Boletín nº 31 (15-02-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villa del Río

Nº. 278/2023

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el pasado 26-01-2023, adoptó por unanimidad acuerdo cuyo contenido es el siguiente:

&4º. APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA INSTALAR UNA INDUSTRIA DEL MUEBLE SITA EN CTRA. MADRID-CÁDIZ, KM.348, PAGO LAS CARNICERAS, VILLA DEL RÍO, CÓRDOBA, CUYO PROMOTOR ES NIETO SÁNCHEZ ANDALUCÍA SL.

Visto el informe-propuesta de Secretaría, de fecha 12/01/23, cuyo contenido es el siguiente:

CONSIDERANDO. El expediente GEX 3381/2019 tramitado para la aprobación del Proyecto de Actuación de Interés Público en terreno con el régimen del suelo no urbanizable para la para Industria del Mueble sita en CTRA. MADRID-CÁDIZ, KM.348, PAGO LAS CARNICERAS, VILLA DEL RÍO, CÓRDOBA, cuyo promotor es NIETO SÁNCHEZ ANDALUCÍA SL, con CIF B-14.942.452 y domicilio en calle Juan Ramón Jiménez 10-1º, 14640- Villa del Río (Córdoba), representada por José Ángel Nieto Sánchez, con DNI 52.549.648-F. En la misma se solicita que se deje sin efecto la solicitud para la misma actividad presentada con fecha 25-04-2019, y que fue admitida a trámite mediante Resolución 999/2019, de 17 de junio de 2019.

EXAMINADA. La documentación que le acompaña en relación con la aprobación del Proyecto de Actuación de Interés Público en terreno con el régimen del suelo no urbanizable, para la construcción de actuaciones que consisten en la ampliación, modernización y perfeccionamiento de las actuales instalaciones, mejorando y ampliando el funcionamiento general de la industria local, llevando a cabo la adecuación, legalización y ampliación de una industria existente en suelo no urbanizable para fabricación, almacenamiento y distribución de muebles. Para ello se pretende actuar en diferentes zonas de las fincas afectas, conforme al proyecto y se realizaran pequeñas actuaciones de mejora en la zona del patio y zonas exteriores, para unir las edificaciones existentes a la zona de nueva planta, todo ello conforme al proyecto presentado que obra en el expediente GEX 3381/2019

CONSIDERANDO. que por Resolución 465/2020, de 27 de abril, en virtud de lo establecido por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 43.1.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía:

PRIMERO. Se declaró la utilidad pública e interés social de la actuación fundamentada en el impacto económico y social de la actividad que va a generar la implantación de la misma en esta Localidad.

SEGUNDO. Se admitió a trámite el Proyecto de Actuación de Interés Público en terreno con el régimen del suelo no urbanizable, denominado Proyecto de actuación para Industria del Mueble sita en CTRA. MADRID-CÁDIZ, KM.348, PAGO LAS CARNICERAS, VILLA DEL RÍO, CÓRDOBA, cuyo promotor es NIETO SÁNCHEZ ANDALUCÍA SL, con CIF B-14.942.452 dada la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. En cuanto al cumplimiento de las determinaciones del planeamiento urbanístico, el Ayuntamiento en la Resolución de admisión a trámite arriba citada, eximió al promotor expresamente del cumplimiento de las condiciones de implantación que se incumplen conforme a lo previsto en el artículo 43 de las NN.CC.SS del SNU de la Provincia de Córdoba.

TERCERO. Se abrió periodo de exposición pública por plazo de veinte días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos Municipal y simultáneamente notificación individualizada a los propietarios de terrenos colindantes con en el ámbito del proyecto, constando en el expediente que no se han formulado alegaciones ni presentado reclamaciones.

CUARTO. Se adoptó acuerdo plenario para su aprobación inicial, con fecha 20/07/20.

QUINTO. La Disposición transitoria tercera de la Ley 7/21, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía establece en su apartado dos, respecto a los procedimientos de planes e instrumentos de planeamiento en tramitación afectados por la entrada en vigor de esta nueva Ley, que dichos procedimientos podrán tramitarse conforme a las determinaciones de esta ley siempre que se puedan conservar los informes, pronunciamientos sectoriales y actuaciones del órgano ambiental, por no ver afectado su contenido.

SEXTO. En el Expediente obran los siguientes Informes:

A) Técnico-Jurídico favorable:

-Informe del SAU CSV 253E AD4F 8586 2329 E918, de 12/06/19.

B) Informes sectoriales:

-Informe favorable de 20/12/22 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (DG CARRETERAS) CSV

MFOM02SBB9EE642DCBDBF3510674.

-Informe favorable de 16/03/22 de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir CSV

MA001J0VE0BU4U0Z1XH4ETZA2Z1QEEFG0Z.

Por lo expuesto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía y los artículos 30 a 35 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía el Ayuntamiento Pleno adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar definitivamente el Proyecto de Actuación citado.

SEGUNDO. El acuerdo correspondiente se notificará al interesado y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el portal web del Ayuntamiento, donde se publicará igualmente el Proyecto de Actuación aprobado.

TERCERO. Advertir al promotor de la actividad de las obligaciones asumidas con el otorgamiento de esta autorización:

a) Las correspondientes a los deberes legales del régimen del suelo rústico.

b) Compromiso de mantener la vinculación entre las edificaciones y los usos del suelo rústico que justifican su autorización y dedevolver los terrenos a su estado natural en los supuestos previstos en el Reglamento.

c) Pago de la prestación compensatoria en suelo rústico, conforme al artículo 22.5 de la Ley.

d) Solicitud de licencia urbanística, conforme al Proyecto de Actuación aprobado, en el plazo máximo de un año desde la resolución del procedimiento de autorización previa. El transcurso de dicho plazo determinará la caducidad de la autorización, que será declarada previa audiencia al interesado.

Lo que se hace público para su general conocimiento.

En Villa del Río, 30 enero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.

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