Boletín nº 26 (08-02-2023)

VI. Administración Local

Mancomunidad Campiña Sur Cordobesa
Aguilar de La Frontera (Córdoba)

Nº. 309/2023

ANUNCIO: Modificación de las bases especificas y convocatoria para la Ejecución de los Procesos de Estabilización de Empleo Temporal de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa.

Expediente nº: 1181/2021.

Mediante Resolución de Presidencia nº 10/2023, de fecha 30 de enero de 2023, se ha acordado aprobar la subsanación de las deficiencias advertidas en la Resolución nº 117/2022, de fecha 15 de diciembre, por la que se aprueban las bases de la convocatoria del proceso extraordinario de estabilización del personal laboral de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa, por el sistema de concurso, con carácter excepcional, derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; insertándose a continuación el acuerdo adoptado:

PRIMERO. Aprobar la subsanación de las bases específicas que regirán la convocatoria del proceso selectivo mediante concurso de méritos correspondiente a varias plazas de personal laboral, de conformidad con lo siguiente:

Donde dice: SÉPTIMA. Sistema de selección.

1. Experiencia profesional adquirida como funcionario o personal laboral, incluido el indefinido no fijo, en el mismo Grupo de cotización o Categoría profesional, cuerpo o escala a la de la plaza convocada y con funciones homólogas a las establecidas en la presente convocatoria, se valorará conforme al siguiente baremo:

Administración convocante

Otras Administraciones

a) Servicios prestados desde el 01/01/2016 hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE.

0,033 puntos/día

0,011 puntos/día

b) Servicios prestados anteriores a 01/01/2016.

0,021 puntos/día

0,007 puntos/día

Debe decir: SÉPTIMA. Sistema de selección.

1. Experiencia profesional adquirida como funcionario o personal laboral, incluido el indefinido no fijo, en el mismo Grupo de cotización o Categoría profesional, cuerpo o escala a la de la plaza convocada y con funciones homólogas a las establecidas en la presente convocatoria, se valorará conforme al siguiente baremo:

Administración convocante

Otras Administraciones

Servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE.

0,033 puntos/día

0,011 puntos/día

Donde dice: DECIMOPRIMERA. Formación de Bolsa de Trabajo.

Las personas integrantes de la bolsa de trabajo, ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.

Debe decir: DECIMOPRIMERA. Formación de Bolsa de Trabajo.

Las personas integrantes de la bolsa de trabajo, ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado. No obstante, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía se reserva un cupo del 10% de las plazas para ser cubiertas entre personas con discapacidad.

Donde dice: NOVENA. Calificación final del proceso y publicación de las calificaciones.

En el supuesto que dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación, el desempate se resolverá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios en el orden que aparecen a continuación:

-En primer lugar, a favor de quien se encontrara ocupando la plaza en el momento de la publicación de la Convocatoria.

-En segundo lugar, mayor puntuación obtenida en la base séptima apartado a) punto 1 a) Servicios prestados desde el 01/01/2016 a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes en la Administración convocante.

-En tercer lugar, mayor puntuación obtenida en la base séptima apartado a) punto 1 b) Servicios prestados anteriores a 01/01/2016 en la Administración convocante.

-En cuarto lugar, mayor puntuación obtenida en la base séptima apartado a) punto 2 en la Administración convocante.

Debe decir: NOVENA. Calificación final del proceso y publicación de las calificaciones.

En el supuesto que dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación, el desempate se resolverá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios en el orden que aparecen a continuación:

-En primer lugar, a favor de quien se encontrara ocupando la plaza en el momento de la publicación de la convocatoria.

-En segundo lugar, mayor puntuación obtenida en la base séptima apartado a) punto 1 Servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE en la Administración convocante.

-En tercer lugar, mayor puntuación obtenida en la base séptima apartado a) punto 2 en la Administración convocante.

SEGUNDO. Aprobar la modificación del Anexo III de Autobaremación de conformidad con la subsanación de la Base Séptima. Punto 1, con el siguiente tenor literal:

(Ver adjunto Anexo III. Autobaremación)

TERCERO. Publicar un anuncio del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el tablón de edictos de la Sede Electrónica de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa, así como la correspondiente reseña en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este extracto la que servirá para el cómputo de la ampliación del plazo de presentación de instancias, durante veinte días hábiles.

CUARTO. Disponer la conservación de aquellos trámites y actos cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción y la subsanación de los mismos.

QUINTO. Notificar la presente Resolución a la Delegación del Gobierno en Córdoba de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acuerdo, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Presidencia de esta Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Aguilar de la Frontera, 31 de enero de 2023. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Francisca Carmona Alcántara.


Adjuntos:

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