Boletín nº 63 (03-04-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 1.212/2023

GEX 2735/2023

Por Resolución nº 532/2023, de fecha 20 de marzo, de la Concejal Delegada del Área de Recursos Humanos, Educación, Limpieza y Turismo, se aprobaron las bases y convocatoria de las pruebas selectivas para la creación de una bolsa con objeto de cubrir puestos con carácter interino en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 10 TREBEP, mediante concurso-oposición el puesto de Técnico de Administración General, (Grupo A, Subgrupo A1) y mediante Resolución nº 589/2023, de fecha 23 de marzo, se rectificó el error material advertido, suprimiendo en la base segunda Requisitos de los aspirantes el apartado f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa.

Posteriormente se ha comprobado la existencia de otro error material en la numeración de las citadas Bases, lo que puede dar lugar a equívocos en su aplicación, por lo que se rectificó su numeración y el texto de alguna Base que remite a otra numerada erróneamente mediante Resolución nº 625/2023, de fecha 28 de marzo.

ANEXO

BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE ASPIRANTES CON OBJETO DE CUBRIR CON CARÁCTER INTERINO EN CUALQUIERA DE LAS MODALIDADES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 10 TREBEP AL SERVICIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO, EN PUESTO DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL (Grupo A, Subgrupo A1), MEDIANTE SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la presente convocatoria la selección para la constitución de una bolsa de aspirantes para cubrir con carácter interino en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 10 TREBEP el puesto de Técnico de Administración General del Excmo. Ayuntamiento de Montoro perteneciente al Servicio de Secretaria General, escala Administración General, Subescala Técnica, subgrupo A1, nivel 25.

El cese del funcionario interino se producirá, además de por las causas previstas en el artículo 63 del EBEP, cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento, y en todo caso, por reincorporación de su titular al puesto de trabajo.

SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para tomar parte en las pruebas es necesario:

a)Tener la nacionalidad española de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al Empleo Público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. También podrán participar las personas a las que hace referencia el artículo 57.2 del TREBEP, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al empleo público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el momento de finalización del plazo para presentar las instancias y mantenerse durante todo el procedimiento.

TERCERA. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

1. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo presentarán su solicitud conforme al modelo oficial que acompaña a la presente convocatoria (Anexo I).

Las instancias, dirigidas al/a la Sr./a. Alcalde/as-Presidente/a del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, se presentarán preferentemente en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, o en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

2. Junto a la solicitud se acompañará:

-Fotocopia del D.N.I, en caso de no realizar la presentación por medio telemático o por sede electrónica.

-Fotocopia de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo, o el resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

-Hoja de autobaremación de méritos debidamente cumplimentada y suscrita, según el modelo que se adjunta como Anexo II.

En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente durante el plazo de presentación.

-Declaración Responsable según el modelo Anexo III.

-Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de DISCAPACIDAD, deberán acreditar, su condición de discapacitado mediante certificación/resolución expedida por el órgano competente en esa materia. Los aspirantes que acrediten poseer el grado mínimo de discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad. En este caso, deberán presentar junto a la solicitud de participación, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico justificativo de la adaptación solicitada.

En el caso de que el último día del plazo de presentación de solicitudes sea sábado, domingo o festivo, se entenderá que el mismo finaliza el primer día hábil siguiente.

3. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada.

Los errores de hecho que pudiera advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

El solo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a estas bases, que tienen la consideración de la Ley reguladora de dicha convocatoria.

Los requisitos, así como los méritos invocados, deberán reunirse en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes.

CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, por el órgano municipal competente se dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, señalando, en su caso, la causa de exclusión. Esta lista se publicará en el tablón de edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento de Montoro alojada en https://sede.eprinsa.es/montoro, otorgando un plazo de 10 días hábiles contado a partir del siguiente a la publicación de la Resolución, para la presentación de alegaciones y/o subsanación de documentación.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos. A estos efectos, los aspirantes deberán comprobar no sólo qu

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