Boletín nº 76 (24-04-2023)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Consejería de Política Industrial y Energía
Delegación Territorial en Córdoba

Nº. 1.310/2023

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN PARA EL PROYECTO DE LA PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA ESPIEL, Y SU INFRAESTRUCTURA DE EVACUACIÓN, PROMOVIDA POR LA SOCIEDAD ENERGÍA, INNOVACIÓN Y DESARROLLO FOTOVOLTAICO SA, A UBICAR EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ESPIEL (CÓRDOBA).

Expdte: RE 20/037.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Solicitud

Con fecha 15 de diciembre de 2020, tuvo entrada en el registro de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba escrito presentado por ENERGÍA, INNOVACIÓN Y DESARROLLO FOTOVOLTAICO SA, con CIF A-55.025.068, mediante el que solicitó Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, para el proyecto de una planta de generación de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica denominada ESPIEL, de 1000 KW de potencia de inversores, y su infraestructura de evacuación, consistente en un Centro de Transformación, Protección y Medida, un Centro de Seccionamiento y Entrega, y una Línea de Evacuación subterránea a 20 KV, hasta el punto de conexión asignado a la planta de generación, en el Apoyo A552569 de la Línea Aérea de Media Tensión 20 KV PENARROY/20/NBELMEZ/D.S44818|D.S60004

Con fecha 2 de agosto de 2022, tuvo entrada en esta Delegación nueva documentación referente al proyecto de la Planta Solar Fotovoltaica ESPIEL, de 1000 KW de potencia de inversores, y su infraestructura de evacuación. Se aportan nuevos documentos técnicos con fin de adaptarse a la revisión de normativa del suelo rústico que el municipio de Espiel tenía, a esa fecha, en tramitación.

SEGUNDO. Información pública

De acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, para el proyecto de la Planta Solar Fotovoltaica ESPIEL, se sometió al trámite de información pública mediante publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, número 236, de 15 de diciembre de 2021.

De conformidad con lo previsto en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, durante el periodo de información pública, la documentación relativa a la actuación descrita estuvo disponible para su consulta en la Página Web de la Transparencia de la Junta de Andalucía.

No se produjeron alegaciones al proyecto durante el periodo de Información Pública.

TERCERO. Informe de Compatibilidad Urbanística

De acuerdo a lo indicado en el entonces vigente, artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), según la redacción dada a éste por el Decreto Ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, en relación a Actuaciones de Interés Público en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable, el 27 de noviembre de 2021, se solicitó del Ayuntamiento de Espiel (Córdoba), que dentro del plazo establecido de un mes, procediera a emitir un informe de compatibilidad urbanística del proyecto referenciado. Con fecha 19 de diciembre de 2021, se obtuvo Informe de Compatibilidad Urbanística del Ayuntamiento de Espiel, que en sus conclusiones establece la no compatibilidad urbanística del proyecto de la Planta Solar Fotovoltaica ESPIEL con el planeamiento vigente en el municipio.

A partir de 18 de diciembre de 2021, con la entrada en vigor del Decreto-Ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la activación económica de Andalucía, se modifica el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, que requería la obtención de Informe de Compatibilidad Urbanística de carácter vinculante para el procedimiento de autorización de instalaciones energéticas. Desde dicho día desaparece la referencia a este requerimiento urbanístico que era necesario incluir en los procedimientos energéticos. La disposición transitoria quinta del Decreto-Ley 26/2021, de 14 de diciembre, trata de la actuación a seguir respecto a los aspectos urbanísticos, para los procedimientos de autorización de instalaciones energéticas que estuvieran en tramitación en el momento de la entrada en vigor de dicho Decreto-Ley. Se indica que en los casos en que se hubiera evacuado el Informe de Compatibilidad Urbanística, dicho informe habrá de ser tenido en cuenta durante el procedimiento de autorización de instalaciones energéticas, en este caso un informe negativo.

