Boletín nº 29 (13-02-2023)

VIII. Otras Entidades

Empresa Provincial de Aguas de Córdoba SA (EMPROACSA)
Córdoba

Nº. 425/2023

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN EXTERNA DE UN PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICO BASE PARA LA UNIDAD DE SERVICIOS AUXILIARES.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la selección de un trabajador relevista con la categoría de Técnico, puesto Técnico Base, para la Unidad de Servicios Auxiliares (Área de Redes).

La contratación laboral se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contrato de relevo. El contrato laboral que se celebre será de duración determinada a tiempo completo. La duración del contrato será igual a la del tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación; ello sin perjuicio de la posible conversión a indefinido de dicho contrato, condicionada a la existencia de tasa de reposición referida al ejercicio correspondiente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

El centro de trabajo queda establecido en los Servicios Centrales de EMPROACSA, sitos en Córdoba.

Este puesto está dotado con las retribuciones correspondientes a su categoría profesional de conformidad con el vigente Convenio Colectivo de EMPROACSA. Las funciones encomendadas son las recogidas en la referida norma paccionada.

La presente convocatoria está sometida a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad recogidos en el Convenio Colectivo, a lo regulado en el mismo, así como a las siguientes bases:

1. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.

Podrán participar todos los/as interesados/as que reúnan los siguientes requisitos:

-Ser español o nacional de un estado de la U.E.

-No exceder de la edad máxima de jubilación ordinaria.

-Titulación: Ingeniería Superior o Grado Universitario más máster equivalente en Ingeniería relacionado con el puesto, o título universitario equivalente que habilite para el pleno ejercicio profesional de todas las funciones del Anexo I.

-Estar en posesión del permiso de conducción Clase B.

-No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

-No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.

La acreditación de la titulación exigida como requisito determinarán su exclusión en el cómputo de méritos. A efectos de requisitos y concurso de méritos, las titulaciones universitarias superiores (Ingeniería Superior, Máster, o titulación universitaria con correspondencia a nivel Máster) se computarán como Grado más Máster.

2. PROCESO DE SELECCIÓN.

El proceso de selección constará inicialmente de dos fases, consistentes en la realización de pruebas selectivas de carácter teórico-práctico (prueba de aptitud) y un concurso de méritos:

2.1. Prueba de aptitud. Los aspirantes serán sometidos a una prueba de aptitud consistente en la realización de dos ejercicios, teórico y práctico, que tendrán carácter eliminatorio cada uno, sobre los conocimientos y habilidades prácticas propios del puesto contenidos en los temarios de la convocatoria (Anexo I) y cuestiones de aplicación práctica que acrediten la destreza y el desempeño profesional adecuado del puesto de trabajo. La puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba será de 60 puntos.

2.2. Concurso de méritos: Se valorarán los alegados por los interesados de acuerdo con el baremo establecido en las bases de esta convocatoria y hasta un máximo de 40 puntos. Sólo se baremarán los méritos de los aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la prueba de aptitud y el concurso de méritos.

3. BAREMO FASE PRUEBA DE APTITUD.

Constará de dos ejercicios eliminatorios sobre el temario y funciones del ANEXO I:

-Ejercicio TEÓRICO: Sobre las materias objeto de la convocatoria. Será eliminatorio y sólo pasarán esta prueba los aspirantes que hayan superado el 50% de la puntuación máxima. Consistirá en un ejercicio tipo test sobre el temario común y específico. La puntuación máxima será de 40 puntos, siendo necesaria una puntuación de 20 puntos para superarlo.

-Ejercicio PRÁCTICO: La Comisión Evaluadora preparará las pruebas consistentes en la realización de ejercicios de aplicación práctica de las materias objeto de convocatoria, consistentes en demostrar el conocimiento y destreza en el trabajo a desarrollar. Podrán incluirse el manejo de software técnico relacionado con las funciones del puesto, la realización esquemas, croquis o demás elementos de soporte relacionados con la especialidad. La puntuación máxima será de 20 puntos, siendo necesaria una puntuación de 10 puntos para superarlo.

