Boletín nº 49 (14-03-2023)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Algallarín

Nº. 810/2023

La Junta Vecinal, en sesión extraordinaria, celebrada el día 27 de febrero de 2023, adoptó por unanimidad el siguiente

ACUERDO:

5º. APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EXPEDICIÓN DE TARJETA PARA LA EXTRACCIÓN DE AGUA DE POZOS MUNICIPALES.

-Los vocales conocen la Propuesta que dice así:

PROPUESTA DE APROBACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EXPEDICIÓN DE TARJETA PARA LA EXTRACCIÓN DE AGUA DE POZOS MUNICIPALES.

Visto que se ha llevado a cabo el procedimiento de elaboración de la Ordenanza, constando los siguientes trámites:

PROVIDENCIA DE PRESIDENCIA INCOANDO EL PROCEDIMIENTO

06/02/2023

ESTUDIO TÉCNICO-ECONÓMICO

07/02/2023

PRESENTACIÓN BORRADOR DE ORDENANZA

09/02/2026

INFORME SECRETARÍA-INTERVENCIÓN

09/02/2023

Mediante la presente, se propone la aprobación de la Ordenanza reguladora del precio público por expedición de tarjeta para la exacción de agua de pozos municipales.

El objeto de la propuesta de aprobación es permitir a los vecinos la utilización del recurso natural del agua del pozo con el objetivo de que puedan emplearla para usos agrículas y ganaderos, facilitando un medio de pago accesible que permita controlar el consumo de agua por cada uno de los obligados tributarios, inicidiendo así en el fomento de las mencionadas actividades mediante el aprovechamiento sostenible de los hidráulicos disponibles.

Tramitado el procedimiento y visto el Informe de Secretaría-Intervención, mediante la presente, se propone a la Junta Vecinal para su aprobación el siguiente texto de ordenanza:

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EXPEDICIÓN DE TARJETA

PARA LA EXTRACCIÓN DE AGUA DE POZOS MUNICIPALES

Página:

de 3 de 5

Fecha:

Febrero 2023

CONTENIDO

Versión nº: 0

Artículo 1. Fundamento legal

De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41 ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por expedición de tarjeta expendedora para extracción de agua de pozos municipales.

Artículo 2. Hecho imponible

Constituye el hecho imponible del precio público la exacción y entrega de tarjetas expendedoras para extracción de agua de pozos municipales por parte de este Ayuntamiento.

Artículo 3. Sujeto pasivo

1. Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que utilicen el servicio de suministro de agua del pozo municipal para uso agrícola y ganadero, ya sea a título de propietario, usufructuario, arrendatario o incluso, de precario de la finca destinada a uso agrícola o ganadero.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EXPEDICIÓN DE TARJETA

PARA LA EXTRACCIÓN DE AGUA DE POZOS MUNICIPALES

Página:

de 4 de 5

Fecha:

Febrero 2023

CONTENIDO

Versión nº: 0

    2. Tendrán la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, el propietario de la finca, que podrá repercutir en su caso, las cuotas satisfechas sobre los usuarios de aquellas, beneficiarios del servicio.

    Artículo 4. Responsables

    Será de aplicación el Régimen Jurídico previsto en la Ley General Tributaria en materia de responsabilidad y garantías de la deuda tributaria.

    Artículo 5. Obligación de pago

    La obligación de pago del precio publico regulado en esta Ordenanza nace desde que se efectúe la expedición de la tarjeta.

    El pago será previo a la entrega de la tarjeta y se efectuará mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 34.1 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

    Artículo 6. Gestión

    Los interesados a quienes se les preste el servicio a que se refiere la presente Ordenanza, deberán asumir las normas de funcionamiento interno del departamento que lo realice.

    Artículo 7. Cuantía

    La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza será de 10 euros, devengándose en el momento de solicitud y expedición de la tarjeta.

    ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EXPEDICIÓN DE TARJETA

    PARA LA EXTRACCIÓN DE AGUA DE POZOS MUNICIPALES

    Página:

    de 5 de 5

    Fecha:

    Febrero 2023

    CONTENIDO

    Versión nº: 0

    DISPOSICIÓN FINAL

    La presente Ordenanza fue aprobada por Junta Vecinal del Ayuntamiento celebrada el día XXX (BOP Nº X, de xxxxx), entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia al amparo de lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y será de aplicación a partir del XXXX, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

    Sometida a debate, se aprueba inicialmente por unanimidad.

    Y para que conste y surta los efectos oportunos expido la presente Certificación con la salvedad de lo dispuesto en el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, de Orden y con el Visto Bueno de la Sra. Presidenta, en Algallarín.

    (Fecha y Firma electrónica).

    Vº Bº

    LA PRESIDENTA

    LA SECRETARIA-INTERVENTORA"

    Lo que se hace público a fin de que por los interesados puedan interponerse reclamaciones y sugerencias, en el plazo de exposición pública de 30 días hábiles que se abre en cumplimento del artículo 49 de la Ley reguladora de Bases del Régimen Local.

    Algallarín, 3 de marzo de 2023. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Encarnación Jiménez Vergara.

    Aviso jurídico

    Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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