Boletín nº 76 (24-04-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 1.486/2023

PROCESOS SELECTIVOS PARA LA SELECCIÓN DE UN/A DIRECTOR/A, UN/A ADMINISTRATIVO/A, Y UN/A FORMADOR/A, COMO PERSONAL DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO LUCENA SOSTENIBLE I.

Por Decreto de esta Alcaldía, de fecha 13/04/2023, que contiene error material subsanado por otro de fecha 14/04/2023, se ha dispuesto aprobar la convocatoria y las bases de sendos procesos selectivos para la selección, mediante el sistema de concurso, de un/a director/a, un/a administrativo/a y un/a formador/a como personal de ejecución del proyecto denominado LUCENA SOSTENIBLE I; bases por las que habrá de regirse cada uno de dichos procesos selectivos y cuyo texto, como anexos I, II y III, respectivamente, a continuación se reproduce.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Lucena, 14 de abril de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

<<ANEXO I

BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO POR EL SISTEMA DE CONCURSO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LUCENA PARA LA SELECCIÓN DE UN/A DIRECTOR/A, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO "LUCENA SOSTENIBLE I", PROGRAMA DE EMPLEO Y FORMACIÓN PARA LA IMPARTICIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD "EOCB0109 OPERACIONES AUXILIARES DE REVESTIMIENTOS CONTINUOS EN CONSTRUCCIÓN Y "EOCB0211 PAVIMENTOS Y ALBAÑILERÍA DE URBANIZACIÓN.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la presente convocatoria la selección de un/a Director/a para la ejecución del proyecto "LUCENA SOSTENIBLE I", programa de empleo y formación para la impartición de las acciones formativas objeto del proyecto denominado "LUCENA SOSTENIBLE I" y conducentes a la obtención de los siguientes certificados de profesionalidad:

-OPERACIONES AUXILIARES DE REVESTIMIENTOS CONTINUOS EN CONSTRUCCIÓN (Código EOCB0109), establecido por Real Decreto 644/2011, de 9 de mayo, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Edificación y obra civil que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad (BOE número 136, de 8 de junio de 2011).

-PAVIMENTOS Y ALBAÑILERÍA DE URBANIZACIÓN (Código EOCB0211), establecido por Real Decreto 615/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen doce certificados de profesionalidad de la familia profesional Edificación y obra civil que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan el certificado de profesionalidad establecido como anexo I del Real Decreto 1966/2008, de 28 de noviembre, y los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II y III del Real Decreto 1212/2009, de 17 de julio, y como anexos I, II y III del Real Decreto 644/2011, de 9 de mayo (BOE número 219, de 12 de septiembre de 2013).

El referido proyecto ha sido aprobado y las acciones formativas autorizadas por Resolución de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba de 15/12/2022, de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de formación profesional para el empleo para incentivar la realización del Programa de Empleo y Formación conforme a lo previsto en la Orden de 13 de septiembre de 2021, modificada por la Orden de 11 de abril de 2022, por la que se regula el Programa de Empleo y Formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a dicho Programa, convocadas por Resolución de 7 de julio de 2022 (BOJA número 132 de 12/07/2022), de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.

El proyecto de referencia se financia al 92,18% con cargo a la subvención concedida a este Ayuntamiento por la Resolución identificada en el párrafo precedente y el resto mediante aportación municipal.

SEGUNDA. RÉGIMEN JURÍDICO Y OTRAS CARACTERÍSTICAS DE LA RELACIÓN DE SERVICIO DEL FORMADOR QUE RESULTE SELECCIONADO EN ESTE PROCESO SELECTIVO

La persona que resulte seleccionada en el presente proceso selectivo será nombrada funcionario/a interino/a en la modalidad prevista en el artículo 10.1.c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. El nombramiento y sus efectos estarán condicionados a la efectiva impartición y al calendario de las acciones formativas para obtención de los certificados de profesionalidad EOCB0211 y EOCB0109 objeto del Programa de Empleo y Formación Lucena Sostenible I.

Expuestas a título enunciativo y no exhaustivo, las funciones a desarrollar por quien resulte nombrado/a serán las siguientes:

-La gestión y justificación del programa de empleo y formación.

-Dirigir, gestionar, coordinar, planificar y hacer el seguimiento del proyecto, de los recursos humanos y de las actividades del Programa de Empleo y Formación.

-Supervisar el funcionamiento general del proyecto, en sus aspectos técnico-formativos, contenido docente y de trabajo, gerencial y administrativo y cualesquiera otras necesarias para el buen desarrollo y funcionamiento del proyecto.

-Asumir la representación del Programa de Empleo y Formación y las relaciones con las instituciones implicadas.

-Dirigir los servicios proyectados por el programa de empleo y formación, así como la gestión de compra y acopio de los materiales necesarios para su ejecución.

La jornada laboral se desarrollará, en función de las necesidades organizativas de la entidad, en horario de mañaña y/o tarde, de lunes a viernes.

La retribución a percibir por quien resulte nombrado será la fijada para el personal laboral temporal al servicio de este Ayuntamiento por acuerdo del Pleno de la Corporación para las categorías profesionales equiparables al grupo de clasificación A1 y nivel 21, que para el presente año 2023 es la siguiente, que experimentará las actualizaciones que, en su caso, procedan conforme a ley:

-Sueldo: 1.288,31 €.

-Complemento de destino: 549,88 €.

-Complemento específico: 928,16 €.

TERCERA REQUISITOS DE LOS/LAS ASPIRANTES

A) Para poder participar en este proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1) Tener un nivel formativo mínimo de titulación universitaria oficial.

2) Acreditar un año de experiencia acreditada en puestos con funciones de dirección, organización o coordinación en programas o iniciativas relacionadas con la formación profesional para el empleo o políticas activas de empleo.

3) Ser español o nacional de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o cónyuge de español o nacional de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea siempre que no esté separado de derecho, o nacional de algún Estado con el que en virtud de Tratado Internacional con la Unión Europea ratificado por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

4) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

5) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

6) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

7) No ejercer ninguna actividad incompatible, de conformidad con lo establecido en la normativa de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

8) Aportar certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en la fecha de formalización del contrato en el caso de que haya alumnos menores participantes en el proyecto.

Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse el día en que se solicite la participación en esta convocatoria pública de empleo y mantenerse durante todo el proceso selectivo y en el momento de nombramiento como funcionario interino.

B) Para ser admitido/a a esta convocatoria y, en su caso, para la valoración de los méritos establecidos para el presente concurso, los aspirantes acompañar la documentación que se señala a continuación:

a) Copia del/de los título/s académico/s o del abono de las tasas por su expedición, en el caso de estar en condiciones de obtener la titulación correspondiente.

b) Copia de contrato/s, certificado/s u otro documento equivalente relacionados con el puesto a desempeñar.

c) Informe de Vida Laboral actualizado.

d) Copia de los documentos acreditativos de la realización de cursos de formación relacionados con el puesto a desempeñar.

e) Currículum vitae actualizado, donde sólo se consignará la formación y experiencia estrictamente relacionada con el puesto a desempe

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