A criterio de los miembros de la Comisión Evaluadora se podrán realizar ambos ejercicios en una única convocatoria. Los criterios de corrección, así como la duración de las pruebas se fijarán por la Comisión Evaluadora atendiendo a su contenido y dificultad. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá informar con carácter previo a la realización del ejercicio sobre su duración, criterios de corrección, valoración y superación de los mismos que no estén expresamente definidos en las bases de esta convocatoria.

4. BAREMO FASE CONCURSO DE MÉRITOS.

El baremo para la selección de aspirantes a este concurso será el siguiente:

4.1. Titulación: Otras titulaciones regladas, además de la exigida como requisito, relacionadas con el puesto. Solo se computará una titulación, que será la de mayor rango:

-Grado universitario relacionado con el temario y/o las funciones del Anexo I: 3 puntos.

-Licenciatura (o grado universitario más Máster) que habilite para el pleno ejercicio profesional de todas las funciones del Anexo I: 4 puntos.

-Doctorado relacionado con el temario y/o las funciones del Anexo I: 5 puntos.

Máxima puntuación: 5 puntos.

4.2. Cursos: Actividades formativas no regladas adecuadas al puesto (Cursos, jornadas, seminarios, etc.) impartidas u homologadas por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo. Los cursos de formación alegados deberán ser acreditados con el certificado oficial o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, con indicación del número de horas lectivas:

-Por cada actividad formativa de hasta 10 horas: 0,05 puntos.

-Por cada actividad formativa de 11 hasta 50 horas: 0,20 puntos.

-Por cada actividad formativa de 51 hasta 150 horas: 0,40 puntos.

-Por cada actividad formativa de 151 hasta 300 horas: 0,70 puntos.

-Por cada actividad formativa de más de 300 horas: 1,00 punto.

Máxima puntuación: 5 puntos.

4.3. Experiencia profesional:

Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral ejerciendo como Técnico en el desempeño de labores relacionadas con las funciones del puesto:

-En EMPROACSA o en otras empresas o entidades dedicadas a la gestión y explotación del Ciclo Integral del Agua: 0,20 puntos por mes.

-En otras empresas o entidades: 0,15 puntos por mes.

Máxima puntuación: 25 puntos.

4.4. Idiomas: inglés, francés, italiano y/o alemán. La formación alegada deberá acreditarse mediante certificados de capacitación lingüística reconocidos, ya sea a nivel nacional o internacional y habrán de corresponderse con los distintos niveles del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas.

-Por cada certificación de nivel B2: 1,00 punto.

-Por cada certificación de nivel C1: 1,50 puntos.

-Por cada certificación de nivel C2: 2,00 puntos.

En cualquier caso, solo se valorará una certificación por idioma, y en caso de distintos niveles, la de nivel superior.

Máxima puntuación: 3 puntos.

4.5. Otros méritos:

Por publicaciones de carácter didáctico y científico sobre materias objeto de la convocatoria:

-Libros en sus distintos formatos (papel o electrónico): 0,15 puntos.

-Revistas en sus distintos formatos (papel o electrónico): 0,10 puntos.

Asistencia y/o participación en congresos, jornadas, ponencias, etc., sobre materias objeto de la convocatoria: 0,05 puntos.

Tiempo desempeñado en becas cuyas funciones estén relacionadas con las materias objeto de la convocatoria: 0,10 por cada mes completo.

Máxima puntuación: 2 puntos.

5. SOLICITUDES.

Las solicitudes se dirigirán a EMPROACSA y se presentarán debidamente cumplimentadas, en el impreso oficial, únicamente ante la Sede Electrónica de Aguas de Córdoba-EMPROCSA (www.aguasdecordoba.es), en el plazo de 10 días naturales a partir de la publicación del correspondiente anuncio en un Diario de ámbito provincial, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web de EMPROACSA (www.aguasdecordoba.es), especificándose en las mismas que se reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, finalizando en consecuencia el 23 de febrero de 2023.

A la misma solicitud, se adjuntará fotocopia del D.N.I., permiso de conducción, titulación académica, documentación acreditativa de cumplir con los requisitos requeridos para concurrir a la presente convocatoria, curriculum vitae y justificantes de los méritos que aleguen, debidamente cotejados.

