Boletín nº 37 (23-02-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Conquista

Nº. 523/2023

Mediante Resolución de Alcaldía número 2022/00000359, de fecha 12 de diciembre de 2022, se aprobaron las Bases Generales que regulan la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del Organismo Autónomo Residencia Municipal de Mayores Santa Ana de Conquista, publicada la misma en el Boletín Oficial de la Provincia nº 248, de fecha 30 de diciembre de 2022.

Resultando que con fecha de 26 de enero de 2023, se publicó anuncio de corrección de errores materiales de la Resolución número 2022/00000359, correspondiente a la aprobación de las Bases Generales que regulan la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del Organismo Autónomo Residencia Municipal de Mayores Santa Ana de Conquista.

Visto el Requerimiento efectuado por la Delegación del Gobierno en Córdoba de la Junta de Andalucía, relativo a la estabilización del empleo (Exp. nº 782/2022), instando a la anulación/modificación de Decreto 2022/00000359, por la que se aprueban las Bases Generales que han de regir la convocatoria de los procesos de estabilización de empleo temporal del Organismo Autónomo Residencia Municipal de Mayores Santa Ana de Conquista, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia número 248.

De conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. MODIFICAR las Bases Generales que han de regir las respectivas convocatorias de los procesos selectivos para personal laboral, mediante concurso objeto de estabilización, quedando redactada la modificación en los siguientes términos:

1. Donde dice:

III. 1.1. Adjudicación de destinos.

11.1. La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso o personal laboral fijo se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo, teniendo preferencia por optar cada uno de los funcionarios interinos o personal laboral temporal al puesto que desempeñe con carácter previo, en caso de que obtengan plaza en el proceso selectivo.

Debe decir:

III. 1.1. Adjudicación de destinos.

11.1. La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso o personal laboral fijo se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo.

2. Donde dice:

5. Admisión de aspirantes.

5.1. Lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de un mes el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y causa de exclusión en su caso, así como el lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas, orden de actuación de los aspirantes, y los miembros que componen el tribunal de selección. El anuncio pertinente se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento.

Debe decir:

5. Admisión de aspirantes.

5.1. Lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de un mes el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y causa de exclusión en su caso, así como el lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas, orden de actuación de los aspirantes, y los miembros que componen el tribunal de selección. El anuncio pertinente se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial de la Provincia.

3. Donde dice:

FASE DE OPOSICIÓN: Esta fase supondrá el 60% de la puntuación total otorgada y no tendrá carácter eliminatorio.

Debe decir:

FASE DE OPOSICIÓN: Esta fase supondrá el 60% de la puntuación total otorgada y no tendrá carácter eliminatorio debiendo, en cualquier caso, obtener un punto como mínimo para superar esta fase.

SEGUNDO. PUBLICAR la presente Resolución de modificación de Bases, siendo el resto de las mismas las publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 248 de fecha 30 de diciembre de 2022, con la corrección de errores publicada con fecha 26 de enero de 2023.

TERCERO. PUBLICAR un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

CUARTO. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Sr. Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente al derecho de los interesados.

Lo que se hace para general conocimiento.

Conquista, 15 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Buenestado Santiago.

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