Boletín nº 69 (13-04-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 1.369/2023

Que ha finalizado el plazo de exposición pública del acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana, aprobado en sesión plenaria ordinaria, del día 26 de enero de 2023, que a continuación se trascribe sin que durante el citado plazo se haya presentado reclamación alguna

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales el citado acuerdo se entiende definitivamente adoptado significándose que contra el mismo y conforme al artículo 19 de la citada Ley reguladora podrá interponerse en el plazo de dos meses computado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia recurso contencioso-administrativo ante la Sala de igual ramo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

A continuación, y de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del texto legal citado se procede a la publicación del acuerdo provisional elevado a definitivo y del texto íntegro de la nueva redacción de la norma afectada:

-DISPOSICION ADICIONAL

-El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será, para cada periodo de generación, el máximo actualizado vigente, de acuerdo con el artículo 107.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. En el caso de que las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, u otra norma dictada al efecto, procedan a su actualización, se entenderán automáticamente modificados, facultándose a la Alcaldía para, mediante resolución, dar publicidad a los coeficientes que resulten aplicables.

La presente modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana, aprobado en sesión plenaria ordinaria, del día 26 de enero de 2023, entrará en vigor y será de aplicación desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Benamejí, a 4 de abril de 2023. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.

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