La experiencia profesional en otras empresas o entidades deberá justificarse mediante Informe de Vida Laboral y contrato de trabajo o a través de certificado de empresa en modelo oficial, contrato de trabajo registrado en el Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma, o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria como recibos de salarios, TC2. La experiencia en Administraciones Públicas se acreditará mediante certificación expedida por órgano competente. El desempeño de las funciones exigidas como requisito al tiempo de la presentación de la solicitud, así como para la baremación de la experiencia profesional ha de acreditarse necesariamente mediante documento con fuerza probatoria suficiente suscrito por representante de la entidad o empresa en la que preste o hubiera prestado sus servicios el aspirante.

Únicamente se baremarán aquellos méritos acreditados por el aspirante al tiempo de la presentación de su solicitud, sin perjuicio de la posibilidad de subsanación con posterioridad de los documentos justificativos aportados o aclaraciones que pudiese requerir la Comisión Evaluadora al efecto.

6. RELACIÓN Y PROPUESTA DE SELECCIONADOS.

La puntuación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos otorgada en la fase de prueba de aptitud y concurso de méritos.

La lista conteniendo la baremación de los méritos alegados y puntuación de los dos ejercicios correspondientes a la prueba de aptitud se publicará en el tablón de anuncios y la página web de EMPROACSA (www.aguasdecordoba.es), concediéndose un plazo de 5 días naturales para formular reclamaciones, en su caso.

La Comisión Evaluadora, en su caso, elevará a la Dirección de EMPROACSA la propuesta para la contratación laboral objeto del presente procedimiento selectivo.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación total, el empate se resolverá en favor del que hubiera obtenido mayor puntuación en el ejercicio práctico de la prueba de aptitud. De mantenerse el empate, este se resolverá conforme a la mayor puntuación total de la prueba de aptitud. Si continuase el empate, se acudirá al orden de prelación por mayor edad.

Aquellos aspirantes que superen todos los ejercicios integrarán la Bolsa de Trabajo de Técnicos de Servicios Auxiliares, cuya duración temporal se extenderá a tres años desde la exposición al público de los resultados del proceso selectivo o hasta la realización de una nueva convocatoria, salvo que se agote con anterioridad al plazo indicado, destinada a la formalización de contrataciones laborales de corta duración (eventual por circunstancias de la producción o interinidad), que serán ofertadas a los aspirantes que corresponda según el orden de puntuación. En el caso de que del aspirante rechace la contratación de corta duración que se le ofrece, se le excluirá en los llamamientos que se realicen para contrataciones de corta duración hasta que se agote la lista completa de personas que han superado el concurso-oposición y vuelva la lista a su posición.

7. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y CONTRATACIÓN.

Al efectuarse el llamamiento, los aspirantes propuestos deberán presentar los siguientes documentos acreditativos de la capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Declaración Jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, así como de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específicas señaladas en la legislación vigente.

b) Declaración Jurada de no tener otro empleo público en el momento del nombramiento, ni ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar.

Si dentro de plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases, no podrá ser admitido y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8. DATOS PERSONALES.

De conformidad con lo establecido en el Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, se establece que los datos personales facilitados los aspirantes y los que se generen durante su participación en el proceso selectivo serán almacenados en un fichero informatizado titularidad de EMPROACSA, con la finalidad exclusiva de la conformación de la Bolsa de trabajo correspondiente. La participación en el proceso selectivo es voluntaria por lo que la remisión de los datos personales supone el consentimiento expreso para el tratamiento de los mismos con la finalidad indicada, sin perjuicio de que pueda revocarse el consentimiento prestado, así como ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante escrito dirigido al Área de Secretaría General y Recursos Humanos de EMPROCSA, avenida del Mediterráneo s/n, 14011, Córdoba en los términos previstos en la normativa aplicable.

ANEXO I

TEMARIO Y FUNCIONES

TEMARIO COMÚN:

1. La Empresa Provincial de Aguas de Córdoba (EMPROACSA). Estructura General de la Empresa Provincial, fines, modelo de colaboración con los municipios de la Provincia de Córdoba. Estatutos sociales. Organización de los servicios supramunicipales relacionados con el ciclo hidráulico en la Provincia de Córdoba.

2. Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.

