Boletín nº 54 (21-03-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Adamuz

Nº. 773/2023

Exp. GEX nº 742/2023.

DECRETO. DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES PARA LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL.

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el Centro de Interpretación del Olivar de Sierra de esta ciudad, el día 11 de marzo de 2023, a las 12:15 horas.

Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss. del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción, de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente,

HE RESUELTO:

Primero. Delegar en la Sr. Concejal de este Ayuntamiento, don Alfonso Ángel Serrano Arenas, el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil, para el día 11 de marzo 2023, a las 12:15 horas.

Segundo. Notifíquese esta Resolución a la interesada y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero. Dese cuenta al Pleno Municipal en la próxima sesión ordinaria que se celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente Don Rafael Ángel Moreno Reyes, en Adamuz, de lo que, como Secretario-Interventor, doy fe.

Adamuz, 2 de marzo de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Rafael Ángel Moreno Reyes.  Firmado electrónicamente por el  Secretario-Interventor, Fernando Civantos Nieto. 

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