Boletín nº 37 (23-02-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 567/2023

Con fecha 31 de mayo de 2022, se ha dictado por esta Alcaldía el Decreto nº 2022/7769, del tenor literal siguiente:

El Boletín Oficial del Estado, del día 21 de mayo de 2022, publica la Resolución de 20 de mayo de 2022, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

En dicha Resolución se adjudican puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, a don Joaquín Sama Tapia, como Adjunto primero al Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, y a doña Blanca Requena Bogallo como Adjunto segundo al Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, habiendo tomado posesión dichos funcionarios de sus puestos con fecha 26 de mayo de 2022.

El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional establece en su artículo 15 que 1. Las Entidades Locales podrán crear otros puestos de trabajo que tengan atribuidas funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica del titular de la Secretaría, Intervención o Tesorería, respectivamente.

2. A los citados puestos de colaboración, les corresponderán las funciones reservadas que, previa autorización del Alcalde o Presidente de la Corporación, les sean encomendadas por los titulares de los puestos reservados de Secretaría, Intervención y Tesorería.

El artículo 165.2.f) del Reglamento Orgánico General del Ayuntamiento de Córdoba, aprobado en sesión de 5 de febrero de 2009 (BOP nº 29, de 16 de febrero), atribuye al titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local la Secretaría de los Consejos Rectores de los Organismos Autónomos, que comprende las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo de los citados organismos, incluida la responsabilidad de efectuar la remisión de sus acuerdos a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma.

El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; señala que 1. Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.

Vista la propuesta formulada por el Titular de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y en uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por el artículo 124.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, DISPONGO:

PRIMERO. Autorizar la delegación de la Secretaría de la Gerencia Municipal de Urbanismo comprensiva de los funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo establecidas en la legislación de régimen local, a don Joaquín Sama Tapia Adjunto primero al Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, siendo sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad del Secretario Delegado de dicho Organismo Autónomo por doña Blanca Requena Bogallo, Adjunto segundo al Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.

SEGUNDO. Autorizar la delegación de la Secretaría del Instituto Municipal de Deportes comprensiva de los funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo establecidas en la legislación de régimen local, a doña Blanca Requena Bogallo, Adjunto segundo al Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, siendo sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad del Secretario Delegado de dichos Organismos Autónomos por don Joaquín Sama Tapia, Adjunto primero al Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.

TERCERO. En los actos administrativos que se realicen habrá de hacerse constar que se realiza por Delegación, fecha y número del Decreto de delegación y nombre del firmante. Las delegaciones conferidas podrán ser modificadas o revocadas libremente por el titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local.

CUARTO. Notificar la presente resolución a los interesados así como a los Presidentes de los Consejos Rectores y a los Gerentes de los citados organismos para su conocimiento y efectos procedentes.

QUINTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal de Transparencia.

SEXTO. La presente delegación será efectiva desde el día 1 de junio de 2022, dejando sin efecto las delegaciones anteriormente concedidas sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

SÉPTIMO. Agradecer los servicios prestados como Secretarios Delegados en dichos Organismos Autónomos por los funcionarios don Ignacio Ruiz Soldado y don Leopoldo Salinas del Moral.

Córdoba, 17 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José María Bellido Roche.

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