Boletín nº 44 (07-03-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 669/2023

ASUNTO: Corrección de errores de las Bases reguladoras para la selección, mediante concurso de méritos, del personal directivo, formador y apoyo administrativo para la ejecución del Programa de Empleo y Formación Puente Genil Capacita del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, regulados en la orden de 13 de septiembre de 2021, y resolución de 7 de julio 2022, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.

A través de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 29, de 13 de febrero de 2023, se publicaron las Bases reguladoras para la selección, mediante concurso de méritos, del personal directivo, formador y apoyo administrativo para la ejecución del programa de empleo y formación Puente Genil Capacita del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, regulados en la orden de 13 de septiembre de 2021, y resolución de 7 de julio 2022, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.

Recibido requerimiento de anulación/subsanación de actos y disposiciones de las entidades locales andaluzas exp. nº 56/2023, se procede a la subsanación de los siguientes bases:

1. BASE SEGUNDA: Queda modificada la base segunda A.4.a) y B.4.a) valoración de la experiencia del personal directivo y personal de apoyo administrativo, quedando de la siguiente forma:

Segunda A.4.a

a) Experiencia profesional superior al periodo exigido como requisito obligatorio en los requisitos mínimos del puesto ofertado. Hasta un máximo de 7 puntos:

i. Por cada mes de trabajo en el mismo puesto (Dirección y/o Coordinación en programas de Empleo y Formación) al que se opta, en programas de escuelas taller, casas de oficios y/o talleres de empleo, y/o en puesto similares en otros programas de empleo y/o formación en la administración pública a razón de: 0,10 puntos.

ii. Por cada mes de trabajo en el mismo puesto (Dirección y/o Coordinación en programas de Empleo y Formación) al que se opta, en programas de escuelas taller, casas de oficios y/o talleres de empleo, y/o en puesto similares en otros programas de empleo y/o formación en empresa privada o por cuenta propia a razón de: 0,05 puntos.

Segunda B.4.a

a) Experiencia profesional superior al periodo exigido como requisito obligatorio en los requisitos mínimos del puesto ofertado. Hasta un máximo de 7 puntos:

i. Por cada mes de trabajo como personal administrativo (Grupo 5) en la administración en la administración pública: 0,10 puntos.

ii. Por cada mes de trabajo como personal administrativo en empresa privada o por cuenta propia: 0,05 puntos.

BASE TERCERA. 5. Puntuación:

La puntuación final de la selección se obtendrá con la suma de las puntuaciones obtenidas en los apartados de experiencia, formación, por lo que la puntuación total no podrá exceder de 10 puntos, que será la puntuación máxima por cada uno de los candidatos/as.

En caso de empate entre las puntuaciones de dos o más candidatos/as, el orden se establecerá atendiendo a las mayores puntuaciones obtenidas en los siguientes apartados y por el orden que a continuación se indica:

Para los puestos de personal directivo y personal administrativo:

1. Mayor Puntuación obtenida en el apartado experiencia en la administración pública.

2. Mayor puntuación obtenida en el apartado experiencia en empresa privada o por cuenta propia.

3. Mayor puntuación obtenida en el apartado formación.

4. De no ser posible deshacer el empate, el mismo se dilucirá atendiento al orden de registro de entrada de solicitudes en el Registro General del Iltre. Ayto. de Puente Genil.

BASE QUINTA: Queda anulado: Será motivo de exclusión del proceso selectivo las solicitudes que no adjunten los anexos II y/o III debidamente cumplimentados.

BASE DECIMOTERCERA: Bolsa de trabajo. Queda redactada de la siguiente forma:

Las personas aspirantes que no hayan sido seleccionados en el presente proceso selectivo, podrán constituirse en una bolsa de suplentes para cubrir cualquier baja que se produzca.

En el supuesto de que haya que suplir la baja de alguna persona seleccionada, ésta será cubierta según el orden de prelación establecido en la lista de seleccionados.

Se reserva el 10% de los puestos para personas con discapacidad. De esos puestos reservados, el 2% será para personas con discapacidad intelectual y el 1% será para personas con enfermedad mental.

Puente Genil, 24 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Esteban Morales Sánchez. 

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