3. Ordenanza Provincial reguladora de las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario por la prestación de los Servicios Supramunicipales relacionados con el Ciclo Integral Hidráulico (BOP número 54, de 21 de marzo de 2022). Ordenanza Provincial de Vertidos de Aguas Residuales (BOP número 146, de 4 de agosto de 2009). Ordenanza Provincial reguladora de medidas excepcionales como consecuencia de la sequía aplicables a los servicios supramunicipales relacionados con la gestión del Ciclo Integral Hidráulico en la Provincia de Córdoba (BOP número 203, de 21 de octubre de 2022).

4. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del Sector Público. Procedimientos de adjudicación.

5. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones. La seguridad y la salud en el trabajo. Principios de la acción preventiva.

6. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de hombres y mujeres, y Ley 12/2007, de promoción de la Igualdad de Género en Andalucía. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad.

7. Convenio Colectivo de Aguas de Córdoba-EMPROACSA (BOP número 24, de 4 de febrero de 2022).

8. Ofimática. Conocimiento a nivel de usuario de paquete de software Office 365: Word, Excel, PowerPoint y Outlook.

TEMARIO ESPECÍFICO:

1. Legislación sectorial en materia de aguas: Directiva 2000/60/CE por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla del texto refundido de la Ley de Aguas. Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía. Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

2. Legislación sectorial en materia de prevención ambiental: Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Instrumentos de prevención ambiental aplicables a proyectos hidráulicos. Principios de la evaluación ambiental en las obras hidráulicas. Espacios protegidos por legislación autonómica y nacional. Espacios protegidos por la Red Natura 2000. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

3. Normativa sectorial de edificación e instalaciones: Código Técnico de la Edificación. Documentos básicos. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Normativa sectorial de estructuras: Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08). Instrucción de Acero Estructural (EAE). Norma de Construcción Sismorresistente (NCSR-02).

4. Normativas y guías técnicas de infraestructuras hidráulicas: P.P.T.G para tuberías de abastecimiento de agua (MOPU) de 1974. P.P.T.G. para tuberías de saneamiento de poblaciones (MOPU) de 1986. Guía técnica sobre tuberías para el transporte de agua a presión (CEDEX). Nuevos criterios para la caracterización de las conducciones a presión (CEDEX). Guía técnica sobre redes de saneamiento y drenaje urbano (CEDEX). Guía técnica sobre depósitos de abastecimiento de agua potable (CEDEX). Gestión de aguas pluviales. Implicaciones en el diseño de los sistemas de saneamiento y drenaje urbano (CEDEX). Estándares de consumo de materiales y energía en la construcción de infraestructuras hidráulicas. (CEDEX)

5. Proyectos y obras de ingeniería civil: Organización y gestión de proyectos y obras. Aspectos formales y contenidos mínimos en los proyectos de ingeniería. Aplicaciones de la metodología BIM en el desarrollo de proyectos. Herramientas informáticas para elaboración proyectos (CAD, PRESTO, etc). Dirección de obra: regulación y funciones (abono trabajos, seguridad y salud en la obra, vigilancia ambiental, control de calidad, recepción obras, legalización de instalaciones).

6. Topografía y cartografía: estudio topográfico y cartográfico. Trazado de redes de abastecimiento y saneamiento. Replanteo de infraestructuras con GPS.

7. Criterios de diseño, dimensionamiento y construcción de redes de abastecimiento de agua: redes de aducción y de distribución. Tubos piezas especiales y accesorios. Elementos de maniobra, regulación y control. Obras complementarias, arquetas y pozos de registro. Acometidas, hidrantes y bocas de riego. Depósitos de agua potable, obra civil y equipamiento. Estaciones elevadoras, obra civil y equipamiento.

8. Criterios de diseño, dimensionamiento y construcción de redes de saneamiento: redes unitarias y separativas. Tubos piezas especiales y accesorios. Elementos de maniobra, regulación y control. Obras complementarias, pozos de registro y resalto, aliviaderos. Acometidas e imbornales. Tanques de tormenta, obra civil y equipamiento. Estaciones elevadoras, obra civil y equipamiento.

