Boletín nº 52 (17-03-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 716/2023
Exp. Gex. Núm. 26286/21.
El Pleno de la Excma. Corporación, en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2022, acordó:
Primero. Aprobar definitivamente el documento de modificación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbanística relativa al ARI-25, calle San Agustín, promovido por el Ayuntamiento de Montilla.
Segundo. Trasladar el acuerdo a la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del territorio y Vivienda, para que se proceda al depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de conformidad con el artículo 40 de la LOUA y artículo 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y espacios de bienes catalogados.
Tercero. Trasladar el acuerdo al Registro Administrativo Municipal.
Cuarto. Publicar el acuerdo y las normas urbanísticas en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Dicho documento ha quedado inscrito en el Libro I, Sección 1, Hoja 41 del Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados. Asimismo, ha quedado inscrito en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, con el número de registro: 9536, libro de registro: Montilla, Sección: Instrumentos de planeamiento.
El presente anuncio incluye como documento anexo, la ficha urbanística modificada, relativa al ARI-25, calle San Agustín".
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o la interposición de recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos, desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución. En caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir al contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente, o denegado por silencio por el transcurso de un mes sin recibir notificación de la resolución de dicho recurso.
Montilla, 27 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Rafael Ángel Llamas Salas.