Boletín nº 65 (05-04-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba

Nº. 1.054/2023

Expediente 1564-2023.

Asunto: ESTABLECIMIENTO DE PRECIO PÚBLICO PARA LA ENTRADA A ESPECTÁCULOS CULTURALES, EN ESPACIOS CULTURALES MUNICIPALES.

EDICTO

La Junta de Gobierno, en virtud de la delegación de competencias efectuada por el Ayuntamiento Pleno, el día 13 de marzo de 2023, acordó la aprobación del precio público por el derecho al acceso a espectáculos, representaciones o actividades artísticas o culturales organizados por el Ayuntamiento y que se desarrollen en instalaciones o espacios municipales, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.

ACUERDOS SOBRE ESTABLECIMIENTO DE PRECIO PÚBLICO PARA EL COBRO DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y ACTIVIDADES CULTURALES DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DE CÓRDOBA.

PRIMERO. Objeto

De conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento de Villafranca de de Córdoba establece el precio público por el derecho al acceso a espectáculos, representaciones o actividades artísticas o culturales organizados por el Ayuntamiento y que se desarrollen en instalaciones o espacios municipales.

SEGUNDO. Obligados al pago

Están obligados al pago del precio público aquí regulado quienes asistan a los espectáculos públicos organizados por el Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba.

TERCERO. Tarifas.

Las cuantías son las siguientes, en función del caché de las actuaciones (se entiende por caché el coste global de la actividad).

-Hasta 2.000 € de caché: De más de 0 a 3 €.

-Desde 2.000,01 € hasta 4.000 € de caché: De más de 3 a 6 €.

-Desde 4.000,01 hasta 6.000 € de caché : De más de 6 a 8 €.

-Desde 6.000,01 hasta 8.000 € de caché: De más de 8 a 12 €.

-Desde 8.000,01 hasta 10.000 € de caché: De más de 12 a 15€.

-Desde 10.000,01 hasta 20.000 € de caché: De más de 15 a 25€.

-De más de 20.000 € en adelante: De más de 25 a 40 €.

-Espectáculos Infantiles: 2 €.

-Proyecciones de Cine: 3 €.

-Proyecciones de cine en tres dimensiones o tecnología similar: 6 euros.

-Todos estos precios llevan incluidos los impuestos que correspondan.

Se establece una reducción del 100% de la cuota en la entrada de aquellos espectáculos organizados por el Excmo. Ayuntamiento con fines de difusión y promoción de la Cultura y así lo determine este Ayuntamiento mediante Decreto.

CUARTO. Cobro del precio público

Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, no se realice el espectáculo público previsto, procederá la devolución del importe correspondiente.

El pago se efectuará:

a) En el momento de presentación al usuario del correspondiente billete o entrada que le faculta para el espectáculo o representación de que se trate.

b) En el momento de solicitud de los correspondientes Bonos, en las oficinas de gestión facultadas al efecto por el Ayuntamiento.

QUINTO. Otros aspectos

La regulación de los demás aspectos se acordará por la Alcaldía, previa propuesta de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba.

El presente acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.b) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Villafranca de Córdoba, 19 de marzo de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Palomares Sánchez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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