9. Modelación y simulación de redes hidráulicas mediante herramientas informáticas: Sistemas de información geográfica (QGIS); Modelación Hidráulica: HEC-RAS, EPANET, StormWater Management Model (SWMM); Lenguajes de programación: C++, JavaScript, Phyton; Diseño asistido (AutoCAD Map).

10. Principios de la Gestión Patrimonial de Infraestructuras (GPI). Metodologías y herramientas específicas. Indicadores de desempeño para servicios de abastecimiento de agua.

11. Sistemas de control digital de las redes y de las instalaciones hidráulicas. Sistemas SCADA, PLC y equipos y tecnologías de comunicaciones. Aplicaciones a la explotación: sistema de control en tiempo real de los caudales y presión de las redes de distribución; monitorización de los caudales de vertidos en redes saneamiento; sistemas de telelectura de acometidas en redes de baja.

FUNCIONES:

-Gestión del Sistema Integrado de Monitorización y Control de las Redes de Abastecimiento y Saneamiento del Área. Responsable del desarrollo, operación y mantenimiento del GIS de Redes, del Sistema de Alerta Temprana por Avería/Fuga de la red de Distribución en Alta, del Sistema de Monitorización de Aliviaderos, así como de la Plataforma Web de Visualización de estos sistemas.

-Desarrollo e implementación de un sistema de gestión inteligente de la red de abastecimiento en alta basado en el modelo digital mediante la incorporación de sensores. Análisis de datos de la red de sensores usando técnicas de inteligencia artificial para la predicción del comportamiento de la red en función de los datos recogidos en tiempo real por los sensores. Propuestas de mejora de la gestión ante diversos escenarios de operación y de planes de rehabilitación para los distintos sistemas basados en la aplicación del sistema de gestión inteligente de redes desarrollado.

-Evaluación continua del estado de las redes según variables de O&M (material, antigüedad, calidad servicio, obsolescencia, frecuencia de rehabilitaciones, otros). Clasificación de activos según índices de fiabilidad y nivel de servicio esperados. Evaluación de mapas de riesgo de las infraestructuras según vida útil remanente. Desarrollo de planes estratégicos de GPI.

-Planificar y distribuir el trabajo, marcar las pautas y prioridades, dirigir y coordinar el personal a su cargo asegurando la productividad y el rendimiento, responsabilizándose del mantenimiento de los medios técnicos asignados, reportando al responsable del Área, aportando propuestas de organización, control, inversiones y gastos, velando por la optimización, equilibrio y adecuación de la actividad respecto a lo planificado.

-Apoyo en el seguimiento, control y coordinación del funcionamiento del Servicio de Abastecimiento y Saneamiento Domiciliario y del Servicio de Redes Alta.

-Apoyo en la Gestión técnica de contrataciones del Área de Redes: redacción de Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares para la contratación de suministros y servicios, estudio, valoración y emisión de informes técnicos sobre las proposiciones presentadas por los licitantes, control y seguimiento de los contratos, tanto en sus aspectos técnicos: cumplimiento de prescripciones técnicas, cumplimiento de obligaciones contractuales, plazos, control de calidad, normativa de PRL, etc.; como económico.

-Estudios, informes y valoraciones relativas al Servicio de Abastecimiento y Saneamiento Domiciliario, tales como infraestructuras que explota el Servicio, ampliaciones o mejora de estas, proyectos de urbanización o construcción externos que desarrollan nuevas infraestructuras para el Servicio y requieran supervisión de la Empresa, etc.

-Desarrollo de normativa técnica propia de la empresa para la estandarización de las infraestructuras del Servicio de Abastecimiento y Saneamiento Domiciliario: redes de abastecimiento y saneamiento, depósitos, acometidas de abastecimiento y saneamiento, etc. Desarrollo del documento de requisitos técnicos mínimos para la implantación de un procedimiento de homologación/autorización de materiales a emplear en las redes de abastecimiento y saneamiento de EMPROACSA.

-Velar por el correcto cumplimiento de las directrices de la empresa y la normativa legal implantada (Instrucciones internas de contratación, Procedimientos de prevención Riesgos Laborales, etc) y de los estándares y procedimientos de calidad implantados en cada momento (ISO 14.001, ISO 45.001: 2018, etc).

Córdoba, 2 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por el Secretario de la Comisión, Fernando López Rodríguez.

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