Boletín nº 40 (01-03-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Zuheros

Nº. 588/2023

GEX 269/2022.

ANUNCIO DE RECTIFICACIÓN DE BASES

Don Juan Manuel Poyato Cuenca, Alcalde del Ayuntamiento de Zuheros (Córdoba), hace saber:

Que con fecha 17 de febrero de 2023, se ha dictado Resolución de Alcaldía, por la que se procede a la subsanación de las Bases reguladoras de la Convocatoria y proceso de estabilización del personal del Ayuntamiento de Zuheros, por el sistema de concurso-oposición, con carácter excepcional, y derivado de la OEP Extraordinaria para estabilización derivada de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y aprobadas mediante Resolución de Alcaldía 147/2022, de 22 de diciembre, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 248, de fecha 30 de diciembre, del siguiente tenor literal:

Vista la Oferta de Empleo Público Extraordinaria derivada de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobada por Resolución de la Alcaldía número 51/2022, de fecha 18 de mayo 2022, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 97, de 23 de mayo, y modificada por Resoluciones número 144/2022, de 19 de diciembre, publicada en  Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 246, de 28 de diciembre, y Resolución número 2023/00000011, de fecha de 9 de febrero de 2023, publicada en  Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 33, de fecha 17 de febrero.

Visto asimismo que por Resolución de Alcaldía número 147, de fecha 22/12/2022, se resolvió la aprobación de las Bases reguladoras de la Convocatoria y del proceso para la cobertura, por el sistema de concurso-oposición, de las plazas así incluidas en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria anterior, las cuales quedaron publicadas en el  Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 248, de 30 de diciembre de 2022.

Detectado error material consistente en que, tras la finalización de los procesos selectivos convocados en ejecución de la OEP Extraordinaria derivada de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por Resolución de Alcaldía 146/2022, por el sistema de concurso, y Resolución de Alcaldía 147/2022, por el sistema de concurso-oposición, resultarían sendas Bolsas de Trabajo de Guía Turístico no quedando determinada la prelación de una respecto de la otra.

Resultando que por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, ha sido interpuesto requerimiento de anulación/subsanación contra la Resolución de Alcaldía 147/2022, fundada en los artículos 65 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 37.1 e) de la Ley 97/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y artículo 7 del Decreto 41/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la remisión de actos y acuerdos de las entidades Locales de la Administración de la Junta de Andalucía por deficiencias anulables en la Base Séptima.- Sistema de Selección, en lo concerniente a la valoración máxima de 50 puntos asignada a la fase de concurso por vulneración del artículo 2.4 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por cuanto, según lo dispuesto el apartado 3.4.1 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, la fase de concurso tendrá una valoración de un 40% de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate (Exp. 36/2023).

Visto cuanto antecede, de conformidad con la previsión del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre rectificación de errores de los actos administrativos y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 21. 1 g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en atención al requerimiento de subsanación antedicho presentado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba en expediente 36/2023, por la presente,

RESUELVO:

PRIMERO. Proceder a la subsanación de las deficiencias apreciadas en la Base Séptima de las reguladoras de la Convocatoria y proceso de estabilización del personal del Ayuntamiento de Zuheros, por el sistema de concurso-oposición, con carácter excepcional y derivado de la OEP Extraordinaria para estabilización derivada de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, aprobadas mediante Resolución de Alcaldía 147/2022, de 22 de diciembre, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 248, de fecha 30 de diciembre de 2022, quedando redactada como sigue:

SÉPTIMA. SISTEMA DE SELECCIÓN.

El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en estas Bases. El sistema de selección será, de conformidad con el artículo 61 del TREBEP, el de CONCURSO OPOSICIÓN con una valoración de la fase de concurso de un 40% de la puntuación total y un 60% en la fase de oposición, siendo no eliminatorios los ejercicios de esta fase.

7.1 FASE DE CONCURSO: esta fase, previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición. Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación.

La valoración de esta fase será de 40 puntos. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud de participación o no acreditados documentalmente durante el plazo de presentación de solicitudes.

Con carácter general serán méritos evaluables en esta fase los siguientes méritos, de acuerdo con el baremo que se indica:

7.1.1. EXPERIENCIA PROFESIONAL, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización del empleo temporal de la Ley 20/2021 es reducir la temporalidad de los empleados públicos a fin de posibilitar su estabilización, la valoración máxima de este apartado será de hasta 34 puntos:

a) Experiencia en cuerpo, escala, categoría o equivalente correspondiente a la que se convoca. La valoración máxima será de 32 puntos conforme a los siguientes criterios:

-Al tratarse de un proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal, se valorará el tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zuheros, como funcionario interino o personal laboral temporal, en cuerpo, escala, categoría o equivalente a la que se convoca a razón de 0,60 puntos por mes de servicio hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

-Se valorará el tiempo de servicios prestados, como funcionario interino o personal laboral temporal, en cuerpo, escala, categoría o equivalente correspondiente a la que se convoca en otras Administraciones Públicas a razón de 0,10 puntos por mes de servicios hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

b) Experiencia en la Administración Pública. La valoración máxima de será de 2 puntos:

Se valorará el tiempo de servicios prestados, como funcionario interino o personal laboral temporal, en la Administración Pública, a razón de 0,05 puntos por mes de servicio hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

ACREDITACIÓN

El tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento convocante será aportado de oficio por el Servicio de Personal referidos siempre a la fecha de publicación de la Convocatoria en el BOE, sin perjuicio de su alegación obligatoria por la persona interesada.

