Boletín nº 52 (17-03-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 729/2023

-Objeto del expediente: Aprobación definitiva Proyecto de Actuación para instalación de una Planta de Compostaje de tratamiento forestal.

-Municipio: Pozoblanco.

-Emplazamiento: Parcela 46 del Polígono 20 del Catastro de Rústica.

-Promotor: Talher SA.

-Solicitud: Autorización en Suelo No Urbanizable Genérico.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada, el día 31 de enero de 2023, al amparo de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía,

ACUERDA:

PRIMERO. Aprobar el Proyecto de Actuación para Instalación de una Planta de Compostaje de Tratamiento Forestal en parcela 46, del Polígono 20, del Paraje Dehesa Boyal, a instancia de Talher SA, bajo cumplimiento de los siguientes condicionantes y obligaciones por parte del Promotor:

a) Las correspondientes a los deberes legales derivados del régimen de la clase de suelo no urbanizable.

b) Pago de la prestación compensatoria en suelo no urbanizable y constitución de garantía, en su caso, de acuerdo con lo regulado en el artículo 52.4 y 5 de la LOUA y con las ordenanzas municipales reguladoras.

c) Solicitud de licencia urbanística municipal en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del correspondiente Proyecto de Actuación. Así, conforme se dispone en el informe técnico, la actividad objeto de implantación en suelo no urbanizable para el tratamiento de residuos asimilables a urbanos y no peligrosos en general, objeto de la implantación, está sometida, en base a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, modificada por la Ley 3/2014, al instrumento de prevención y control ambiental de AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA, bajo el epígrafe 11.6 Instalaciones para el tratamiento, transformación o eliminación en lugares distintos de los vertederos de residuos urbanos, asimilables a urbanos y no peligrosos en general, incluidas las instalaciones de tratamiento y valoración de residuos de las agroindustrias, y no incluidas en las categorías 11.2, 11.4 y 11.5, autorización esta que deberá ser incorporada al expediente con carácter previo a la concesión de la preceptiva Licencia Municipal de Obras que ampare su ejecución así como todas las autorizaciones sectoriales que sean preceptivas, entre ellas, la del órgano con competencia sobre la carretera CO-6410 a la cual presenta fachada.

d) Determinándose como obligación contractual la mejora ofertada por la empresa Talher SA, consistente en la instalación en terreno de propiedad municipal de una Planta de Compostaje, para el tratamiento y reutilización de los restos vegetales provenientes del tratamiento forestal (podas y cortes) de los parques y jardines de Pozoblanco, en virtud del contrato suscrito el 19 de septiembre de 2016, entre el Ayuntamiento de Pozoblanco y dicha entidad, para la prestación del servicio de Conservación, Mantenimiento y Limpieza de Jardines Municipales. Deberá darse traslado al Departamento de Patrimonio al objeto de que se proceda a su inscripción en el Inventario Municipal de Bienes una vez sea ejecutada citada planta, así como para concretarse el negocio jurídico que habilite la implantación en terrenos de propiedad municipal si así fuera necesario.

e) Con carácter previo a la realización de cualquier actuación que pueda afectar a la vía provincial CO-6410, deberá solicitarse la preceptiva autorización de la Diputación Provincial con remisión de la documentación indicada en su informe, de fecha 29 de junio de 2022.

SEGUNDO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de la Provincia y Tablón de Edictos de la Corporación a efectos de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento.

TERCERO. El Promotor deberá solicitar Licencia Urbanística en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del correspondiente Proyecto de Actuación.

CUARTO. Notificar la presente Resolución al interesado. Haciéndole constar que deberá atenerse a la normativa que le es de aplicación y a las directrices marcadas por los Organismos parte del procedimiento.

Pozoblanco, 23 de febrero de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Santiago Cabello Muñoz.

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