Boletín nº 21 (01-02-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 108/2023

Por el Sr. Alcalde se ha dictado, con fecha 17 de enero de 2023, la siguiente resolución:

DECRETO: Resultando que ha finalizado el proceso selectivo para cubrir en propiedad dos plazas de Técnico de Administración General, cuyas bases y convocatoria fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 242, de 23/12/2021.

Resultando que el Tribunal Calificador del procedimiento de selección ha efectuado propuesta de nombramiento a favor de las aspirantes que han superado el citado proceso selectivo.

Resultando que dentro del plazo establecido en el apartado tercero de la base octava, de las bases que rigen la convocatoria del referido procedimiento selectivo, las aspirantes  propuestas han presentado la documentación requerida.

Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto de la Base octava, de las bases que han de regir dicha convocatoria, corresponde a esta Alcaldía proceder al nombramiento como funcionarias de carrera.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, los artículos 21.1.h) y 102.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 136 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Nombrar como funcionarias de carrera a doña Sonia Villalba Pujol y doña Alba Martínez Marín, para ocupar las plazas de Técnico de Administración General, Escala de Administración General, Subescala Técnica, encuadradas en el Grupo A de clasificación profesional, Subgrupo A1.

SEGUNDO. Requerir a las aspirantes para que tomen posesión en el plazo máximo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que le sea notificado el nombramiento, que se publicará para general conocimiento el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Será obligatoria en la toma de posesión el juramento o promesa de acatamiento de la Constitución en los términos descritos en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.

TERCERO. Constituir bolsa de trabajo de Técnicos de Administración General, Técnicos A1, con el resto de aspirantes no propuestos para ocupar las plazas, que hubieran superado el primer y segundo ejercicio de los que consta el proceso selectivo, clasificados por riguroso orden de puntuación total, según la lista definitiva elaborada por el Tribunal calificador, conforme al siguiente detalle:

APELLIDOS Y NOMBRE

PUNTOS

Maillo Corrales, María Teresa

20,37

Alcaide Ramírez, Cristina

17,13

Contreras Fernández, Javier

16,29

González Ruiz, Gemma

11,55

Esta Bolsa tendrá una duración de dos años a partir de la entrada en vigor de la misma, prorrogable mediante Resolución motivada de Alcaldía, antes del transcurso del plazo indicado, por dos años más. Advertida la necesidad de efectuar un nombramiento al amparo de la presente bolsa de trabajo y, autorizada la cobertura de uno o más puestos de trabajo, el Departamento de Personal de este Ayuntamiento realizará llamamientos de carácter individual, en función del número de puestos a cubrir y el funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se regirá por lo establecido en la Base Novena, apartados 2º al 7º.

CUARTO. Dar cuenta de la presente Resolución al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que se celebre.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba  en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. 

Lo que se hace público para general conocimiento. 

Puente Genil, 17 de enero de 2023. Firmado electrónicamente por la Secretaría General, María Isabel Alcántara Leonés.

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