El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras Administraciones Públicas se acreditará mediante Contrato de trabajo acompañado de Informe de Vida Laboral o Certificado de Servicios Prestados emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen prestado, debiéndose indicar obligatoriamente además la denominación exacta de la plaza desempeñada, el grupo/subgrupo de clasificación, escala, subescala y clase, su régimen funcionarial o laboral acompañado de Informe de Vida Laboral, todo ello durante el tiempo de 20 días hábiles establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso selectivo.

NORMAS DE VALORACIÓN:

-Se valorarán en la actual plaza los servicios prestados en el Ayuntamiento convocante en las plazas extintas de origen o que hayan modificado su denominación por modificaciones normativas o de plantilla.

-En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para el/ la interesado/a.

-Se considerarán servicios prestados los períodos de excedencia forzosa, excedencia voluntaria por cuidado de hijos o de un familiar a su cargo, excedencia por razón de violencia de género, excedencia por razón de violencia terrorista, incapacidad laboral, permiso de maternidad y paternidad, situación de riesgo durante el embarazo, la adopción y acogimiento tanto preadoptivo como permanente.

-Para la valoración de los servicios prestados por meses, cuando no sean meses completos, se sumarán los días sueltos, dividiéndose el resultado por treinta, computándose como mes completo las fracciones igual o superiores a 15 días, despreciándose del resultado final aquellas que sean inferiores a 15 días.

7.1.2 FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO:

La valoración máxima de este apartado será de 6 puntos:

a) Cursos y demás acciones de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con el turismo, geoturismo y parques naturales, impartidos, homologados o participados por el Ayuntamiento de Zuheros, la Diputación de Córdoba, la Junta de Andalucía, la Secretaría de Estado de Turismo y Organizaciones Sindicales en el Marco del Acuerdo de Formación Continua para el empleo. Se valorarán a razón de 0,04 puntos por horas de formación.

b) Certificación de nivel B2 o superior de una lengua extranjera distinta a la aportada como requisito de participación en el procedimiento selectivo ( distinta lengua ): 3 puntos.

Los méritos formativos podrán acreditarse mediante la presentación de diplomas o similares. No serán objeto de valoración las asignaturas sueltas que conformen un plan de estudios.

7.2 FASE DE OPOSICIÓN: Valoración máxima: 60 puntos. Esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, versará sobre el contenido del puesto de trabajo correspondiente a la plaza que se convoca, de conformidad con lo dispuesto en el temario recogido en el Anexo VI de las presentes bases..

La fase de oposición consistirá en dos ejercicios de acuerdo con lo siguiente:

-Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, en un periodo máximo de 90 minutos, a un cuestionario tipo test de 40 preguntas con tres respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, elaborado por el Tribunal antes de su realización con los temas contenidos en el correspondiente Anexo. Podrá preverse hasta un máximo de 5 preguntas de reserva que sustituirán, por su orden, a las preguntas que, en su caso, pudieran ser objeto de anulación. Unicamente se valorarán en el caso que sustituyan a alguna otra pregunta objeto de anulación.

La puntuación máxima de este apartado será de 40 puntos. Cada pregunta correctamente contestada se valorará en 1 punto y cada respuesta incorrecta restará 0,25 puntos. Las respuestas en blanco no puntúan.

-Segundo ejercicio. Entrevista personal, con una duración máxima de 30 minutos, en la que se pondrá de manifiesto los recursos y habilidades de las que dispone el aspirante en relación al puesto de trabajo convocado y funciones a desempeñar. La puntuación máxima de este ejercicio será de 20 puntos.

7.3 CALIFICACIÓN. La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en las fases de concurso y oposición. La puntuación máxima será de 100 puntos.

En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional en el Ayuntamiento de Zuheros, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en la fase de formación y, en tercer lugar, a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

SEGUNDO. Dejar sin contenido, en rectificación del error material detectado, la BASE DUODÉCIMA.- FORMACIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO de las reguladoras del proceso selectivo por concurso-oposición, aprobadas por Resolución 147/2022, de 22 de diciembre, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 248, de fecha 30 de diciembre de 2022.

TERCERO. Publicar Anuncio de la presente Resolución en el  Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica Municipal https://sede.eprinsa.es/zuheros/tablon-de-edictos y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Zuheros.

CUARTO. Dar traslado de la presente Resolución a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, para su conocimiento y efectos oportunos.

QUINTO. Dar cuenta de la presente Resolución al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que se celebre.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

En Zuheros, a 17 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Manuel Poyato Cuenca.

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