Boletín nº 65 (05-04-2023)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo
Delegación Territorial en Córdoba
Nº. 1.174/2023
Servicio de Administración Laboral
Expediente: 14/01/0047/2023
Código de Convenio: 14103831012023
Visto el Texto del I Convenio Colectivo de la empresa DEOLEO GLOBAL, S.A.U. en el centro de trabajo de Alcolea (Córdoba), aprobado el día 10 de marzo de 2023, por la representación legal de la empresa y de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, modificado por el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA nº 215, de 31 de octubre), el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la Organización Territorial Provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA Ext. nº 90, de 30 de diciembre), modificado por Decreto 300/2022, de 30 de agosto; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA Ext. nº 25, de 26 de julio), modificado por el el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto (BOJA Ext. nº 27, de 8 de agosto), y el Decreto 155/2022, de 9 agosto, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (BOJA Ext. nº 28, de 11 de agosto),
ACUERDA
PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
SEGUNDO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 27 de marzo de 2023. Firmado electrónicamente por la Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, María Dolores Gálvez Páez.
ACTA FINAL CON ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL I CONVENIO COLECTIVO DE DEOLEO GLOBAL, S.A.U. EN EL CENTRO DE TRABAJO DE ALCOLEA (CÓRDOBA).
FECHA: 10/03/2023 |
LUGAR: De manera presencial desde Alcolea |
ASISTENTES |
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-En representación de la EMPRESA o RE: Juan Moleres Vidal Natalia López Fraile María del Mar García Caparrós Mª Jesús Gutiérrez Alcázar Carlos Sánchez Plaza -Asesores Externos: Pablo Bernal de Pablo Blanco Álvaro García Martínez |
-Por la REPRESENTACIÓN SOCIAL o RS: Encarnación López Lorente (CCOO) Angel Patilla Villarejo - (CCOO) Jesus Ramírez Armesto (UGT) Teodoro Gómez Hoyo (UGT) Juan José Atienza Armijo (UGT) Javier Alcaide González (UGT) Jose Miguel Cebrero Moreno (CTA) Juan Luis Cañete Jurado (CSIF) -Asesores Externos: Miguel Ángel Carrasco Pastor- Asesor UGT Pedro Téllez Guerrero - Asesor UGT Clemente Revuelta Valero - asesor CCOO Agustín Jiménez Morante Asesor CCOO |
ORDEN DEL DÍA: ÚNICO. Acuerdo y firma del Convenio Colectivo del Centro de Trabajo de Alcolea de la Empresa DEOLEO GLOBAL SAU |
Reunidas las partes anteriormente indicadas, previamente convocadas al efecto una vez alcanzado acuerdo definitivo en el Texto del I Convenio Colectivo del Centro de Trabajo de Alcolea de la Empresa DEOLEO GLOBAL SAU, ratificado en Asamblea de Trabajadores celebrada los pasados 7 y 9 de marzo,
ACUERDAN
I. TEXTO DE CONVENIO:
-Las partes que suscriben, designadas como miembros de la Comisión Negociadora en representación de la Dirección de la Empresa y de las Personas Trabajadoras, dan por finalizadas las negociaciones con la conformidad en el texto de I Convenio Colectivo de DEOLEO GLOBAL SAU en el Centro de Trabajo de Alcolea (Córdoba), que se acompaña a la presente acta, una vez leído en su totalidad.
-Dicho texto, que deroga y sustituye en su integridad al II Convenio Colectivo de Deoleo, S.A. en el Centro de Trabajo de Alcolea (Córdoba), se aprueba por unanimidad de los representantes de ambas partes.
Sin más asuntos que tratar, se firma la presente ACTA FINAL CON ACUERDO en Alcolea, a 10 de marzo de 2023.
I CONVENIO COLECTIVO DE DEOLEO GLOBAL S.A.U. EN EL CENTRO DE TRABAJO DE ALCOLEA (CÓRDOBA)
2022-2025
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1. AMBITO DE APLICACIÓN.
ARTÍCULO 2. AMBITO TEMPORAL.
ARTÍCULO 3. ABSORCIÓN Y COPENSACIÓN.
ARTÍCULO 4. GARANTÍAS INDIVIDUALES.
ARTÍCULO 5. VINCULACIÓN Y LEGISLACIÓN SUPLETORIA.
ARTÍCULO 6. COMISIÓN PARITARIA.
CAPÍTULO I
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
ARTÍCULO 7. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO.
ARTÍCULO 8. INDEMNIZACIÓN POR SUPRESIÓN DE TURNO, CUARTO TURNO, O PLUS DE TOXICIDAD.
ARTÍCULO 9. PLENA OCUPACIÓN.
ARTÍCULO 10. MOVILIDAD FUNCIONAL.
ARTÍCULO 11. SISTEMA DE CORRETURNOS.
ARTÍCULO 12. TELETRABAJO.
CAPÍTULO II
RÉGIMEN DEL PERSONAL
ARTÍCULO 13. CONTRATACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS.
ARTÍCULO 14. PREAVISOS.
ARTÍCULO 15. CLASIFICACIÓN PROFESIONAL.
ARTÍCULO 16. MOVILIDAD GEOGRÁFICA.
ARTÍCULO 17. CONTRATACIÓN.
ARTÍCULO 18. COMISIÓN CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN.
ARTÍCULO 19. CONTRATOS DE PUESTA A DISPOSICIÓN.
ARTÍCULO 20. JUBILACIONES PARCIALES CON CONTRATO DE RELEVO.
ARTÍCULO 21. SUBCONTRATAS.
ARTÍCULO 22. ASCENSOS.
ARTÍCULO 23. FORMACIÓN PROFESIONAL.
CAPÍTULO III
JORNADA, VACACIONES Y LICENCIAS RETRIBUIDAS
ARTÍCULO 24. JORNADA LABORAL Y FLEXIBILIDAD HORARIA.
ARTÍCULO 25. CALENDARIO LABORAL.
ARTÍCULO 26. HORAS EXTRAORDINARIAS.
ARTÍCULO 27. VACACIONES.
ARTÍCULO 28. PERMISOS RETRIBUIDOS.
CAPÍTULO IV
CONDICIONES ECONÓMICAS
ARTÍCULO 29. INCREMENTO SALARIAL.
ARTÍCULO 30. ESTRUCTURA SALARIAL.
ARTÍCULO 31. CONCEPTOS RETRIBUTIVOS Y FORMA DE APLICACIÓN.
ARTÍCULO 32. COMPLEMENTO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 33. SISTEMA DE VARIABLE.
CAPÍTULO V
MEJORAS SOCIALES
ARTÍCULO 34. BENEFICIO SOCIAL DE ACEITE.
ARTÍCULO 35. JUBILACIÓN