Aún existiendo el precedente de un Informe de Compatibilidad Urbanística de sentido negativo, se da el hecho de la existencia de un proceso de Revisión Parcial de Planeamiento Municipal de Espiel, que había sido ya objeto de aprobación inicial. Conforme a dicha revisión, el uso correspondiente a una planta de generación fotovoltaica como la propuesta, sería compatible con el planeamiento urbanístico del municipio. En este sentido, el 30 de mayo de 2022 se recibe del Ayuntamiento de Espiel un nuevo Informe de Compatibilidad Urbanística en el que considera que el uso propuesto sería compatible con el Planeamiento una vez fuese aprobada de forma definitiva la citada revisión objeto del documento Revisión Parcial del PGOU. Ámbito del SNU.

QUINTO. Permisos de Acceso y Conexión

Con fecha 23 de julio de 2020, E-Distribución Redes Digitales SLU emitió un Informe de Acceso, correspondiente a la planta solar fotovoltaica solicitada por ENERGÍA INNOVACIÓN Y DESARROLLO FOTOVOLTAICO SL, a ubicar en Polígono 14, parcela 19, del término municipal de Espiel (Córdoba). En dicho informe se indica que la solicitud de conexión de la planta fotovoltaica puede atenderse en la línea:

PENARROY/20/NBELMEZ/D.S44818|D.S60004, de 20 KV de tensión, en el punto de coordenadas UTM: X=318752,05, Y=4231458,44 (Huso 30).

Con fecha 21 de septiembre de 2020, E-Distribución Redes Digitales SLU emitió las Condiciones Técnicas Económicas para la conexión de la planta solar fotovoltaica solicitada por ENERGÍA INNOVACIÓN Y DESARROLLO FOTOVOLTAICO SL, a ubicar en Polígono 14, parcela 19, del término municipal de Espiel (Córdoba). La fecha de emisión de este documento es considerada por la distribuidora como la fecha de obtención de los permisos de acceso y conexión a los efectos de los plazos de vigencia establecidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

SEXTO. Consultas

Consultas sobre conformidad u oposición a la autorización del proyecto, de acuerdo a lo indicado en el artículo 127, sobre consultas a administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por el proyecto, del Real Decreto 1995/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Ayuntamiento de Espiel

Con fecha 24 de noviembre de 2021, se remitió separata al Ayuntamiento de Espiel solicitando de este que aportase su conformidad u oposición a la autorización del proyecto.

El 19 de diciembre de 2021, respondió el Ayuntamiento de Espiel a lo solicitado, indicando que la actuación no se corresponde con los usos permitidos por el Planeamiento Urbanístico vigente, por lo que manifiesta su negativa a la autorización del proyecto.

Esta respuesta, basada en la incompatibilidad respecto al Planeamiento Urbanístico, es coincidente con la dada por el propio Ayuntamiento de Espiel cuando le fue solicitado su Informe de Compatibilidad Urbanística de acuerdo a lo indicado en el entonces vigente, artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

Posteriormente, el 30 de mayo de 2022, el Ayuntamiento de Espiel emitió un nuevo Informe de Compatibilidad Urbanística, en el que considera compatible la actuación propuesta con una revisión del planeamiento urbanístico ya inicialmente aprobada. Esta modificación del criterio urbanístico es también relevante respecto al contenido de la primera respuesta del Ayuntamiento, de 19 de diciembre de 2021, a la separata del proyecto remitida de acuerdo al artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que tenía sentido negativo respeto a la conformidad con el proyecto.

Con fecha 23 de agosto de 2022, se remitió nueva separata al Ayuntamiento de Espiel solicitando de este que aportase su conformidad u oposición a la autorización del proyecto modificado presentado por el promotor el 2 de agosto de 2022. La modificación de proyecto, objeto de la nueva separata, se produjo con el fin de adaptarse a la revisión de normativa del suelo rústico que el municipio de Espiel estaba acometiendo. No ha habido respuesta por parte d

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