Boletín nº 72 (18-04-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba

Nº. 1.385/2023

Expediente nº: 2814/23.

Anuncio aprobación de las bases y la convocatoria.

Procedimiento: Convocatoria de una plaza de policía local por comisión de servicios.

Documento firmado por: El Alcalde.

Por Resolución de Alcaldía nº 2023/00000525, de 5 de abril de 2023, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una plaza de Policía Local del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, mediante sistema de comisión de servicio, con el siguiente tenor literal:

"PRIMERO. Visto que en la plantilla de este ayuntamiento figuran dos plazas vacantes de policía local, una aprobada en la OEP del año 2022, por resolución de Alcaldía y publicada en el BOP de Córdoba nº 93, de fecha 17 de mayo de 2022, y otra aprobada en la OEP del año 2023, por resolución de Alcaldía y publicada en el BOP de Córdoba nº 65, de 5 de abril de 2023.

SEGUNDO. Visto que actualmente la plantilla de la Policía Local del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba se ha visto mermada porque tres de sus miembros se encuentran en situación de segunda actividad con labores administrativas.

TERCERO. Vista la urgencia de reforzar al cuerpo de la Policía Local por la situación de incapacidad temporal de uno de sus componentes, y teniendo en cuenta que el Ayuntamiento no dispone de efectivos suficientes para prestar el servicio siendo este de naturaleza esencial.

CUARTO. Considerando que la comisión de servicios voluntaria se prevé como una manera de carácter temporal adecuada, aunque excepcional de ocupar puestos vacantes, prevista en el artículo 81.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 64 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

QUINTO. Vista la Providencia de la Alcaldía de 24 de marzo de 2023, por la que ordena redactar las bases de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.

SEXTO. Visto el informe de Secretaría de fecha 30 de marzo de 2023.

SÉPTIMO. Examinada la documentación que acompaña al expediente tramitado como consecuencia de la anterior.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Convocar la provisión de una plaza de Policía Local del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba prevista en la OEP de 2022 por el sistema de comisión de servicio, con las siguientes características:

Grupo/Subgrupo

C/C1

Escala

Administración Especial

Subescala

Servicios Especiales

Clase

Policía Local

Denominación

Policía Local

Nº de vacantes

1

SEGUNDO. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria de selección para la contratación de la plaza vacante arriba referenciada en los términos en que figuran en el expediente.

TERCERO. Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

BASES PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL EN

COMISIÓN DE  SERVICIOS DE UN PUESTO VACANTE

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal mediante nombramiento en comisión de servicios, de carácter voluntario, del siguiente puesto vacante:

Grupo/Subgrupo

C/C1

Escala

Administración Especial

Subescala

Servicios Especiales

Clase

Policía Local

Denominación

Policía Local

Nº de vacantes

1

El período durante el cual se cubrirá la vacante en comisión de servicios será el de un año, prorrogable por otro más, de conformidad con lo establecido en el artículo 64.3 del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de aplicación supletoria a los funcionarios de la Administración Local, de acuerdo con lo establecido en el artículo 168 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes

Para participar en la presente convocatoria será necesario:

a) Tener la condición de funcionario/a de carrera de cualquier Administración Pública perteneciente al mismo grupo de clasificación profesional que el puesto vacante.

b) Encontrarse en situación de servicio activo o en cualquier otra situación administrativa excepto la de suspensión firme.

c) Contar con la conformidad expresa del órgano competente del Ayuntamiento al que pertenece en relación a la posible adscripción a este Ayuntamiento en comisión de servicios del funcionario solicitante.

d) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrá en cuenta las canceladas.

e) Presentar los documentos justificativos de los méritos que aleguen.

f) No encontrarse afectado/a en procedimiento administrativo o judicial que sea o pueda ser incompatible con el ejercicio de sus funciones.

g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo y hasta el momento, en su caso, de toma de posesión.

TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias

Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso de provisión temporal del puesto vacante, en las que las personas aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases para el puesto que se opte, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://sede.eprinsa.es/vfranca) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las personas aspirantes, acompañarán junto a su solicitud:

a) Curriculum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como otros méritos que estimen oportunos.

b) Certificación expedida por el titular de Secretaría del Ayuntamiento de procedencia acreditativa de que el aspirante en cuestión es funcionario/a del Ayuntamiento, así como de que se encuentra en servicio activo].

CUARTA. Admisión de Aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía se procederá a la aprobación de la lista provisional de admitidos y su publicación en la página web municipal, pudiendo los excluidos, en el plazo de 5 días hábiles subsanar las deficiencias que sean subsanables.

Transcurrido dicho plazo se dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva, que se publicará en la página web municipal.

QUINTA. Selección del aspirante idóneo mediante libre designación

El nombramiento recaerá en la persona candidata que, reuniendo los requisitos exigidos en las presentes bases y convocatoria, sea elegida discrecionalmente para ocupar el puesto requerido.

SEXTA. Propuesta de nombramiento

Una vez terminada la evaluación de las personas aspirantes, el resultado de la libre designación, se reflejará en una relación comprensiva de la totalidad de las personas aspirantes, con indicación de la persona propuesta para el nombramiento.

Esta relación será expuesta al público en la sede electrónica de este Ayuntamiento dirección https://sede.eprinsa.es/vfranca, durante el plazo de 5 días hábiles durante los cuales los/as participantes en el proceso podrán formular reclamaciones.

Transcurrido dicho plazo y resueltas las reclamaciones se formulará propuesta definitiva para ocupar el puesto, remitiéndola al órgano convocante para su publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento dirección https://sede.eprinsa.es/vfranca tras resolución motivada de este, y notificándosela a la persona interesada, indicándole expresamente el plazo por el que será nombrado, que será de máximo de un año prorrogable por otro en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo.

SÉPTIMA. Nombramiento y toma de posesión

La persona seleccionada habrá de presentar el informe favorable de la Administración de procedencia en el plazo de cinco días hábiles desde que se le haya notificado su selección como la persona aspirante idónea para ocupar el puesto en comisión de servicios, debiendo tomar posesión del puesto en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que reciban la notificación de dicho nombramiento o de ocho días hábiles si implica cambio de residencia.

En caso de que en el plazo concedido a la persona seleccionada no presentase informe favorable a su nombramiento en comisión de servicios o no tomase posesión del puesto, podrá procederse de igual modo con el/la aspirante que hubiera quedado en segundo lugar en el resultado de la libre designación, y así sucesivamente.

OCTAVA. Incidencias

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local".

En Villafranca de Córdoba, a 10 de abril de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Palomares Sánchez.


Adjuntos: 1385_anexo.pdf |

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