Boletín nº 68 (12-04-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 1.315/2023

La Junta de Gobierno Local, en ejercicio de competencias delegadas por Resolución de la Alcaldía, de 08/07/2019 (BOP 138/2019, de 22 de julio), en sesión celebrada el 27 de marzo de 2023, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«4. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN ÚNICA DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DEL ARI-SUNCod-9 ALMAZARA CALLE OBISPO CUBERO.

Desde la Alcaldía se informa de la propuesta que se transcribe a continuación:

«ATENDIDA: la aprobación inicial por Resolución de esta Alcaldía número 2022/00000601, de 21/12/2022, del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución única del Plan Especial de Reforma Interior del ARI-SUNCod-9 Almazara Calle Obispo Cubero con, entre otras, las dos siguientes observaciones:

-La mención que en el proyecto de hace en la fincas de origen a la herencia yacente de doña Felisa Lama Guijarro será sustituida en el documento definitivo, de no conocerse la titularidad del derecho que a ella se le atribuye durante el trámite previsto en el artículo 108, por la de derecho de titularidad desconocida por fallecimiento de la última titular conocida doña Felisa Lama Guijarro.

-En la fincas de resultado, y por los motivos ya indicados, la adjudicación que se realiza a la herencia yacente de doña Felisa Lama Guijarro, de continuar el desconocimiento del titular o titulares de la finca o bien de origen, deberá figurar, en el documento definitivo, adjudicada al Ayuntamiento con carácter fiduciario y para su entrega a quien acredite mejor derecho sobre la misma.

RESULTANDO: que el proyecto inicialmente aprobado ha sido sometido ha información pública durante el plazo de un mes mediante anuncios publicados en el Boletín Oficial de la Provincia número 6, de 11/01/2023, edicto 5.456/2022, en el Diario Córdoba de 30 de diciembre de 2022, y en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica municipal; y audiencia de los interesados durante igual plazo mediante citación personal sin que durante los indicados períodos de información pública y de audiencia a los interesados se haya formulado alegación o reclamación alguna al documento inicialmente aprobado.

RESULTANDO: la delegación en la Junta de Gobierno Local por Resolución de esta Alcaldía, de 08/07/2019 (BOP 138/2019, de 22 de julio), de la aprobación de los instrumentos de Gestión Urbanística.

Elevo a la Junta de Gobierno Local, para su adopción si así lo estima pertinente, los siguientes

ACUERDOS:

PRIMERO: Aprobar definitivamente con rectificaciones el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución única del Plan Especial de Reforma Interior del ARI-SUNCod-9 Almazara Calle Obispo Cubero, inicialmente aprobado por Resolución de la Alcaldía nº 2022/00000601, de 21/12/2022.

SEGUNDO: Rectificaciones. En el proyecto inicialmente aprobado se realizan las dos siguientes rectificaciones que quedan definitivamente incorporadas al mismo:

-Página 8, apartado 1.3: La frase: Herencia yacente de doña Felisa Lama Guijarro, con DNI 75.585.155W fallecida con posterioridad a la firma y tramitación del convenio urbanístico. queda sustituida por la que sigue: Titularidad desconocida por fallecimiento de doña Felisa Lama Guijarro, con DNI 75.585.155W con posterioridad a la firma y tramitación del convenio urbanístico.

-2ª: Página 25, apartado Adjudicatario: La frase: La mitad restante se adjudica en un 50% a la herencia yacente de doña Felisa Lama Guijarro y el resto de por mitad a don Antonio Vera Lama y a doña María Josefa Vera Lama, queda sustituida por la que sigue: La mitad restante se adjudica en un 50% al Ayuntamiento con carácter fiduciario y para su entrega a quien acredite mejor derecho sobre la misma y el resto de por mitad a don Antonio Vera Lama y a doña María Josefa Vera Lama».

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad la aprobación de la propuesta transcrita».

Recursos

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

-Recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la presente publicación, tal y como establece el artículo 46.1 de Ley 29/1998 citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015 y 46 de la Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 citada.

Doña Mencía, 30 de marzo de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Salvador Cubero Priego.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad