Boletín nº 29 (13-02-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 353/2023

Convocatoria Bases de Selección de personal directivo, formador y de apoyo administrativo para el programa de empleo y formación Puente Genil Capacita:

Mediante Resolución, de 15 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, se emite resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el programa de empleo y formación, convocatoria 2022 por la que se concede y aprueba los proyectos y la ejecución de las acciones formativas solicitadas, concediéndose a este Ayuntamiento una subvención de 372.764,30 €. Según el artículo 8.3 de la Orden, de 13 de septiembre de 2021, los proyectos deberán comenzar en el plazo máximo de cuatro meses a contar desde la publicación de la resolución de concesión, entendiendo como comienzo, el día de la puesta en marcha de todos los contratos de formación en alternancia del alumnado", siendo la fecha de inicio 15/04/2023.

Se procede mediante el presente al anuncio, con carácter de urgencia, del proceso selectivo de personal laboral temporal del Ayuntamiento de Puente Genil que permita la cobertura de personal directivo, formador y apoyo administrativo, según Resolución de la Alcaldía 569/2023, de 2 de febrero de 2023:

BASES REGULADORAS PARA LA SELECCIÓN, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, DEL PERSONAL DIRECTIVO, FORMADOR Y APOYO ADMINISTRATIVO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE EMPLEO Y FORMACIÓN PUENTE GENIL CAPACITA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL REGULADOS EN LA ORDEN DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021, Y RESOLUCIÓN DE 7 DE JULIO 2022, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de la presente convocatoria es la selección, mediante el sistema de concurso de méritos, del personal Directivo, Formador y de Apoyo Administrativo, para la contratación laboral de duración determinada, a los solos efectos de la ejecución del Programa de Empleo y Formación Puente Genil Capacita según la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa y la Resolución de 7 de julio de 2022 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, publicada en el BOJA nº 132, de 12 de julio de 2022, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la citada Orden.

Mediante Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, se emite resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el programa de empleo y formación, convocatoria 2022 por la que se concede y aprueba los proyectos y la ejecución de las acciones formativas solicitadas.

El proceso se desarrolla bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia prescritos en la Legislación vigente, todo ello con la publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, la página web del Ayuntamiento y en el tablón de Edictos del mismo.

SEGUNDA. DESCRIPCIÓN DE PUESTOS

A. Denominación del puesto de trabajo: Personal Directivo.

Número de puestos: 1.

1) Requisitos Mínimos:

-Nivel formativo mínimo de diplomatura universitaria o grado.

-Un año de experiencia acreditada en puestos con funciones de dirección, organización o coordinación en programas o iniciativas relacionadas con la formación profesional para el empleo.

Los requisitos anteriormente enumerados deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación.

2) Duración de Contrato: El contrato que regulará la relación laboral será a jornada completa y tendrá una duración máxima de 14 meses. Grupo de cotización: 1.

3) Retribuciones: Las retribuciones a percibir por las personas contratadas serán las previstas en la resolución de concesión de subvención del programa, conforme a las tablas salariales del acuerdo marco del Ayuntamiento de Puente Genil e incremento del IPC correspondiente.

4) Procedimiento de selección y criterios de baremación: El procedimiento de selección será el de concurso de méritos, de acuerdo con los siguientes criterios de baremación:

a) Experiencia profesional superior al periodo exigido como requisito obligatorio en los requisitos mínimos del puesto ofertado. Hasta un máximo de 7 puntos:

i. Por cada mes de trabajo en el mismo puesto (Dirección y/o Coordinación en programas de Empleo y Formación) al que se opta, en programas de escuelas taller, casas de oficios y/o talleres de empleo, y/o en puesto similares en otros programas de empleo y/o formación en la administración convocante a razón de: 0,15 puntos.

ii. Por cada mes de trabajo en el mismo puesto (Dirección y/o Coordinación en programas de Empleo y Formación) al que se opta, en programas de escuelas taller, casas de oficios y/o talleres de empleo, y/o en puesto similares en otros programas de empleo y/o formación en otras administraciones públicas a razón de: 0,10 puntos.

iii. Por cada mes de trabajo en el mismo puesto (Dirección y/o Coordinación en programas de Empleo y Formación) al que se opta, en programas de escuelas taller, casas de oficios y/o talleres de empleo, y/o en puesto similares en otros programas de empleo y/o formación en empresa privada o por cuenta propia a razón de: 0,05 puntos.

b) Participación en cursos de formación. Hasta un máximo de 3 puntos:

Se valorará la formación recibida o impartida en Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas, siempre que se encuentren directamente relacionados con las tareas a desarrollar en el puesto solicitado, y que hayan sido impartidos u homologados por la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local, Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones, Universidades, Organizaciones Sindicales, Empresariales o Colegios Profesionales, o impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, valorándose cada curso conforme a los siguientes criterios:

-Hasta 14 horas: 0,05 puntos/curso.

-De 15 a 40 horas: 0,10 puntos/curso.

-De 41 a 70 horas: 0,20 puntos/curso.

-De 71 a 100 horas: 0,40 puntos/curso.

-De 101 a 200 horas: 0,50 puntos/curso.

-De 201 a 300 horas: 0,75 puntos/curso.

-Más de 300 horas: 1 punto/curso.

No se valorarán aquellos cursos en cuyo certificado no conste el número de horas. En caso de venir expresados en créditos, se valorará un crédito igual a 25 horas.

Las materias relacionadas con el puesto de trabajo a tener en cuenta para proceder a la valoración de los méritos de los candidatos en este apartado son las siguientes:

-Dirección y gestión de recursos humanos.

-Dirección y gestión de empresas.

-Gestión en la Administraciones Públicas.

-Políticas activas de empleo.

-Emprendimiento y/o seguridad y salud en el trabajo.

-Metodología didáctica o formador de formadores.

-Subvenciones.

-Contratos de trabajo.

-Orientación e inserción laboral.

-Igualdad de Género.

B. Denominación del puesto de trabajo: Personal Apoyo Administrativo.

Número de puestos: 1.

1) Requisitos Mínimos:

-Titulación de Ciclo Formativo de Grado Superior de Administración y Finanzas o equivalente. A estos efectos, se entenderá por equivalente lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1584/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y se fijan sus enseñanzas mínimas.

-Un año de experiencia acreditada como personal administrativo en los últimos cinco años.

Los requisitos anteriormente enumerados deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación.

2) Duración de Contrato: El contrato que regulará la relación laboral será a jornada parcial y tendrá una duración máxima de 12 meses. Grupo de cotización: 5.

3) Retribuciones: Las retribuciones a percibir por las personas contratadas serán las previstas en la resolución de concesión de subvención del programa, conforme a las tablas salariales del acuerdo marco del Ayuntamiento de Puente Genil e incremento del IPC correspondiente.

4) Procedimiento de selección y criterios de baremación: El procedimiento de selección será el de concurso de méritos, de acuerdo con los siguientes criterios de baremación:

a) Experiencia profesional superior al periodo exigido como requisito obligatorio en los requisitos mínimos del puesto ofertado. Hasta un máximo de 7 puntos:

i. Por cada mes de trabajo como personal administrativo (Grupo 5) en la administración convocante a razón de: 0,

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