Boletín nº 77 (25-04-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Posadas

Nº. 1.510/2023

Por Resolución de Alcaldía nº 763/2023, de fecha 13 de abril de 2023, han sido aprobadas las bases y la convocatoria del procedimiento de selección de un formador del certificado de profesionalidad Desarrollo de aplicaciones con Tecnologías Web (IFCD0210) para la ejecución del programa de empleo y formación 2022 del Ayuntamiento de Posadas.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL FORMADOR DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD DESARROLLO DE APLICACIONES CON TECNOLOGÍAS WEB (IFCD0210) DEL PROGRAMA DE EMPLEO Y FORMACIÓN 2022 DEL AYUNTAMIENTO DE POSADAS.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de la presente convocatoria es la contratación como funcionario/a interino/a por programas y con carácter de urgencia por el sistema de Concurso de 1 puesto de Personal formador para la impartición del Certificado de Profesionalidad Desarrollo de aplicaciones con tecnologías web (IFCD0210) ejecución del Programa de Empleo y Formación "Desarrollo de aplicaciones informáticas para la atención al cliente, usuario y/o consumidor", del Excmo. Ayuntamiento de Posadas financiado por la Junta de Andalucía y el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE, conforme a la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba por la se emite resolución definitiva en la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el programa de empleo y formación, condicionada al inicio efectivo del proyecto.

La presente convocatoria está sometida a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que ordenan el acceso al empleo público.

Así mismo, el proceso selectivo será mediante el sistema de Concurso que se tramitará con carácter de urgencia pudiéndose reducir los plazos de tramitación y gestión del procedimiento con motivo de la urgencia y la excepcionalidad de la situación, considerando la proximidad del inicio de la ejecución del programa y la necesidad urgente de proceder a la contratación para cumplir los plazos marcados por la subvención, así como la existencia de un gran número de procesos selectivos llevados a cabo por este Ayuntamiento, siéndole de aplicación las presentes bases.

Señala el resuelve undécimo 2, de la Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, que la entidad beneficiaria podrá seleccionar de forma directa al personal de ejecución de entre aquellas personas que tengan experiencia laboral en otros proyectos de formación profesional para el empleo.

Por último, de conformidad con el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación a las personas interesadas de los actos, acuerdos y resoluciones integrantes de este procedimiento selectivo, la exposición en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Posadas, sito en Plaza del Ayuntamiento, número 1, de esta localidad. Asimismo, se podrá obtener información en relación con estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, en la página web del Ayuntamiento de Posadas www.posadas.es (Sede Electrónica/Tablón de Edictos).

SEGUNDA. NORMATIVA APLICABLE

El proceso selectivo se sujetará, en todo lo expresamente previsto en las presentes Bases, a lo regulado en las siguientes normas jurídicas:

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

-Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

-Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

-Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.

-Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.

-Real Decreto 628/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen cuatro certificados de profesionalidad de la familia profesional Informática y comunicaciones que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII del Real Decreto 1531/2011, de 31 de octubre, y como anexos I, II, III, IV, V y VI del Real Decreto 686/2011, de 13 de mayo.

Real Decreto 1531/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen doce certificados de profesionalidad de la familia profesional Informática y comunicaciones que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.

Otras disposiciones que sean de aplicación.

TERCERA. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO OFERTADO

1. Número de plazas: 1.

2. Denominación del puesto: Formador/a-Docente del certificado de profesionalidad Desarrollo de aplicaciones con tecnologías Web dentro del Programa Empleo y Formación del Ayuntamiento.

3. Tipo de contrato: La persona seleccionada será contratada mediante un contrato de conformidad con la normativa vigente en el momento de formalizar el mismo y asociado a la duración del certificado de profesionalidad y del programa. (Funcionario Interino por programas, de conformidad con el artículo 10 TRLEBEP), Grupo A, Subgrupo A2.

4. Condiciones: Las condiciones de la contratación se efectuarán conforme a la resolución concedida y, en caso de modificación de la misma, conforme a estas últimas y en los términos y condiciones de las bases y resolución que rigen las mismas.

5. Retribuciones: Las retribuciones a percibir por las personas contratadas serán las previstas en la resolución de concesión de subvención del programa, concedida y, en caso de modificación de la misma, conforme a estas últimas y en los términos y condiciones de las bases y resolución que rigen las mismas.

6. Duración del nombramiento: Será de seis meses y medio, a contar desde el nombramiento del funcionario interino.

7. Jornada laboral: A tiempo completo (8 horas). La jornada laboral se desarrollará preferentemente en horario de mañana de lunes a viernes en el Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Posadas.

8. Programa formativo del proyecto: Formación dual en alternancia para 10 alumnos, compuesta por certificado de profesionalidad y formación en alternancia:

a. IFCD0210 - DESARROLLO DE APLICACIONES CON TECNOLOGÍAS WEB (510h.)

Conducente a certificado de profesionalidad Nivel 3.

Familia profesional: Informática y Comunicaciones.

b. FORMACIÓN EN ALTERNANCIA (resto de horas hasta completar la duración del contrato).

CUARTA. FUNCIONES DEL PUESTO

La persona titular de esta plaza le corresponderá las funciones de:

-Programar acciones formativas para el empleo adecuándolas a las características y condiciones de la formación, al perfil de los destinatarios y a la realidad laboral.

-Seleccionar, elaborar, adaptar y utilizar materiales, medios y recursos didácticos para el desarrollo de contenidos formativos.

-Facilitar información y promover la calidad de la formación profesional para el empleo.

-Evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en las acciones formativas para el empleo.

-Impartir y tutorizar acciones formativas para el empleo utilizando técnicas, estrategias y recursos didácticos.

-Tutorizar la fase de formación en alternancia del alumnado.

Y deberá tener conocimiento en los siguientes aspectos:

-Programas de empleo y formación en Andalucía.

-Contenido del proyecto y programa formativo presentado por la entidad solicitante.

-Las materias objeto de desarrollo del proyecto.

-Normativa vigente en materia de programas de empleo y formación y certificados de profesionalidad.

-Certificados de profesionalidad: normativa aplicable y requisitos para su obtención.

QUINTA. REQUISITOS DE ASPIRANTES

El personal formador debe cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 13 de septiembre de 2021. Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Cumplir los requisitos y prescripciones de los formadores del Real Decreto 1531/2011, de 31 de octubre, que regula el certificado de profesionalidad IFCD0210, tan

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