Boletín nº 24 (06-02-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fernán Núñez

Nº. 252/2023

Don Alfonso Alcaide Romero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fernán Núñez, Córdoba, hace saber:

Que se ha emitido Dictamen de Aprobación de la Encomienda de Gestión a la Mancomunidad Campiña Sur Cordobesa para que puedan optar a los recursos que la Unión Europea pone al alcance de las Entidades Locales, adoptado en la sesión plenaria ordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2022, cuyo tenor literal es el siguiente:

"GEX: 8121/2022.

DICTAMEN APROBACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN A LA MANCOMUNIDAD CAMPIÑA SUR CORDOBESA PARA QUE PUEDAN OPTAR A LOS RECURSOS QUE LA UNIÓN EUROPEA PONE AL ALCANCE DE LAS ENTIDADES LOCALES.

Visto el escrito remitido por mancomunidad de la Campiña Sur Cordobesa, de fecha 1 de septiembre de 2022, Nº REE 4613/2022; por el que se dispone: "En la pasada Junta de Gobierno se acordó la necesidad de aprobar un modelo de Encomienda de Gestión que debería, a su vez, ser aprobado por los órganos competentes de los distintos ayuntamientos que forman la mancomunidad, ya que resulta imprescindible para habilitar a la misma en la tramitación y ejecución de los proyectos solicitados en relación al Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resilencia, todo ello, en consonancia con el artículo 23 de los Estatutos de la Mancomunidad de Municipios de la Campiña Sur Cordobesa.

En base a lo anterior el Pleno de 30/06/2022 aprobó un modelo de Encomienda de Gestión y su traslado, a los diferentes ayuntamientos miembros para su aprobación por los órganos competentes y posterior firma".

Visto el escrito remitido por la Mancomunidad de la Campiña Sur Cordobesa, de fecha 10 de octubre de 2022, Nº REE 5309/2022; por el que se dispone: "En sesión plenaria de 30 de junio de 2022, fue aprobado un modelo de Encomienda de Gestión imprescindible para habilitar a la Mancomunidad en la tramitación y ejecución de los proyectos solicitados en relación al Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resilencia del que se le dio traslado el pasado 01/09/2022 para su aprobación por los órganos competentes de su ayuntamiento y posterior firma del mismo.

Una vez detectados diversos errores en la redacción de dicho modelo de Encomienda de Gestión y en consonancia con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, se propone al Pleno de 30/09/2022, la modificación y rectificación del mismo en los términos y con el resultado recogido en el correspondiente Certificado de acuerdo de Pleno sobre dicho punto que se acompaña así como el modelo de encomienda ya rectificado".

Considerando que se adjunta el modelo de convenio para la encomienda de gestión referida.

Vistos los documentos que constan en el expediente GEX 8121/2022.

Vista la Providencia de Alcaldía, de fecha 15 de noviembre de 2022.

Visto el Informe de Secretaria, de fecha 15 de noviembre de 2022; CSV: C8E7 377F 5B57 8AD7 B84E.

Por lo que esta Alcaldía-Presidencia, somete el siguiente acuerdo a la Comisión Informativa General, a los efectos de su aprobación y elevación como Dictamen al Pleno de la Corporación Municipal.

PRIMERO. Aprobar el convenio, conforme al Anexo adjunto al presente acuerdo, como medio de adopción de la Encomienda de Gestión, a favor de la Mancomunidad Campiña Sur Cordobesa, para habilitar a la mancomunidad en la tramitación y ejecución de los proyectos solicitados, en relación con el Plan Nacional de recuperación, Transformación y resilencia, a salvo de mejor criterio fundado en derecho.

SEGUNDO. Facultar a la Alcaldía-Presidencia, para adoptar cuantos actos, trámites y acuerdos sean necesarios para llevar a fin dicho término.

TERCERO. Publicar la presente propuesta en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y dar traslado a la Mancomunidad Campiña Sur Cordobesa a los efectos oportunos.

En Fernán Núñez, fechado y firmado electrónicamente

EL ALCALDE-PRESIDENTE

Alfonso Alcaide Romero

(Ver ANEXO adjunto)

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en la base segunda de la resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en relación con el artículo 46 de la citada Ley Jurisdiccional.

En el supuesto de que fuese interpuesto recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, o en que este deba entenderse presuntamente desestimado. No obstante, en su caso, cualquier otro recurso estime procedente.

Fernán Núñez, 26 de enero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Alfonso Alcaide Romero.


Adjuntos: 252_anexo.pdf |

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