Boletín nº 37 (23-02-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Carreteros

Nº. 529/2023

Expediente número GEX 55/2023.

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEL PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE Y PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

El Pleno de la Corporación de Fuente Carreteros, constituido en fecha de 31 de enero de 2023, y, entre otros asuntos, aprobó, por unanimidad de los presentes, el Plan de Medidas Antifraude que se adjunta al presente anuncio así como todos los anexos que lo componen.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://sede.eprinsa.es/ftecarre

Fuente Carreteros, 15 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Pedrosa Portero.

PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE

Ayuntamiento de Fuente Carreteros

ÍNDICE

1. PREÁMBULO.

2. OBJETO.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y CONTEXTO.

3.1. ÁMBITO SUBJETIVO.

4. CONTROL INTERNO.

5. CONCEPTOS Y DEFINICIONES.

5.1. FRAUDE.

5.2. CORRUPCIÓN.

5.3. CONFLICTO DE INTERESES.

6. ÓRGANO RESPONSABLE.

6.1. FUNCIONES DE LA COMISIÓN ANTIFRAUDE.

6.2. RÉGIMEN INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN ANTIFRAUDE.

7. EVALUACIÓN DEL RIESGO Y MEDIDAS ANTIFRAUDE.

8. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS.

8.1. VERIFICACIÓN DE LA DACI.

8.2. PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES.

8.3. MEDIDAS PARA AFRONTAR LOS CONFLICTOS DE INTERESES.

8.4. MEDIDAS PARA AFRONTAR LOS CONFLICTOS DE INTERESES DE CORRECCIÓN.

8.5. MEDIDAS PARA PREVENIR, DETECTAR Y CORREGIR EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN: EL CICLO ANTIFRAUDE.

9. COMUNICACIÓN DE SOSPECHAS E INCUMPLIMIENTOS.

9.1 CANAL DE DENUNCIAS.

10. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE FRAUDE.

10.1. SUSPENSIÓN Y REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

10.2. COMUNICACIÓN A LAS AUTORIDADES COMPETENTES.

10.3. DENUNCIA ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES.

10.4. DENUNCIA PENAL.

10.5. COLABORACIÓN CON LAS AUTORIDADES COMPETENTES.

10.6. EXPEDIENTE DISCIPLINARIO.

11. SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PLAN.

11.1. SUPERVISIÓN.

11.2. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN.

12. COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN.

1. PREÁMBULO

El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 el Programa NextGenerationEU, siendo este un Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (en adelante, M.R.R.) para la estimulación de la economía que pretende dar respuesta a la crisis causada por el coronavirus.

El M.R.R. tiene cuatro objetivos principales, que son:

-Promover la cohesión económica.

-Fortalecer la resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados Miembros.

-Mitigar las repercusiones sociales y económicas de la crisis te la COVID-19

-Apoyar las transición ecológica y digital.

Para alcanzar dichos objetivos, cada Estado Miembro debe diseñar un Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia, que incluya las reformas y proyectos de inversión para alcanzar los citados objetivos.

En España, se ha aprobado el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, P.R.T.R.), el cual dispone de cuatro ejes transversales, que se vertebran en diez políticas palanca y una treintena de componentes, siendo dichos ejes:

-La transición ecológica.

-La transformación digital.

-La cohesión social y territorial.

-La igualdad de género.

Para llevar a cabo dichas iniciativas, las Administraciones Públicas deben de adaptar los procedimientos de gestión y modelo de control existente hasta ahora, implementando algunas medidas de agilización como las recogidas en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Asimismo, se ha aprobado la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para configurar y desarrollar un sistema de gestión que facilite la tramitación eficaz de dicho Plan. Entre los numerosos preceptos que recoge dicha Orden, aparece en el artículo 6 la necesidad de reforzar los mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude para dar cumplimiento con el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que toda entidad entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del P.R.T.R. disponga de un Plan de Medidas Antifraude que le permita garantizar y declarar que los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables.

A estos efectos, y como entidad ejecutora, este Ayuntamiento aprueba el Plan de Medidas Antifraude que a continuación se expone.

2. OBJETO

El objeto de este documento es establecer el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Fuente Carreteros (en adelante, el Ayuntamiento), de conformidad con lo dispuesto por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al marco establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Este documento incorpora los mecanismos a implementar por el Ayuntamiento de Fuente Carreteros para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, de manera proporcionada, atendiendo a las características específicas y a la evaluación de los riesgos de fraude y siempre teniendo en cuenta la necesidad de garantizar una protección de los intereses de la Unión Europea. Este mecanismo se estructura las medidas antifraude entorno al ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución.

Las medidas definidas son de aplicación a todo el personal del Ayuntamiento de Fuente Carreteros.

El Ayuntamiento de Fuente Carreteros tiene el compromiso firme y absoluto de evitar y no tolerar las conductas de fraude, corrupción ni la existencia de conflictos de intereses y de garantizar que los fondos gestionados se han utilizado de conformidad con las normas de aplicación, protegiendo los interes financieros de la Unión en el marco del M.R.R. En el caso de que, aunque se hayan adoptado los medios para evitar la comisión de las conductas anteriores, se adoptarán las medidas necesarias, con plena colaboración las autoridades competentes para que se aclaren las responsabilidades oportunas de cualquiera de los responsables.

Para minimizar el riesgo de fraude, corrupción y la existencia de conflictos de intereses el Ayuntamiento de Fuente Carreteros para reforzar sus controles, contará con:

-Una Declaración de Ausencia de Conflictos de Intereses (DACI).

-Creación de un Comisión Antifraude para el seguimiento de los riesgos.

-Un mapa de riesgos y código de conducta de los empleados públicos.

-Un canal de denuncias para informar de las posibles infracciones.

En cuanto a la normativa aplicable en dicha materia, el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en su virtud la Orden HPF/1030/2021, de 29 de septiembre, imponen a España, en relación con la protección de los intereses financieros de la UE y como beneficiaria de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), la obligación de que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) disponga de un Plan de Medidas Antifraude. Los objetivos que cubre dicho Plan, y por ende, éste en concreto, consisten en garantizar que, en los respectivos ámbitos de actuación, los fondos se utilizan de conformidad con las normas aplicables y, en particular, que existe una adecuada prevención, detección y corrección del fraude, de la corrupción y de los conflictos de intereses.

Entre la normativa aplicable a este Plan de Medidas Antifraude se destaca:

NORMATIVA EUROPEA

-Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el resto de normativa que lo desarrolle.

-Reglamento (UE, EURATOM) 2018, 104 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento Financiero de la UE).

-Directiva (UE) 2017/1371, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través de

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