Boletín nº 72 (18-04-2023)
VIII. Otras Entidades
Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (IMDECO)
Nº. 1.453/2023
Título: Extracto del acuerdo adoptado por el Consejo Rector del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba, celebrado el 27 de marzo de 2023, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones al Fomento del Deporte año 2023.
BDNS (Identif.) 687433
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/687433)
PRIMERO: Aprobar la Convocatoria de Subvenciones al Fomento del Deporte del IMDECO 2023, con CSV:
61cb0847f0683a7543530b4fce26d908de80591a.
SEGUNDO: Financiar la Convocatoria de Subvenciones al Fomento del Deporte 2023, con un crédito total de 669.000,00 €, con cargo al presupuesto prorrogado de gastos del IMDECO del año 2022, el cual queda asignado a las aplicaciones presupuestarias correspondientes a cada línea de subvención que a continuación se detallan:
Aplicación presupuestaria |
Clasificación Funcional del Gasto |
Nº línea |
Importe |
00.341.28.482.00 |
Subvenciones Generales (participación en competiciones federadas) |
1 |
141.000,00 € |
00.341.28.481.01 |
Subvenciones Generales (deportistas individuales) |
2 |
17.000,00 € |
00.341.23.482.00 |
Carreras Populares |
3 |
70.000,00 € |
00.341.21.482.00 |
Escuelas Deportivas Municipales |
4 |
306.000,00 € |
00.341.29.482.00 |
Subvenciones Generales (eventos deportivos) |
5 |
70.000,00 € |
00.341.28.482.00 |
Subvenciones Generales (competiciones federadas oficiales cuyos equipos participen en tercera y cuarta División Nacional Senior) |
6 |
65.000,00 € |
TOTAL: |
669.000,00 € |
TERCERO Aprobar el carácter de subvención plurianual (gasto plurianual), para las destinadas al desarrollo de Escuelas Deportivas, por importe total de 306.000,00 €, atendiendo con lo establecido en el artículo 174 del TRLHL, y en la Base de Ejecución nº 33 de los Presupuestos del Ayuntamiento de Córdoba para el presente ejercicio 2022 (actualmente prorrogado), siendo la distribución del crédito por anualidades la siguiente:
Línea 4: 4. Escuelas Deportivas Municipales |
Aplicación presupuestaria |
Ejercicio |
Cuantía máxima |
Concepto |
00.341.21.482.00 |
2023 |
30.600,00 € |
Pago anticipado del 10% |
|
00.341.21.482.00 |
2024 |
275.400,00 € |
Pago del importe restante tras su justificación |
|
TOTAL: |
306.000,00 € |
CUARTO: Dar cumplimiento a las obligaciones de registro y publicidad de la Convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) que operará como Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS), conforme se establece en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos que establece el artículo 20 de esta misma Ley, ambos artículos, modificados por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medias de reforma administrativa, así como al resto de normativas y medidas de reforma administrativa que le sea de aplicación, y su envío al Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a través de dicha BDNS.
QUINTO: Delegar en la Presidencia del IMDECO la competencia para resolver respecto de la Convocatoria, la concesión de subvenciones mediante resolución provisional y definitiva; para liberar los remanentes de crédito de la aplicación presupuestaria correspondiente a la misma que no hayan comprometido todo el presupuesto inicialmente aprobado; para los posibles incrementos de cuantía de financiación, cualquiera que sea su procedencia hasta el límite máximo establecido en el prorrogado Plan Estratégico de Subvenciones 2022; para el pago de las subvenciones otorgadas, así como para los posibles recursos que en su caso se presentaran, así como para el desarrollo de todas las actuaciones necesarias para la ejecución de los presentes acuerdos.
SEXTO: Dar traslado de la Convocatoria de Subvenciones al Fomento del Deporte 2023 a los Servicios de Administración y Contabilidad u otros que procedan.
Conforme establecen las Bases Generales R