Boletín nº 49 (14-03-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Posadas

Nº. 793/2023

Por Resolución de Alcaldía, de fecha 3 de marzo de 2023, han sido aprobadas las bases y la convocatoria del procedimiento para la selección de dos Dinamizadores con la finalidad de desarrollar el proyecto de acciones para el Impulso de la Agenda 2030, en régimen laboral y con carácter temporal, mediante el sistema de concurso de méritos:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER LABORAL TEMPORAL DE DOS DINAMIZADORES/AS PARA EL PROYECTO DE ACCIONES PARA EL IMPULSO DE LA AGENDA 2030.

BASES

PRIMERA. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 2 puestos de trabajo en la categoría profesional de Dinamizador/a, con la finalidad de desarrollar el proyecto de acciones para el impulso de la Agenda 2030, en régimen laboral y con carácter temporal afecto al Programa de subvenciones destinadas a Acciones para el impulso de la Agenda 2030 en entidades locales, subvencionado por Secretaría de Estado para la Agenda 2030. El proyecto presentado tiene por objetivo la implementación de la agenda 2030 y puesta en marcha de una Red Local de Promotores/as de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante ODS) en el municipio de Posadas.

El procedimiento de selección se tramitará con carácter urgente a fin de cumplir con los plazos establecidos en las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, por la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, con cargo a los créditos de sus presupuestos, a proyectos e iniciativas que promuevan la implementación, la alineación y la localización de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.

SEGUNDA. Funciones

El/la dinamizador/a del proyecto de acciones para el Impulso de la Agenda 2030 desarrollará las siguientes funciones:

1. Implementación de la Agenda 2030 y puesta en marcha de una Red Local de promotores/as ODS.

2. Preparación de los materiales de trabajo en torno a los ODS y la Agenda 2030.

3. Realización de comunicaciones, planificación y reuniones con los representantes de los diferentes colectivos diana locales.

4. Realización de charlas, talleres u otras actividades para dar a conocer el proyecto en general y, la Agenda 2030 y los ODS en particular.

5. Presentación de la Red de Promotores/as ODS de Posadas.

6. Dinamizar dicha red para asegurar el funcionamiento de esta en el futuro.

TERCERA. Duración del contrato

Los contratos serán de duración determinada, a jornada completa, durante cuatro meses cada uno, comenzando previsiblemente las contrataciones en los meses de abril (primer candidato/a con mayor puntuación) y agosto (segundo candidato/a con mayor puntuación).

CUARTA. Requisitos de los aspirantes

Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad que para el ingreso al servicio de la Administración Local, establecen las disposiciones legales vigentes:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sobre acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de una titulación académica mínima de título de graduado en ESO, Graduado Escolar, FP1 o equivalente.

Los requisitos enumerados en esta Cláusula deberán poseerse en el día de presentación de la solicitud.

QUINTA. Solicitudes

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Posadas, y se presentarán preferiblemente en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, o bien en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

No obstante, cuando las ofertas se envíen por correo, el candidato deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 hábiles contados desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las instancias se presentarán conforme al modelo que se adjunta como Anexo I a las presentes bases, en el que se manifestará que se reúnen todos los requisitos exigidos y se comprometen a reunir el requisito f) en el momento de la formalización del contrato, así como al mantenimiento de los mismos durante toda la vigencia del contrato, debiendo ir acompañadas del anexo II (autobaremación), donde se señalará la puntuación que les corresponda en cada uno de los apartados de acuerdo con el baremo establecido en la base séptima.

Todos los méritos relacionados por los aspirantes en su autobaremación deberán estar suficientemente acreditados documentalmente para que el Tribunal de Selección pueda realizar las oportunas comprobaciones y deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.

No presentar junto con la solicitud los documentos acreditativos de los méritos alegados o presentarlos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no es causa de exclusión, pero no serán valorados los mismos.

El hecho de presentar solicitud para formar parte en esta convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas.

A la instancia deberá unirse la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.

b) Fotocopia de la titulación académica exigida o documento equivalente. En el caso de presentar estudios equivalentes se citará la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, se aportará certificación del órgano competente en tal sentido.

c) Anexo II debidamente suscrito.

d) Fotocopia acreditativa de los méritos que se aleguen, conforme a la documentación indicada en la base novena.

SEXTA. Admisión de los aspirantes

Expirado el plazo de presentación de solicitudes de participación, el Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de cinco días, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se hará pública en la sede electrónica y tablón de edictos del Ayuntamiento de Posadas, otorgando un plazo de cinco días hábiles para la presentación de alegaciones y/o subsanación de documentos.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. A estos efectos, los aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además sus nombres constan correctamente en la pertinente relación de admitidos.

Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución declarando aprobadas la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y, en su caso, resolviendo las alegaciones presentadas. En dicha resolución se señalará la composición, lugar, fecha y hora en que se reunirá la Comisión de selección para resolver el concurso. Tal resolución se publicará en la sede electrónica y tablón de edictos del Ayuntamiento de Posadas.

Los sucesivos anuncios relacionados con la presente convocatoria se llevarán a cabo a través de su publicación en la sede electrónica y tablón de edictos del Ayuntamiento de Posadas.

SÉPTIMA. Resolución definitiva de admitidos y excluidos

Transcurrido el plazo previsto en la Base anterior se dictará Resolución que apruebe la lista definitiva, y que se hará pública, asimismo, en la forma indicada.

OCTAVA. Órgano de Selección

El órgano de selección, de carácter técnico estará constituido por un Presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como Secretario. Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número.

El Presidente y los vocales deberán tener igual o superior nivel de titulación o especialización que la exigida pa

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