Boletín nº 38 (24-02-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 606/2023
EXTRACTO DEL ACUERDO Nº 87/23 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA, DE FECHA 6 DE FEBRERO DE 2023, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DELEGACIÓN DE CULTURA PARA EL AÑO 2023.
BDNS (Identif.) 677351
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/677351)
PRIMERO. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarios las Fundaciones, Asociaciones y colectivos ciudadanos que tengan su domicilio o sede en el municipio de Córdoba.
SEGUNDO. Objeto.
Proyectos que tengan por objeto el estudio, la investigación el fomento y la promoción de la actividad cultural en el término municipal de Córdoba.
TERCERO. Bases Reguladoras.
Las bases de la convocatoria, se consultarán a través de la página:
(URL: http://cultura.cordoba.es)
CUARTO. Cuantía.
La cuantía de la subvención obtenida por los beneficiarios vendrá determinada en función de la puntuación que el proyecto presentado obtenga de acuerdo con los criterios establecidos en la Base Undécima, sin que en ningún caso pueda ser superior a 10.000.- euros, ni al 100% del presupuesto del proyecto.
QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación será de veinte días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEXTO. Otros datos.
De conformidad con las bases de la convocatoria, la presentación de las solicitudes será obligatoriamente por medios electrónicos, a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba) o en otros registros electrónicos. La solicitud debe contener la memoria o proyecto de las actividades y el presupuesto completo de los mismos.
Los proyectos o actividades deberán haber sido realizados o realizarse en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Córdoba, 21 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por la Teniente de Alcalde de Promoción, Cultura y Patrimonio Histórico, Antonia Aguilar Rider.