asistencia a municipios y ELA de la provincia.

El proceso de selección se desarrolla bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia prescritos en la legislación vigente. Los méritos a valorar en el concurso serán los establecidos en el presente Decreto, que se establecen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2. del Decreto 2/2002 de la Junta de Andalucía.

La publicidad de la convocatoria y de las bases se formalizará tanto en el tablón de edictos de la ELA, alojado así como en la sede electrónica:

(https://sede.eprinsa.es/algallar/tablon-de-edictos)

SEGUNDA. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO

Denominación del puesto de trabajo: Peón de JARDINERÍA.

Número de contrataciones: 1.

Duración del contrato: 6 meses a tiempo parcial.

Grupo de cotización: 10.

Funciones:

Funciones: Las funciones asignadas a este puesto de trabajo son las siguientes:

Con carácter general:

-Cortar el pasto y desmalezar según se requiera para cada área.

-Realizar podas de raleo y formación de copas.

-Barrer, recoger, acarrear pasto y basura de su área de trabajo depositándola en lugares establecidos.

-Reparar fallos o desperfectos de equipos o instalaciones de su área de trabajo.

-Regar plantas y césped. Instalación y reparación de sistema de riego, manejo de automatización de riegos.

-Manejar agro tóxicos según se requiera teniendo en cuenta las indicaciones y normativa de cada procedimiento.

-Realizar el mantenimiento liviano y limpieza de herramientas, maquinarias y accesorios.

-Realizar otras tareas relacionadas con el cargo a solicitud del supervisor.

-Control de Plagas y prevención.

-Diseño de jardines.

Tal como su nombre lo indica, es diseñar y construir espacios verdes tomando en cuenta los tipos de clima y las condiciones necesarias para que las platas crezcan y se desarrollen.

Es necesario saber hacer un plano básico.

-Cultivo de plantas.

Consiste en sembrar y trasplantar plantas, considerando los cuidados previos y posteriores que deben tener para un crecimiento y salud óptimos.

También, se incluye la realización de injertos. Que consistente en adaptar una planta a la rama de otra ya sembrada con características similares, para que pueda crecer y tener frutos en un ambiente en donde normalmente no podría.

TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

-No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función para la que se contrata.

-Tener la nacionalidad española, o la de uno de los estados miembros de la Unión Europea, o de otros estados para los que se permita el acceso al empleo público según la legislación vigente.

-Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa por ley para el acceso al empleo público.

-No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio del Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a de forma absoluta para el ejercicio de funciones públicas o de forma especial para obtener el empleo objeto de la presente convocatoria u otro análogo.

-No estar incurso/a en causa de incapacidad específica conforme a la normativa vigente.

El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluyó el plazo de presentación de instancias.

CUARTA. PROCEDIMIENTO Y SOLICITUDES

La selección del trabajador/a se realizará mediante concurso con arreglo a las siguientes normas:

1. Quienes deseen participar en las pruebas selectivas podrán solicitarlo mediante INSTANCIA AUTOBAREMADA que se dirigirá a la Presidenta de la Entidad Local de Algallarín y durante el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la sede electrónica de la Entidad Local Autónoma de Algallarín, dirección:

https://www.algallarín.es (sin perjuicio de su difusión a través de otros medios o redes).

Las solicitudes de participación podrán presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El modelo de INSTANCIA AUTOBAREMADA para tomar parte en el proceso selectivo será el que figura como Anexo I a las presentes bases. En la INSTANCIA AUTOBAREMADA deberá especificarse todos los méritos valorables que se aleguen y SE ACREDITARÁN CUANDO LOS CANDIDATOS SEAN REQUERIDOS PARA ELLO (NO EN EL MOMENTO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS).

QUINTA. COMISIÓN DE VALORACIÓN

1. Composición:

-Presidente: Empleado de la ELA, don Daniel Cuadrado Molina.

-Vocales: Empleada de la ELA, doña Ana Belén Aguilar Melero.

-Secretario: Empleada de la ELA, doña Virginia Torres Ramíres.

La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros, entre los que será siempre necesaria la asistencia del Presidente y Secretario.

2. En la designación de los vocales el titular de la presidencia deberá ajustarse a los criterios establecidos en el artículo Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en concreto deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y tenderá a la paridad entre mujer y hombre, asimismo el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de la Comisión de selección.

3. En caso de sustitución por renuncia o cualquier otro motivo de alguno de los miembros de la Comisión de selección se procederá a su sustitución mediante Resolución del órgano municipal competente que será publicado en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la ELA. de Algallarín.

4. La Comisión de selección podrá designar como asesor a cualquier empleado público que colaborará con la misma con voz y sin voto.

5. La pertenencia de los miembros a la Comisión lo será siempre a título individual, no pudiéndose ostentar ésta en representación o por cuenta de nadie.

6. La Comisión de Selección en su actuación goza de independencia y discrecionalidad.

7. Cuando concurra en los miembros de la Comisión alguna de las circunstancias previstas en el artículo

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad