Boletín nº 72 (18-04-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 1.405/2023

La Junta de Gobierno Local, reunida el 1 de marzo de 2023, ha dictado acuerdo número 177/2023 cuyo punto tercero indica:

(...) TERCERO. Como consecuencia del Dictamen nº 988/2022, del Consejo Consultivo de Andalucía, de 21 de diciembre de 2022, recaído en el procedimiento de Revisión de oficio del acto administrativo, Decreto del Sr. Teniente de Alcalde Delegado de Recursos Humanos y Salud Laboral, Inclusión y Accesibilidad, nº 2021/8183, de 14 de junio de 2021:

-Iniciar procedimiento para la Revisión de oficio del artículo 97.2 del Convenio Único de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, por considerar que dicho acto se encuentra incurso en la siguiente causa de nulidad: nulidad de pleno derecho subsumible en la letra f), del artículo 47.1, de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre.

-Acordar la publicación del inicio del procedimiento de Revisión de oficio del artículo 97.2 del Convenio Único de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, para que en el plazo de quince días hábiles, presente las alegaciones y sugerencias que considere necesarias, de conformidad con lo determinado en el artículo 215 Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Se abre un plazo de 15 días hábiles para presentar alegaciones contra el Acuerdo de Junta de Gobierno Local número 177/2023, de 1 de marzo.

Las alegaciones deberán presentarse en el registro electrónico de la sede del Ayuntamiento de Córdoba (sede.cordoba.es) y dirigirse a la Unidad destinataria LA0003792 Personal o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Córdoba, a 10 de abril de 2023. Firma electrónica del Teniente Alcalde Delegado de Recursos Humanos y Salud Laboral, Bernardo Jordano de la Torre.

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